ORDEN conjunta de 29 de mayo de 2025, por la que se aprueba la modificación de la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégica de dicha Consejería, aprobada el 16 de diciembre de 2024 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU».

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El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

El citado Decreto ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el día 5 de agosto de 2021, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros, de los que 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.

REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).

Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros ha aprobado el 27 de abril de 2021, la Ley 4/2021, de 2 de agosto (como anteriormente hacía el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo), en su artículo 13, posibilita la creación de Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAP).

El apartado 1 párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC número 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», elaborarán un instrumento de planificación estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.

De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes fueron emitidos con fecha de 18 de febrero de 2022 (la primera de las Direcciones Generales citadas), y 27 de febrero y 21 de marzo de 2022, por la Dirección General de la Función Pública.

En sesión celebrada el 21 de abril de 2022, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el Instrumento de Planificación Estratégica (IPE) de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.

El artículo 13.2 de la tantas veces citada Ley 4/2021 prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, se aprobará la constitución de las correspondientes Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPs), en las que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley) los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas Unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas Unidades.

Conforme a las previsiones del citado precepto, mediante escrito de fecha 16 de mayo de 2022, la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos formula iniciativa en orden a la constitución de las Unidades Administrativas de carácter Provisional previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, así como su dotación, mediante la creación de los puestos de trabajo de carácter coyuntural previstos en el IPE aprobado 21 de abril de 2022, y la adscripción a las mismas de los puestos estructurales que con arreglo al citado Instrumento han de desarrollar la actividad que les es propia en dichas UAPs, lo que previos los trámites pertinentes, se produce en virtud de Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de 21 de julio de 2022, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 146, de 25 de julio de 2022.

Con fecha 17 de febrero de 2023, se propone por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos la modificación de la Orden conjunta de 21 de julio de 2022 con objeto de modificar los Anexos II, IV, VII y X de la citada Orden conjunta, al objeto de consignar adecuadamente los costes de personal de las UAPs de la Dirección General de Patrimonio y Contratación y de la Secretaría General Técnica y de su personal de refuerzo, situándolos en el servicio 70 "Mecanismo de recuperación", actualmente ubicados en el servicio 71 "Ayuda a la recuperación (React-Eu"), excepto para el puesto 12970210 J/Secc. de contratación del Servicio de coordinación general y régimen interior, que se mantiene en el 71.

Con fecha 10 de mayo de 2023, se realiza nueva propuesta por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos con objeto llevar a cabo la misma modificación que la indicada anteriormente, también, sobre los puestos coyunturales de la UAP Informática presupuestaria, vinculándose estos al servicio 70 de "Mecanismo de recuperación", en vez del actual 71 "Ayuda a la recuperación (React-EU)" dado que todos ellos deberán seguir en funcionamiento más allá del marco temporal de los Fondos React-EU, fijado este para el 31 de diciembre de 2023, con objeto de dar cumplimiento a la totalidad de las funciones previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica, lo que conlleva a una modificación de los Anexos V y XI, además de los indicados anteriormente, de la mencionada Orden conjunta, todo ello con fecha de efectos de 1 de enero de 2024.

Posteriormente, en fecha 2 de junio de 2023, por la extinta Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos se inicia procedimiento en orden a la modificación del IPE del Departamento, aprobado el 21 de abril de 2022. Conforme a lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 4/2021, los informes favorables previos de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública en relación con la modificación propuesta, fueron emitidos, con fechas 6 de junio de 2023, por parte de la primera de ellas, y 4 de julio de 2023, por parte de la Dirección General de la Función Pública. Esta modificación del IPE del Departamento de referencia fue aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», en su sesión de 6 de julio de 2023.

Conforme a las previsiones de los artículos 13.2 y 14 de la Ley 4/2021, en fecha 13 de julio de 2023, la persona titular de la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos formula iniciativa, modificada posteriormente en fecha 17 de octubre de 2023, en orden a la modificación de determinados puestos de trabajo de carácter coyuntural adscritos a las Unidades Administrativas de carácter Provisional constituidas mediante Orden conjunta de 21 de julio de 2022, previstos en la modificación del IPE de dicho Departamento, aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza en su sesión de 6 de julio de 2023, lo que, previos los trámites pertinentes, se produce en virtud de Orden conjunta de las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea de 18 de diciembre de 2023, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 253, de 28 de diciembre de 2023.

Con fecha 22 de octubre de 2024, por la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea se inicia el procedimiento en orden a la modificación del IPE del citado Departamento, aprobado el 21 de abril de 2022 y modificado posteriormente en su sesión del 6 de julio de 2023. Conforme a lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 4/2021, el informe favorable previo de las direcciones generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública en relación con la modificación propuesta fueron emitidos con fechas 3 de diciembre de 2024. Esta modificación del IPE del Departamento de referencia fue aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en su sesión de 16 de diciembre de 2024.

Finalmente, y de nuevo conforme a las previsiones del artículo 13.2 de la Ley 4/2021, en fecha 3 de marzo de 2025, la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea traslada iniciativa con objeto de modificar la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional constituidas mediante Orden conjunta de 21 de julio de 2022, en los términos en la modificación del IPE de dicho Departamento aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en su sesión de 16 de diciembre de 2024.

En su virtud, visto el contenido del Instrumento de Planificación Estratégica, tras la modificación aprobada el 16 de diciembre de 2024 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU»; vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 5 de mayo de 2025, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Consejeras de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea,

RESUELVEN:

Primero.- Aprobar la modificación de la estructura organizativa de las actuales Unidades Administrativas de carácter Provisional constituidas en la Dirección General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea en virtud de la Orden conjunta de las extintas Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de 21 de julio de 2022, conforme a lo previsto en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU» en su sesión el 16 de diciembre de 2024.

Como consecuencia de ello, y en sustitución de la estructura organizativa inicialmente prevista, se aprueba la constitución de la siguiente Unidad Administrativa de carácter Provisional en la citada Consejería:

• DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN

Unidad Administrativa Provisional de Gestión de Proyectos.

Segundo.- La citada Unidad Administrativa de carácter Provisional queda constituida por el plazo que exija la ejecución de los proyectos financiados con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), previéndose una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación por las mismas causas que justificaron su creación, o su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados.

Tercero.- La estructura organizativa de la citada Unidad Administrativa de carácter Provisional será la que se refleja en el Anexo I.

Cuarto.- Se procede a la creación de un puesto de trabajo de carácter coyuntural en los términos que se refleja en el Anexo II, en la Intervención General. Este nuevo puesto de trabajo de carácter coyuntural tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de la posible ampliación de su vigencia por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados.

Quinto.- Se procede a la supresión de los puestos de trabajo de carácter coyuntural adscritos a la Dirección General de Patrimonio y Contratación en los términos que refleja el Anexo III de esta Orden.

Sexto.- Las creaciones y modificaciones de determinados puestos de trabajo de carácter coyuntural, detallados en los apartados anteriores, quedarán en los términos reflejados en los siguientes anexos de esta Orden:

Anexo IV: Dirección General de Patrimonio y Contratación.

Anexo V: Intervención General.

Séptimo.- Se procede a la supresión de la Unidad Administrativa de carácter Provisional adscrita al Instituto Canario de Estadística, UAP Modernización Estadística y Gestión de Fondos Europeos, así como de los dos puestos de trabajo de carácter coyuntural dependientes de la misma en los términos que se reflejan en el Anexo VI de esta Orden, al haber concluido los proyectos del Instrumento de Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

Octavo.- A resultas de las modificaciones detalladas en los anexos a que se refieren los apartados precedentes, una vez consolidadas todas ellas, la estructura organizativa de los Centros Directivos y Organismo Autónomo de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea afectados por las mismas queda en los términos que refleja el anexo los siguientes anexos de esta Orden:

Anexo VII: Dirección General de Patrimonio y Contratación.

Anexo VIII: Intervención General.

Anexo IX: Instituto Canario de Estadística

Noveno.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, que producirá efectos desde el día siguiente de su publicación.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de mayo de 2025.

LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.

LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.

ANEXO I

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN

Ver anexo en la página 26159 del documento Descargar

INTERVENCIÓN GENERAL

Ver anexo en la página 26160 del documento Descargar

ANEXO II

Ver anexo en la página 26161 del documento Descargar

ANEXO III

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ANEXO IV

Ver anexo en la página 26164 del documento Descargar

ANEXO V

Ver anexo en las páginas 26165-26166 del documento Descargar

ANEXO VI

Ver anexo en la página 26167 del documento Descargar

ANEXO VII

Ver anexo en las páginas 26168-26192 del documento Descargar

ANEXO VIII

Ver anexo en las páginas 26193-26299 del documento Descargar

ANEXO IX

Ver anexo en las páginas 26300-26305 del documento Descargar

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