ORDEN conjunta de 29 de mayo de 2025, por la que se aprueba la modificación de la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, constituidas en virtud de la Orden conjunta de 21 de julio de 2022 de ambos Departamentos, de conformidad con lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégica de dicha Consejería, aprobada el 24 de marzo de 2025 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU».
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El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).
El citado Decreto ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el día 5 de agosto de 2021, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros, de los que 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.
REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).
Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros ha aprobado el 27 de abril de 2021, la Ley 4/2021, de 2 de agosto (como anteriormente hacía el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo), en su artículo 13, posibilita la creación de Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAP).
El apartado 1, párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU» elaborarán un Instrumento de Planificación Estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.
De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes fueron emitidos con fecha 25 de febrero y 14 de marzo de 2022 (la primera de las Direcciones Generales citadas), y 23 de marzo de 2022, por la Dirección General de la Función Pública.
En sesión celebrada el 21 de abril de 2022, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el Instrumento de Planificación Estratégico (IPE) de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.
El artículo 13.2 de la tantas veces citada Ley 4/2021 prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de la Función pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, se aprobará la constitución de las correspondientes Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPs), en las que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley) los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas Unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas Unidades.
Conforme a las previsiones del citado precepto, mediante escrito de fecha 9 de junio de 2022, la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad formula iniciativa en orden a la constitución de las Unidades Administrativas de carácter Provisional previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, así como a la dotación de las mismas, mediante la creación de los puestos de trabajo de carácter coyuntural previstos en el IPE aprobado el 21 de abril de 2022, así como mediante la modificación de algunos puestos de carácter estructural, igualmente de conformidad con lo previsto en el citado Instrumento, lo que, previos los trámites pertinentes, se produce en virtud de Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad de 21 de julio de 2022, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 146, de 25 de julio de 2022.
Con fecha 20 de noviembre de 2024, por la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad se inicia procedimiento en orden a la modificación del IPE del citado Departamento, aprobado el 21 de abril de 2022. Conforme a lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 4/2021, los informes favorables previos de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública, en relación con la modificación propuesta, fueron emitidos, con fecha 3 de diciembre de 2024, por parte de la primera de ellas, y 8 de diciembre de 2024 y 29 de enero de 2025, por parte de la Dirección General de la Función Pública. Esta modificación del IPE del Departamento de referencia fue aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en su sesión de 24 de marzo de 2025.
Finalmente, y de nuevo conforme a las previsiones de los artículos 13.2 y 14 de la Ley 4/2021, en fecha 31 de marzo de 2025, la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad formula iniciativa en orden a la modificación de la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional constituidas mediante Orden conjunta de 21 de julio de 2022, en los términos previstos en la modificación del IPE de dicho Departamento, aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en su sesión de 24 de marzo de 2025.
En su virtud, visto el contenido del Instrumento de Planificación Estratégico, tras la modificación aprobada el 24 de marzo de 2025 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU»; vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 5 de mayo de 2025, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Consejeras de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea,
RESUELVEN:
Primero.- Aprobar la modificación de la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional adscritas a la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, constituidas en virtud de Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de fecha 21 de julio de 2022, conforme a lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation» en su sesión de 24 de marzo de 2025.
La estructura organizativa de las citadas Unidades Administrativas de carácter Provisional será la que para cada una de ellas se refleja en el Anexo I a esta Orden.
Segundo.- Modificar la Orden conjunta de las extintas Consejerías Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de 21 de julio de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, previstas en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Consejería, aprobado el 21 de abril de 2022 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», de forma que, a partir de la publicación de la presente Orden, el servicio presupuestario con cargo a los que se imputarán los costes de personal de los puestos que se señalan a continuación, se vinculan al Servicio 70 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES Y TRANSPARENCIA
Puesto n.º 12977610, Jefe/a Sección Contratación MRR.
VICECONSEJERÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Puesto n.º 12980610, Técnico/a.
Tercero.- Aprobar la modificación de la forma de provisión de los puestos de trabajo de carácter coyuntural n.º 12977410, Subdirector/a, y n.º 12977510, Jefe/a Servicio Contratación, adscritos a la citada Viceconsejería, así como la administración de procedencia de este último.
Cuarto.- A fin de garantizar el adecuado desarrollo de los proyectos del Departamento financiados con los Fondos Next Generation EU, se adscribe el puesto de trabajo de carácter coyuntural n.º 12980610, Técnico/a, a la "Unidad Apoyo Fondos NG" en la Viceconsejería de Justicia y Seguridad, procedente de la "Unidad Apoyo Fondos NG" de la Dirección General de Seguridad, procediéndose a la supresión de esta última Unidad.
Quinto.- Las modificaciones producidas en las Unidades Administrativas de carácter Provisional mencionadas en los apartados anteriores quedarán reflejadas en los siguientes anexos de esta Orden:
Anexo II (Viceconsejería de Administraciones y Transparencia).
Anexo III (Viceconsejería de Justicia y Seguridad).
Sexto.- A resultas de las modificaciones detalladas en los apartados precedentes, y de la adecuación de la estructura organizativa interna resultante de las mismas, una vez consolidadas todas ellas, la estructura organizativa de los Centros Directivos de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad afectados por las mismas queda en los términos que reflejan los siguientes anexos de esta Orden:
Anexo IV (Viceconsejería de Administraciones y Transparencia).
Anexo V (Viceconsejería de Justicia y Seguridad).
Séptimo.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, que producirá efectos desde el día siguiente de su publicación.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de mayo de 2025.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.
ANEXO I
VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES Y TRANSPARENCIA
Ver anexo en la página 26311 del documento Descargar
ANEXO II
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ANEXO III
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ANEXO IV
Ver anexo en las páginas 26315-26376 del documento Descargar
ANEXO V
Ver anexo en las páginas 26377-26441 del documento Descargar