EXTRACTO de la Orden de 25 de febrero de 2025, de redistribución del crédito presupuestario asignado a la convocatoria de las subvenciones derivadas del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se regulan los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica MOVES III, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia Europeo, aprobada por Resolución de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Energía.
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BDNS (Identif.): 574587.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/574587).
I.- El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (BOE n.º 89, de 14.4.2021), distribuyó el crédito presupuesto disponible entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, dotando a la Comunidad Autónoma de Canarias con 18.342.808,00 euros. Este importe fue distribuido mediante Orden conjunta n.º 228, de 17 de septiembre de 2021, de las Consejerías de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, y de Sanidad, con las siguientes asignaciones:
• Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial: 16.162.808,00 euros (reservando 312.419,00 euros a costes indirectos, destinándose a la convocatoria de ayudas un total de 15.850.389,00 euros).
• Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos: 1.710.000,00 euros (destinado a inversiones directas).
• Consejería de Sanidad: 470.000,00 euros (destinado a inversiones directas).
II.- Mediante Resolución 895/2021, de 9 de julio de 2021, de la Directora General de Energía (BOC n.º 144, de miércoles 14.7.2021), se convocaron en procedimiento de concurrencia no competitiva, por delegación de la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, las ayudas para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica MOVES III por un importe de 15.850.389,00 euros.
III.- Con fecha 29 de mayo de 2023, se dictó la Orden número 301/2023 (posteriormente rectificada por la Orden n.º 386/2023) por la que se amplió la cuantía del crédito consignado en la convocatoria referida en el antecedente anterior, hasta un total de 28.977.842,63 euros, de los cuales se asignó al programa de incentivos 1, un importe total de 17.311.752,27 euros, y para el programa de incentivos 2, un importe total de 11.666.090,36 euros.
IV.- Posteriormente, en fecha 28 de diciembre de 2023, se dictó la Orden del Consejero de Transición Ecológica y Energía número 186/2023, que tenía un doble objeto: por un lado, se amplió el plazo para la presentación de solicitudes hasta el 31 de julio de 2024, adaptando así la convocatoria a la modificación de las bases operada por el Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre (publicado en el BOE n.º 273, de 15.11.2023); por el otro, se amplió el importe del crédito consignado en la convocatoria hasta un total de 42.833.297,91 euros, de los cuales se asignaron para el programa de incentivos 1, un total de 26.070.901,5 euros, y para el programa de incentivos 2, un total de 16.762.396,41 euros.
V.- El artículo 27 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, modificó el artículo 4.1 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, ampliando el plazo de vigencia del programa hasta el 31 de diciembre de 2024 y permitiendo la presentación de solicitudes hasta esa fecha.
VI.- Mediante la Orden 174/2024, de 30 de julio de 2024, del Consejero de Transición Ecológica y Energía, en la que se incrementó el crédito de la convocatoria hasta un total de 68.451.723,84 euros y se amplió, en consecuencia, el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2024.
VII.- Consta informe de la Directora de la Unidad de Proyectos de Transición Energética del Programa de Gestión de Fondos «Next Generation EU» de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, de fecha 18 de febrero de 2025; en el mismo se explica que en las dos últimas ampliaciones de crédito presupuestario para la convocatoria no se solicitó la ampliación de ningún importe específico para los costes indirectos, debido a que los plazos previstos para presentación de solicitudes por parte de los potenciales beneficiarios estaban próximos a finalizar en el momento de las ampliaciones.
En dicho informe la Directora de la Unidad detalla que el importe actualmente reservado en esta convocatoria para los costes indirectos asciende a 1.525.149,61 euros, explicando además los expedientes que se han tramitado con cargo a estos costes indirectos y que, en consecuencia, quedan actualmente 631.839,14 euros como remanente disponible para gastar en costes indirectos.
Tal y como señala en dicho informe, debido a los trabajos derivados de la gestión de estas subvenciones, con las últimas ampliaciones de plazo, posibles prórrogas y posibles retrasos en las concesiones, se prevé una duración de los trabajos a realizar en la gestión y tramitación de estos expedientes de subvención hasta diciembre de 2026, considerándose por tanto insuficientes los recursos disponibles actualmente por parte de dicha Unidad.
En base a lo anterior, y debido al gran volumen de solicitudes recibidas en esta convocatoria, con una media de 3.000 nuevas solicitudes cada semestre posterior a la ampliación, y ascendiendo hasta la fecha a un total de 13.696 expedientes por tramitar, resulta necesario realizar un nuevo encargo para la gestión de la presente subvención, teniendo en cuenta además que desde el 31 de diciembre de 2024 finalizó el que se venía realizando por parte del medio propio personificado "Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC)".
El informe de la Directora de la Unidad justifica así la necesidad de realizar un nuevo encargo para la gestión de estas subvenciones con el medio propio personificado "Gestur Canarias, S.A.", para lo cual se requiere un reajuste del crédito presupuestario total de la convocatoria, de tal forma que se redistribuya el crédito presupuestario para dotar de más crédito los costes indirectos. Así, dentro del crédito actualmente consignado para la convocatoria, se propone una redistribución para detraer del programa de incentivos 2 el importe de 1.280.921,30 euros, e incrementar en idéntica cantidad los costes indirectos, de tal manera que la cantidad total prevista para costes indirectos de esta convocatoria sería de 2.806.070,91 euros.
VIII.- Consta informe propuesta de la Directora del Programa de Gestión de Fondos «Next Generation EU» de la Consejería de Transición Ecológica y Energía de fecha 21 de febrero de 2025.
Por todo lo anterior,
RESUELVO:
Primero.- Detraer por 1.280.921,30 euros del Programa de Incentivos 2 de la convocatoria, quedando en concreto la siguiente aplicación presupuestaria así:
Ver anexo en la página 11018 del documento Descargar
Segundo.- Incrementar en 1.280.921,30 euros los costes indirectos previstos, quedando en concreto la siguiente aplicación presupuestaria así:
Ver anexo en la página 11018 del documento Descargar
Tercero.- Publicar la Orden en la Base de Datos Nacional de subvenciones (BDNS) y en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Transición Ecológica y Energía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 2025.
EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y ENERGÍA,
Mariano Hernández Zapata.