Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 13 de marzo de 2025, por la que se prorroga la vigencia de las listas complementarias relativas a diversos Cuerpos, Escalas y, en su caso, Especialidades de la Administración General, de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 1 de diciembre de 2021, constituidas por Resolución de 7 de abril de 2022 y prorrogadas por Resolución de 19 de abril de 2023 y Resolución de 8 de abril de 2024.

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El 15 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias n.º 254, la Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 1979/2021, de 1 de diciembre, por la que se hacía pública la convocatoria para la constitución de listas de empleo complementarias relativas a los Cuerpos, Escalas y, en su caso, Especialidades, de la Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias siguientes: Escalas de Administración General y Administración Financiera y Tributaria, pertenecientes al Cuerpo Superior de Administración; Especialidades Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Industrial e Ingeniería de Telecomunicaciones, del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingeniería y Arquitectura; Especialidades de Tecnologías de la Información y de Psicología del Cuerpo Superior Facultativo, Escala Técnica Superior Facultativa; Escala de Inspección Médica, perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo; Escalas de Gestión General y Gestión Financiera y Tributaria incluidos en el Cuerpo de Gestión; así como a las Especialidades de Telecomunicaciones, por una parte, y de Tecnologías de la Información y de Trabajo Social, por otra, del Cuerpo Facultativo Técnico de Grado Medio, Escala de Arquitectura e Ingeniería Técnica y Técnica Facultativa de Grado Medio, respectivamente, y Agrupación Profesional de Subalternos.

En el apartado décimo de la parte resolutiva se recoge la vigencia de las listas de empleo complementarias de un año, que puede ser renovable anualmente mediante resolución expresa de la Dirección General de la Función Pública, a partir del día siguiente a su constitución.

Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 7 de abril de 2022 (BOC n.º 76, de 20.4.2022), se acordó la constitución de las listas de empleo complementarias, convocadas por la precitada Resolución de 15 de diciembre de 2021.

Las referidas listas de empleo complementarias, fueron objeto de prórroga por Resolución de 19 de abril de 2023 (BOC n.º 78, de 21.4.2023), y por Resolución de 8 de abril de 2024 (BOC n.º 77, de 18.4.2024) del citado Centro Directivo.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 76.1, del Decreto 108/2024, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad (BOC n.º 156, de 8.8.2024), esta Dirección General

RESUELVE:

Primero.- Prorrogar la vigencia de las listas de empleo complementarias constituidas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC n.º 76, de 20.4.2022) y prorrogadas por Resolución de 19 de abril de 2023 (BOC n.º 78, de 19.4.2023) y por Resolución de 8 de abril de 2024 (BOC n.º 77, de 18.4.2024), relativas a los Cuerpos, Escalas, y en su caso, Especialidades de la Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias siguientes; a las Especialidades Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Industrial e Ingeniería de Telecomunicaciones, del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingeniería y Arquitectura; a las Especialidades de Tecnologías de la Información y de Psicología del Cuerpo Superior Facultativo, Escala Técnica Superior Facultativa; a la Escala de Inspección Médica, perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo; así como a las Especialidades de Telecomunicaciones, por una parte, y de Tecnologías de la Información y de Trabajo Social, por otra, del Cuerpo Facultativo Técnico de Grado Medio, Escala de Arquitectura e Ingeniería Técnica y Técnica Facultativa de Grado Medio, respectivamente, y Agrupación Profesional de Subalternos, durante el plazo de un (1) año contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Dejar sin efecto las listas de empleo complementarias constituidas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC n.º 76, de 20.4.2022) y prorrogadas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 19 de abril de 2023 (BOC n.º 78, de 21.4.2023) y por Resolución de 8 de abril de 2024 (BOC n.º 77, de 18.4.2024) del citado Centro Directivo, relativas al Cuerpo Superior de Administración, Escala Administración Financiera y Tributaria, y al Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión Financiera y Tributaria.

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, conforme a lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, la persona interesada podrá, a su criterio, interponer recurso potestativo de reposición en vía administrativa ante esta Dirección General, en el plazo de un (1) mes, contado desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente dicho recurso o se produzca su desestimación presunta, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2025.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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