Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 3 de junio de 2025, por la que se convocan diversos puestos de trabajo en Oficinas Judiciales por el sistema de concurso específico.

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La disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que las Comunidades Autónomas con competencias asumidas aprobarán las relaciones de puestos de trabajo y procederán al acoplamiento de los funcionarios con destino definitivo en el ámbito territorial correspondiente.

En dicha relación de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, se recogen diversos puestos singularizados cuya forma de provisión es el sistema de concurso específico, en los términos recogidos en los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.

En su virtud, esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 103 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por el Decreto 108/2024, de 31 de julio,

RESUELVE:

Convocar concurso específico para la provisión de puestos de trabajo incluidos en el anexo de la convocatoria.

BASES
Primera.- Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por el sistema de concurso específico, de la relación de puestos incluidos en el anexo a esta convocatoria.

Segundo.- Requisitos y condiciones de participación.

1. Podrán participar en esta convocatoria, en exclusiva, y por una sola vez:

Los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, destinados en el municipio en el que deban desempeñarse los puestos de trabajo ofertados, que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otra que comporte reserva de puesto de trabajo, con más de 5 años de servicios efectivos en el cuerpo por el que concursan en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. No podrán participar en esta convocatoria:

a) Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria sin reserva de plaza.

b) Los suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

c) Los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

d) Los condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e identidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

Tercero.- Bases y baremos de valoración.

Se adjudicarán los puestos de acuerdo al criterio de mayor tiempo de servicios efectivos en el cuerpo por el que concursan.

En caso de empate se resolverá por orden de escalafón.

Cuarto.- Solicitudes.

1. La presentación de las solicitudes, que serán dirigidas a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, se realizará exclusivamente de forma electrónica a través del formulario que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramitador/creacion/tramites/10493, en el plazo de los cinco días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

2. Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud los méritos alegados, así como los documentos acreditativos de los mismos.

3. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

4. Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para la persona interesada.

Quinto.- Comisión de Valoración.

1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y que estará compuesta por:

a) Cuatro miembros en representación de la Administración convocante, designados por ella, uno de los cuales será funcionario de la Administración de Justicia. Uno de esos miembros actuará como Presidente y otro como Secretario.

b) Dos miembros, funcionarios de la Administración de Justicia, a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad de Autónoma de Canarias.

Todos los miembros de la Comisión deberán pertenecer a cuerpos para cuyo ingreso se exija igual o superior titulación al que esté adscrito el puesto convocado.

La Comisión de Valoración, en su funcionamiento, se regirá por lo establecido en la Sección 3.a) del Capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirán por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en la interpretación y aplicación de estas normas.

La Comisión de Valoración propondrá para cada puesto de trabajo ofertado en el presente concurso al candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de ambas fases. En caso de empate se propondrá al candidato con mayor antigüedad en el Cuerpo.

Séptimo.- Adjudicación de puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que los hayan solicitado, salvo en los supuestos en que, como consecuencia de una reestructuración o modificación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, se hayan amortizado o modificado en sus características funcionales, orgánicas o retributivas.

Octavo.- Destinos.

1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables. Nos obstante, aquellos funcionarios que hubieran obtenido un puesto de trabajo por concurso específico podrán renunciar a este si antes de la fecha de toma de posesión hubieren obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, deberá el funcionario tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.

2. Si en la fecha de entrada en funcionamiento de la Oficina Judicial, no se hubiera adjudicado el concurso genérico ordinario, el personal funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso específico.

Noveno.- Resolución.

1. Los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo de seis meses contado desde el día siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

2. La toma de posesión efectiva de dichos puestos no se producirá hasta la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial en los partidos judiciales a los que correspondan los centros de destino, prevista para el 1 de julio de 2025.

Décimo.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de junio de 2025.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María del Carmen de León Jiménez.

ANEXO

PUESTOS DE TRABAJO QUE SE OFERTAN

Ver anexo en la página 24848 del documento Descargar

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