EXTRACTO de la Orden de 28 de mayo de 2025, por la que convocan subvenciones destinadas a infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027, para el ejercicio 2025.

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BDNS (Identif.): 835977.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/835977).

Primero.- Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las indicadas a continuación, que cumplan los requisitos recogidos en la base reguladora segunda en el momento de la presentación de la solicitud.

- Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

- Universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

- Centros Tecnológicos y de Investigación, Parques Científicos y Tecnológicos e Infraestructuras Científicas y Técnicas singulares.

Segundo. Objeto.

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2025, subvenciones destinadas a infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FEDER Canarias 2021-2027, para el ejercicio 2025, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027.

Serán subvencionables y cofinanciadas por la Unión Europea, las operaciones que consistan en la construcción, ampliación o mejora, renovación o remodelación, y reemplazo de infraestructuras de investigación, así como de equipamiento científico-técnico, de la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan los requisitos recogidos en la base reguladora cuarta.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden n.º 270/2025, de 25 de abril, de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras con vigencia indefinida para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FEDER Canarias 2021-2027 (BOC n.º 92, de 9.5.2025).

Cuarto.- Cuantía.

1. Se aprueba la convocatoria que tiene una dotación económica de 2.000.000,00 de euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.467B.74302, Proyecto 237G0312, denominado Infraestructuras científicas tecnológicas del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025.

2. Estas ayudas poseen una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027, en el Objetivo Político 1. Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones, Prioridad P1A. Transición digital inteligente, Objetivo Específico RSO1.1. Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas (FEDER), Línea de Actuación: infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico.

3. El importe total de la dotación económica asignada a esta convocatoria podrá ser incrementado en el caso de que exista cobertura económica para llevarlo a cabo, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, siempre y cuando se publique en el Boletín Oficial de Canarias la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

4. Las subvenciones adoptan la modalidad de financiación a tipo fijo contemplada en el artículo 53, apartado 1.e), del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.

5. La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto total elegible. El límite mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto será de 300.000 y 1.000.000 de euros, respectivamente.

6. Los importes correspondientes a la actuación a subvencionar será la suma de los costes indicados a continuación:

a) Costes directos que no sean de personal: se financiarán a coste real.

b) Costes directos de personal: se calcularán a un tipo fijo del 20% de los costes directos de dicha operación que no sean costes directos de personal, conforme a lo establecido en el artículo 55.1 del Reglamento (UE) 2021/1060, de 24 de junio.

En aquellos casos en los que los costes directos de la operación incluyan contratos de obras públicas, de suministros o de servicios cuyo valor supere los umbrales indicados en el artículo 4 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, o en el artículo 15 de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, los costes directos de personal se calcularán a coste real.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 16 de junio de 2025 a las 9:00 horas, y finalizará el día 7 de julio de 2025 a las 14:00 horas.

Sexto.- Otros datos.

La presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación necesaria para determinar el cumplimiento de los requisitos exigidos, se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la base 13 y obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, disponible a través de la dirección electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/10294. El abono de la subvención se efectuará por anticipado.

El plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables no podrá ser anterior a la presentación de la solicitud de la subvención, dado el efecto incentivador de la presente ayuda.

El plazo de ejecución del proyecto tendrá una duración máxima de 18 meses.

El plazo para la justificación de la subvención será de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de ejecución de la operación.

El plazo para resolver el procedimiento y notificar la resolución de concesión será de seis meses contado desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. El citado plazo para resolver podrá ser suspendido conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución de concesión se notificará mediante su publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.

Las acciones que los interesados deban realizar se harán obligatoriamente a través del aplicativo de gestión telemática del procedimiento ubicado en dicha sede electrónica. Los requerimientos que se dirijan a las entidades interesadas para subsanar defectos en la documentación aportada en la solicitud inicial o de cualquier otra documentación y/o información adicional serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, surtiendo esta todos los efectos de la notificación.

El resto de los trámites relativos a solicitud de aclaraciones, requerimientos de la fase de justificación, resolución de justificación y, en su caso, trámites del procedimiento de reintegro se notificarán mediante el sistema de comparecencia electrónica, a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, ubicado en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, previsto en la Orden de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes (BOC n.º 95, de 18 de mayo).

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 2025.

LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.

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