Información pública Proyecto del Reglamento de los establecimientos turísticos al aire libre
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La Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, en su redacción inicial, incluyó en su artículo 32, entre los servicios de alojamiento turístico, la modalidad de campamentos de turismo, que desapareció de su articulado con ocasión de la aprobación de la Ley 14/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica aquella.
Por su parte, el Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos, no incluyó referencia alguna a aquella modalidad ni a establecimientos turísticos de alojamiento al aire libre.
Tales antecedentes indican una total ausencia de regulación autonómica en el ámbito de las Islas Canarias respecto de los establecimientos turísticos de alojamiento al aire libre, lo cual suponía la necesidad de acudir a la pretérita normativa estatal en la materia, algo difícilmente comprensible en una Comunidad Autónoma donde la actividad turística supone el principal referente en materia de producto interior bruto, empleo y actividad económica, y más aún ante la notoria evolución en el número de turistas que utilizan esta modalidad de alojamiento, un fenómeno que ha experimentado un extraordinario nivel de expansión en la última década en nuestro territorio, y que se ha desarrollado al margen de cualquier actividad administrativa institucional de ordenación y planificación territorial, turística, social y ambiental, provocando, sin lugar a dudas, afecciones territoriales e inseguridad jurídica para las administraciones públicas y para la ciudadanía, así como incomodidades y falta de instalaciones adecuadas para los usuarios turísticos de estas modalidades.
Todo ello hace imprescindible y urgente una regulación que ordene y establezca niveles de infraestructura que garanticen unos adecuados niveles de calidad, seguridad y conservación del medioambiente en el marco de la sostenibilidad, entendida con un triple enfoque, económico, social y ambiental, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas y la Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de marzo de 2021, sobre la definición de una estrategia de la Unión en materia de turismo sostenible.