ORDEN conjunta de 29 de mayo de 2025, por la que se aprueba la modificación de la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, constituidas en virtud de Orden conjunta de ambos Departamentos de 15 de marzo de 2022, de conformidad con lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégica de dicha Consejería, aprobada el 22 de junio de 2023 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU».
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).
El citado Decreto ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el día 5 de agosto de 2021, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros, de los que 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.
REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).
Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros ha aprobado el 27 de abril de 2021, la Ley 4/2021, de 2 de agosto (como anteriormente hacía el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo), en su artículo 13, posibilita la creación de unidades administrativas de carácter provisional (UAP).
El apartado 1, párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», elaborarán un instrumento de planificación estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.
De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes fueron emitidos con fecha 21 de octubre (la primera de las Direcciones Generales citadas), y 15 de noviembre de 2021, por la Dirección General de la Función Pública.
En sesión celebrada el 9 de diciembre de 2021, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el Instrumento de Planificación Estratégico (IPE) de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda.
El artículo 13.2 de la tantas veces citada Ley 4/2021 prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de la Función pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos se aprobará la constitución de las correspondientes Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPs), en la que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley), los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas Unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas Unidades.
Conforme a las previsiones del citado precepto, mediante escrito de fecha 3 de febrero de 2022, el titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda formula iniciativa en orden a la constitución de la Unidades Administrativas de carácter Provisional previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, así como a la dotación de las mismas, mediante la creación de los puestos de trabajo de carácter coyuntural, un total de 26 (16 en el Instituto Canario de la Vivienda y 10 en la Dirección General de Transportes) previstos en el IPE aprobado el 9 de diciembre de 2021, que con arreglo al citado Instrumento han de desarrollar la actividad que les es propia en dichas UAPs, lo que finalmente se produce a propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, y previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 9 de marzo de 2022, mediante Orden conjunta de las citadas Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de fecha 15 de marzo de 2022 (BOC n.º 57, de 22.3.2022).
Con fecha 11 de abril de 2023 por la extinta Consejería de Obras Públicas, Transporte y Vivienda se inicia procedimiento en orden a la modificación del IPE del Departamento, aprobado el 9 de diciembre de 2021. Conforme a lo previsto en el artículo 9.2. de la Ley 4/2021, los informes favorables previos de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública, en relación con la modificación propuesta, fueron emitidos, con fechas 17 de abril de 2023, por parte de la primera de ellas, y 10 de mayo de 2023, por parte de la Dirección General de la Función Pública. Esta modificación del IPE del Departamento de referencia fue aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», en su sesión de 22 de junio de 2023.
Finalmente, y de nuevo conforme a las previsiones del artículo 13.2. de la Ley 4/2021, en fecha 4 de abril de 2025, la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad formula iniciativa en orden a la aprobación de la modificación de la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional constituidas mediante Orden conjunta de 15 de marzo de 2022, en los términos previstos en la modificación del IPE de dicho Departamento, aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU» en su sesión del 22 de junio de 2023.
En su virtud, visto el contenido del Instrumento de Planificación Estratégica aprobado el 22 de junio de 2023 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU»; vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 5 de mayo de 2025, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Consejeras de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea,
RESUELVEN:
Primero.- Aprobar la constitución de la Unidad Administrativa de carácter Provisional denominada "UAP Gestión, Seguimiento Fondos NGEU y Antifraude" prevista en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» en su sesión de 22 de junio de 2023. La citada unidad administrativa que dependerá directamente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, queda constituida por el plazo que exija la ejecución de los proyectos financiados con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), previéndose inicialmente una vigencia de la misma hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados.
Segundo.- Aprobar la modificación de la estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional "UAP Oficina de Gestión de Proyectos y Subvenciones MRR" de la Dirección General de Transportes, y de la "UAP Subdirección de Mecanismo de Recuperación y Resilencia" del Instituto Canario de la Vivienda de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, en cuanto a su dotación de medios personales de determinados puestos de carácter coyuntural, prevista en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» en su sesión de 22 de junio de 2023.
Tercero.- La estructura organizativa de las citadas Unidades Administrativas de carácter Provisional será la que para cada una de ellas se refleja en el Anexo I a esta Orden.
Cuarto.- Para el adecuado ejercicio de las funciones atribuidas a las mismas, las Unidades Administrativas de carácter Provisional que por esta Orden se constituyen y modifican, contarán son los siguientes medios:
1) UAP Oficina de Gestión de Proyectos y Subvenciones MRR (Dirección General de Transportes.
A fin de garantizar la eficiencia de la nueva estructura organizativa, se crean y modifican determinados puestos de trabajo de carácter coyuntural, en los términos que se reflejan en el Anexo II y Anexo III, respectivamente, de esta Orden.
Estos nuevos puestos de trabajo de carácter coyuntural tienen una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de la posible ampliación de su vigencia por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados.
2) UAP Gestión, Seguimiento Fondos NGEU y Antifraude (Secretaría General Técnica).
Contará inicialmente con los puestos de trabajo de carácter coyuntural que se contienen en el Anexo IV de esta Orden.
Estos nuevos puestos de trabajo de carácter coyuntural tienen una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de la posible ampliación de su vigencia por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados.
3) UAP Subdirección de Mecanismo de Recuperación y Resilencia (Instituto Canario de la Vivienda).
A fin de garantizar la eficiencia de la nueva estructura organizativa, se modifican determinados puestos de trabajo de carácter coyuntural, en los términos que se reflejan en el Anexo V de esta Orden.
Quinto.- Las supresiones de los puestos de trabajo de carácter coyuntural producidas en la "UAP Oficina de Gestión de Proyectos y Subvenciones MRR" de la Dirección General de Transportes, se recogen en el Anexo VI de esta Orden.
Sexto.- A resultas de la creación y modificación de los puestos de trabajo a que se refieren los apartados precedentes, una vez consolidados los mismos, la estructura organizativa y dotación de puestos de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, queda en los términos que, a continuación se indica, de esta Orden.
- Anexo VII.- Dirección General de Transportes.
- Anexo VIII.- Secretaría General Técnica.
- Anexo IX.- Instituto Canario de la Vivienda.
Séptimo.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, que producirá efectos desde el día siguiente de su publicación.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de mayo de 2025.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.
ANEXO I
CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y MOVILIDAD
Ver anexo en la página 26043 del documento Descargar
CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y MOVILIDAD
Ver anexo en la página 26044 del documento Descargar
ANEXO II
Ver anexo en las páginas 26045-26046 del documento Descargar
ANEXO III
Ver anexo en las páginas 26047-26048 del documento Descargar
ANEXO IV
Ver anexo en la página 26049 del documento Descargar
ANEXO V
Ver anexo en las páginas 26050-26052 del documento Descargar
ANEXO VI
Ver anexo en las páginas 26053-26056 del documento Descargar
ANEXO VII
Ver anexo en las páginas 26057-26075 del documento Descargar
ANEXO VIII
Ver anexo en las páginas 26076-26118 del documento Descargar
ANEXO IX
Ver anexo en las páginas 26119-26152 del documento Descargar