ANUNCIO de 10 de abril de 2025, por el que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación del municipio de San Andrés y Sauces.
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Atendiendo a lo dispuesto en los artículos 144.9 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y 71.2 y 103 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias; así como en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace saber:
Que el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria, celebrada el día 5 de abril del año en curso, considerando lo establecido por los artículos 22.2.c) y 47.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 144 y la disposición transitoria sexta de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, acordó por unanimidad:
Primero.- Aprobar definitivamente el Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces.
Segundo.- Publicar el presente acuerdo, así como la normativa del Plan General de Ordenación en el Boletín Oficial de Canarias, junto con la documentación prevista en la legislación estatal básica, así como en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento, en los términos establecidos en los artículos 144.9 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y 71.2 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias, a los efectos de su entrada en vigor, que se producirá a los quince días hábiles de la completa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero.- Una vez diligenciado, remitir un ejemplar del Plan General de Ordenación aprobado definitivamente, incluyendo planos y resto de documentos que conformen el documento de información y ordenación, así como la documentación prevista en el documento de evaluación ambiental al Registro de Planeamiento de Canarias.
Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde de esta Corporación para que en nombre y representación Corporativa, realice cuantas gestiones y actuaciones fueran necesarias en ejecución de lo acordado.
Contra el presente acto, que es definitivo en vía administrativa, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dado que aprueba una disposición de carácter general, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Santa Cruz de Tenerife), a tenor de lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.
A tales efectos, se publican los siguientes anexos:
- Anexo I: Normativa Urbanística de Ordenación Estructural (NOUE).
-Anexo II: Normativa Urbanística de Ordenación Pormenorizada (NUOP).
- Anexo III: Fichero de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión (FAUG 1).
- Anexo IV: Fichero de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión (FAUG 2).
- Anexo V: Fichero de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión (FAUG 3).
- Anexo VI: Anexo de Asentamientos Rurales (SRAR).
San Andrés y Sauces, a 10 de abril de 2025.- El Alcalde, Francisco Javier Paz Expósito.
Ver anexo en las páginas 16935-18364 del documento Descargar