EXTRACTO de la Orden de 19 de mayo de 2025, por la que se aprueba el gasto por importe de ciento veinticinco mil (125.000) euros, se convocan, para el ejercicio 2025, subvenciones destinadas a las galerías de arte de Canarias para su participación en ferias de arte nacionales e internacionales, y se aprueban sus bases reguladoras.
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BDNS (Identif.): 833998.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/833998).
Primero.- Objeto.
Es objeto de esta convocatoria el apoyo a las galerías de arte canarias para facilitar su presencia en las ferias de arte que se desarrollen en el panorama artístico nacional e internacional relacionadas a continuación (Anexo III):
- Ferias Nacionales: ARCO. Feria Internacional de Arte Contemporáneo (Madrid); JustMad (Madrid); Art Madrid (Madrid); LOOP Fair (Barcelona); Estampa-Feria de Arte Contemporáneo (Madrid); CAN Art Ibiza (Ibiza); Swab (Barcelona); ARTESANTANDER (Santander); Hybrid Art Fair (Madrid); Urvanity Art Fair (Madrid).
- Ferias Internacionales: Art Basel (Basilea, Suiza) Expo Chicago (Chicago, EE.UU.), Art Basel (Miami, EE.UU.), ARCO Lisboa (Lisboa, Portugal); Pinta (Miami, EE.UU.); Untitled (Miami, EE.UU.); JustLX (Lisboa, Portugal); The Armory Show (Nueva York, EE.UU.), Context Art (Miami, EE.UU.); Zona MACO (Ciudad de México), SP-Arte (Sao Paulo, Brasil); ARTBO (Bogotá, Colombia); Arteba (Buenos Aires, Argentina); FIAC (París, Francia); Art Cologne (Colonia, Alemania); ARTISSIMA (Turín, Italia); Frieze Art Fair (Londres, Reino Unido); Paris Photo (París, Francia); MIA Milan Image Art Fair (Milán, Italia); Korea Internacional Art Fair (Seoul, Corea del Sur); BRAFA Art Fair (Bruselas, Bélgica); Drawing Now Art Fair (París); Art Brussels (Bruselas, Bélgica); Affordable Art Fair Singapore (Singapur); Photo Basel (Basilea, Suiza); Drawing Room (Lisboa, Portugal); Art París (París, Francia).
Segundo.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas y jurídicas que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la intermediación en el mercado del arte (epígrafes IAE 615.5. - Comercio al por mayor de obras de arte y antigüedades y Epígrafe 615.6. - Galerías de arte).
Tercero.- Dotación económica.
La dotación económica para esta convocatoria, según el resuelvo primero de la Orden de 19 de mayo, es de ciento veinticinco mil (125.000,00) euros.
Cuarto.- Actuaciones subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables los gastos de las personas o entidades beneficiarias que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad, resulten necesarios para llevarla a cabo y hayan sido efectivamente realizados y pagados dentro del plazo de justificación y que cumplan los requisitos indicados en esta Orden de aprobación de bases reguladoras, conforme a lo previsto en el artículo 31 de la Ley General de Subvenciones, y en particular:
1) Gastos de campaña de publicidad y promoción realizados en exclusiva para la feria de arte para el que ha sido seleccionada o durante las fechas de celebración de la misma. Máximo 10% del coste reconocido del proyecto.
2) Gastos de transporte de las obras de arte (envío y retorno). Máximo 60% del coste reconocido del proyecto.
3) Gastos de seguros de obras de arte. Máximo 10% del coste reconocido del proyecto.
4) Gastos de desplazamiento, en clase turista, económica o similar, con ida y vuelta desde cualquier ciudad española hasta un máximo de cinco (5) personas con participación en el proyecto (galeristas y artistas). Máximo 30% del coste reconocido del proyecto.
5) Gastos de alojamiento durante los días de duración del evento de un máximo de cinco (5) personas con participación efectiva en el proyecto (galeristas y artistas). Máximo 60% del coste reconocido del proyecto.
6) Gastos de coste del stand de la feria de arte. Máximo 60% del coste reconocido del proyecto.
7) Gastos para el montaje y desmontaje de las exposiciones de la feria. Máximo 15% del coste reconocido del proyecto.
8) Gastos de transporte dentro de la ciudad. Máximo 5% del coste reconocido del proyecto.
Quinto.- Cuantía.
La cuantía de la subvención a otorgar a cada persona o entidad beneficiaria no podrá superar el 70% del coste reconocido del proyecto y tendrá un límite máximo de 20.000,00 euros para ferias internacionales y 10.000,00 euros para ferias nacionales. En el marco de esta convocatoria la suma de todas las subvenciones recibidas para ferias de arte por persona o entidad solicitante no superará en ningún caso la cantidad de 30.000,00 euros.
Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Séptimo.- Plazo para la realización de la actividad y justificación.
El plazo de ejecución de la actividad es del 1 de enero al 31 de octubre de 2025 y el de justificación finaliza el 15 de noviembre de 2025. El plazo de justificación podrá ser ampliado previa solicitud de la persona o entidad beneficiaria antes del vencimiento del mismo por un periodo no superior a la mitad del inicialmente establecido y permita el cumplimiento de los principios de anualidad y estabilidad presupuestaria, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros, conforme establece el artículo 23 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de mayo de 2025.
LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.