Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 14 de abril de 2025, por la que se delega la competencia para la gestión de las listas de reserva de personal funcionario interino del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores, Especialidad de Psicología, y del Cuerpo de Facultativos Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajo Social, en la persona titular de las Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, respecto de las solicitudes de cobertura temporal del Instituto Canario de Igualdad.
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Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 15 de diciembre de 2023 (BOC n.º 13, de 18.1.2024), se delegó la competencia para la gestión de las listas de reserva de personal funcionario interino del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores, Especialidad de Psicología, y del Cuerpo de Facultativos Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajo Social, en la persona titular de las Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.
Mediante Resolución de 31 de enero de 2024 (BOC n.º 33, de 14.2.2024), se avocó parcialmente el ejercicio de la competencia para la gestión de las listas de reserva de personal funcionario interino del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores, Especialidad Psicología, y del Cuerpo de Facultativos Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajo Social, en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.
En virtud de esta última Resolución, se avocó a favor de la Dirección General de la Función Pública la competencia en lo que respecta a los llamamientos de las personas integradas en las listas de reserva, conformadas por la Dirección General de la Función Pública, para el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores, Especialidad de Psicología, y para el Cuerpo de Facultativos Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajo Social, y su nombramiento como personal funcionario interino, para la provisión, con carácter temporal, de los puestos que eventualmente puedan ser solicitados por Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias distintos de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.
De esta forma, la delegación efectuada solo quedaría circunscrita al ámbito de ese Departamento, siendo competencia de la Dirección General de la Función Pública, en los demás casos.
El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permite que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas puedan delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos Públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas, siendo preceptivo que el acto de delegación y, en su caso, su revocación se publiquen en el boletín oficial correspondiente y debiendo hacerse constar en las resoluciones administrativas que se adopten por delegación tal circunstancia de manera expresa.
Por su parte, la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece en su artículo 31.3 que el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello, debiendo publicarse el acto de delegación en el Boletín Oficial de Canarias.
La puesta en práctica de la delegación efectuada ha puesto de manifiesto que coadyuva a una gestión más eficaz y más eficiente, el que respecto de las listas de empleo que han sido delegadas en cuanto a su gestión a favor de la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, para el ámbito de ese Departamento, se delegue también en lo referente al Instituto Canario de Igualdad, como Organismo Público que le es adscrito.
En virtud de lo anteriormente expuesto, previa conformidad de la persona titular de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, de fecha 11 de abril de 2025, en el ejercicio de las atribuciones conferidas en virtud de lo previsto en el artículo 76.1, letra l), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio,
RESUELVO:
Primero.- Delegación.
1. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, la competencia del artículo 76.1, letra l), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio, en lo que respecta a la realización de los correspondientes llamamientos a las personas integradas en las listas de empleo para el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores, Especialidad Psicología, y para el Cuerpo de Facultativos Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad Trabajo Social, así como el nombramiento de personal funcionario interino y la adjudicación de su destino y la resolución de cese que proceda, en relación con las solicitudes de urgente y extraordinaria necesidad que sean cursadas por el Instituto Canario de Igualdad.
2. La presente delegación podrá ser revocada, total o parcialmente, en cualquier momento por parte de la Dirección General de la Función Pública.
Segundo.- Constancia de la delegación.
Los actos que se dicten por delegación harán expresa referencia a dicha circunstancia.
Tercero.- Coordinación.
Corresponde a la Subdirección de Selección y Provisión del Empleo Público de la Dirección General de la Función Pública dictar las órdenes e instrucciones de servicio que se precisen para garantizar la debida coordinación entre el órgano delegante y los órganos delegados, permitiendo que la información de los expedientes de llamamiento y nombramiento consten debidamente en los sistemas de información de recursos humanos.
Cuarto.- Publicación y eficacia.
La presente Resolución será publicada en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2025.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.