EXTRACTO de la Orden de 3 de julio de 2025, por la que se convocan subvenciones destinadas a actuaciones de formación para la incorporación de talento a las empresas y centros de investigación de Canarias, para fomentar la innovación, la sostenibilidad y la transformación digital (proyecto DIGINNOVA), cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo Plus en el marco financiero 2021-2027 (FSE+), para el ejercicio 2025.
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BDNS (Identif.): 844074.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/844074).
Primero.- Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro que acrediten los requisitos contemplados en las bases reguladoras y, en concreto, lo dispuesto en su base segunda.
Segundo.- Objeto.
Realizar acciones de capacitación dirigidas a cualificar a las personas destinatarias finales en materias relacionadas con la innovación, la sostenibilidad o la transformación digital, constando de dos fases: formación teórica y prácticas no laborales remuneradas.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden n.º 96/2023, de 1 de septiembre, de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actuaciones de formación para la incorporación de talento a las empresas y centros de investigación de Canarias, para fomentar la innovación, la sostenibilidad y la transformación digital (proyecto DIGINNOVA), susceptibles de ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus en el marco financiero 2021-2027 (FSE+) (BOC n.º 179, de 11 de septiembre), modificadas por Orden n.º 68/2024, de 15 de marzo (BOC n.º 63, de 27 de marzo).
Cuarto.- Cuantía.
1. Se aprueba la convocatoria, que tiene una dotación económica de 1.500.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.463B.480.02, Proyecto 174G1730 Formación DIGINNOVA, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, aprobado por Ley 5/2024, de 26 de diciembre. Estas ayudas poseen una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Fondo Social Europeo Plus 2021-2027, en el Objetivo Político 4.- Una Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, Prioridad 8.- Empleo, Inclusión social y Educación RUP y Objetivo Específico 4.7/4g). El importe total de la dotación económica asignada a esta convocatoria podrá ser incrementado en el caso de que exista cobertura económica para llevarlo a cabo, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, siempre y cuando se publique en el Boletín Oficial de Canarias la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
2. De acuerdo con lo previsto en la base reguladora cuarta que determina la cuantía de la subvención, el importe de la misma se calculará mediante la suma de los siguientes conceptos:
- Formación teórica: el resultado de multiplicar el número del alumnado que finalice la formación teórica por 2.611,70 euros.
- Prácticas no laborales remuneradas (becas): el resultado de multiplicar el número del alumnado que participe en la fase de prácticas por 879,95 euros por cada mes de formación práctica realizada.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 15 de septiembre de 2025 a las 9:00 horas, y finalizará el 3 de octubre de 2025 a las 14:00 horas.
Sexto.- Otros datos.
El abono de la subvención se efectuará por anticipado. Las entidades beneficiarias están exentas de presentar garantías para el abono anticipado de la subvención.
La presentación de solicitudes, así como su subsanación, y la documentación de justificación previstas en las bases 12 y 16, respectivamente, se realizará de forma obligatoria a través de la aplicación informática de gestión habilitada para ello, que se indica a continuación: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/10500
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de seis meses contados desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Los requerimientos que se dirijan a las entidades solicitantes para subsanar defectos en la documentación aportada en la solicitud inicial o de cualquier otra documentación y/o información adicional, así como la notificación de la resolución de concesión se llevará a cabo mediante su publicación en el tablón de anuncios y Punto General de Acceso de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, surtiendo todos los efectos de la notificación practicada.
El resto de los trámites relativos a solicitud de aclaraciones, requerimientos de la fase de justificación, resolución de justificación y, en su caso, trámites del procedimiento de reintegro se notificarán mediante el sistema de comparecencia electrónica, a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2025.
LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.