Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 15 de enero de 2025, del Secretario, por la que se ordena la publicación del Convenio entre el Instituto Canario de la Vivienda y el Ayuntamiento de San Miguel de Abona por el que se formaliza la cesión a título gratuito de las parcelas situadas en Llano del Camello y Amarilla Golf del citado término municipal, con destino a la construcción de viviendas protegidas de promoción pública.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, apartado 2, de la Ley 12/2014, de 26 de octubre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos deberán publicarse en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior y conforme a las funciones que tengo atribuidas por el artículo 11, apartado 1.A), puntos f) y h), del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio suscrito entre el Instituto Canario de la Vivienda y el Ilustre Ayuntamiento de San Miguel de Abona por el que se formaliza la cesión a título gratuito de las parcelas situadas en Llano del Camello y Amarilla Golf del citado término municipal, con destino a la construcción de viviendas protegidas de promoción pública.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de enero de 2025.- El Secretario, Huberto Suárez Hernández.

ANEXO

CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA Y EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE ABONA POR EL QUE SE FORMALIZA LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE LAS PARCELAS SITUADAS EN LLANO DEL CAMELLO Y AMARILLA GOLF DEL CITADO TÉRMINO MUNICIPAL, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA.

En Santa Cruz de Tenerife, a 14 de enero de 2025.

REUNIDOS

De una parte, D. Antonio Jesús Ortega Rodríguez, actuando en su condición de Director del Instituto Canario de la Vivienda, según nombramiento efectuado mediante Decreto 250/2023, de 24 de julio, y en ejercicio de la competencia para la suscripción de los convenios que se formalicen para la aceptación de las cesiones gratuitas de suelo, delegada por Resolución de 17 de noviembre de 2009, de la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda (BOC n.º 240, de 9.12.2009).

De otra parte, D. Arturo Eugenio González Hernández, en su condición de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Miguel de Abona, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.1, letra b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y previa autorización otorgada por el Ayuntamiento Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 25 de abril de 2024.

Los intervinientes se reconocen mutuamente capacidad legal para el otorgamiento del presente Convenio de colaboración y, al efecto,

EXPONEN

I.- Que para la gestión de las competencias que en materia de vivienda ostenta la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, en su artículo 7 y siguientes, creó el Instituto Canario de la Vivienda como organismo autónomo de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

II.- Que entre las funciones que el artículo 8 de la citada Ley atribuye al referido Organismo se encuentra en la letra g) la constitución de un patrimonio propio de suelo destinado a la construcción de viviendas protegidas; atribución que reitera el artículo 5, apartado j), del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda.

III.- Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona es propietario de las parcelas que se describen a continuación:

URBANA: Parcela 17.

Naturaleza: bien inmueble de naturaleza patrimonial.

Situación: Amarilla Golf (parte norte), en Las Chafiras, San Miguel de Abona.

Polígono, sector, parcela: Plan Parcial Amarilla Golf.

Medida superficial: 4.183,00 m².
Linderos:

- Norte, Avenida de Venezuela.

- Sur, calle de Natividad Hernández Delgado.

- Este, calle de Andrea Galván Marrero.

- Oeste, calle María del Carmen Delgado Díaz.

Referencia catastral: 0533506CS4003S0001JZ.
Cargas reales: sin cargas.

Registro de la Propiedad: San Miguel de Abona, en el Tomo 1763, Libro 211, Folio 107, Finca 15318.

URBANA: M-18-A.

Naturaleza: bien inmueble de naturaleza patrimonial.

Situación: calle Mencey Güímar c.v. calle de la Polka, Manzana 18.

Plan Parcial de Llano del Camello.

Medida superficial: 3.747,00 m2
Linderos:

- Norte, calle Mencey Güímar.

- Sur, zona verde pública.

- Este, resto de Manzana, parcela de equipamiento.

- Oeste, calle de la Polka.

Referencia catastral: 0845309CS4004N0000PY.
Cargas reales: sin cargas.

Registro de la Propiedad: Ayuntamiento 100% del pleno dominio, en el tomo 2007, libro 279, folio 52, finca 19003.

Valor: 195.893,16 euros.
URBANA: M-18-B.

Naturaleza: bien inmueble de naturaleza patrimonial.

Situación: Avenida Lucio Díaz Flores Feo c.v. calle de la Polka, Manzana 18.

Plan Parcial de Llano del Camello.

Medida superficial: 3.747,00 m2.
Linderos:

- Norte, zona verde pública.

- Sur, Avenida Lucio Díaz Flores Feo.

- Este, resto de Manzana, parcela de equipamiento.

- Oeste, calle de la Polka.

Referencia catastral: 0845307CS4004N0000GY.
Cargas reales: sin cargas.

Registro de la Propiedad: tomo 2007, Ayuntamiento 100% del pleno dominio, en el libro 279, folio 52, finca 19005.

Valor: 195.893,16 euros.

IV.- Se adjunta a este Convenio plano de situación con la delimitación exacta de las mismas.

V.- Que previo cumplimiento de los trámites exigidos en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, por acuerdo plenario adoptado el día 25 de abril de 2024, la citada Corporación acordó la cesión a título gratuito a favor del Instituto Canario de la Vivienda de las parcelas descritas en el apartado anterior con la finalidad de destinarlas a la construcción de viviendas protegidas de promoción pública.

VI.- Que por parte del Instituto Canario de la Vivienda se ha ultimado el correspondiente expediente de aceptación de la referida cesión, conforme a lo establecido en el artículo 78 bis del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, en el que se ha recabado el preceptivo informe del Servicio Jurídico del citado Organismo.

VII.- Que, asimismo y de acuerdo con lo establecido en el artículo citado en el apartado anterior, mediante Resolución n.º 7/2025, de 14 de enero, del Presidente, se ha procedido a la aceptación de la cesión de la parcela de referencia.

VIII.- Que a la vista de lo anterior procede, de acuerdo a lo previsto en el artículo 300 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en relación con el artículo 31 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, la formalización de la cesión gratuita mediante la suscripción del presente Convenio.

Visto lo que antecede, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- El Ilustre Ayuntamiento de San Miguel de Abona cede gratuitamente al Instituto Canario de la Vivienda a través del presente Convenio las parcelas descritas en el apartado tercero de la parte expositiva del mismo.

Segunda.- El Instituto Canario de la Vivienda acepta la cesión gratuita de las citadas parcelas con la finalidad de destinarla a la construcción de viviendas protegidas de promoción pública, a cuyos efectos se compromete llevar a cabo las actuaciones necesarias para la consecución de dicha finalidad.

Tercera.- El presente Convenio, que será título suficiente para la inscripción en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley Hipotecaria, en relación con el artículo 153 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se elevará a escritura pública a solicitud de cualquiera de las partes.

Cuarta.- Los gastos notariales y los de inscripción en el Registro de la Propiedad serán de cuenta de la parte que inste la elevación de este Convenio a escritura pública.

Y para que conste, y en prueba de conformidad de cuanto antecede, suscriben ambas partes el presente Convenio en el lugar y fecha del encabezamiento.- El Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, p.d. (Resolución de 17.11.2009; BOC de 9.12.2009), el Director, Antonio Jesús Ortega Rodríguez.- El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Miguel de Abona, Arturo Eugenio González Hernández.

Ver anexo en las páginas 3351-3352 del documento Descargar

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