RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2024, por la que se prorroga el presupuesto 2024 de esta Universidad para el año 2025.
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ANTECEDENTES DE HECHO
La elaboración y aprobación del Presupuesto de la Universidad de La Laguna para el ejercicio 2025 se ha visto condicionada por la celebración de elecciones al Claustro Universitario, que fueron convocadas el 18 de octubre de 2024 mediante Resolución de la Comisión Electoral General de la Universidad de La Laguna, por la que se establece el calendario de las elecciones al Claustro de la Universidad de La Laguna, y convocadas por el Rector para su celebración el día 5 de diciembre de 2024.
Tras consulta a los órganos de gobierno por parte de la Gerencia de la ULL (Claustro Universitario, Consejo de Gobierno y Consejo Social), se llega al compromiso de la publicación del texto íntegro del Proyecto del Presupuesto ULL 2025 en el Portal de Transparencia de la ULL para su consulta por parte de toda la Comunidad Universitaria el propio 10 de diciembre, como así sucede, así como la remisión a los órganos de gobierno de dicho texto íntegro y de los informes favorables preceptivos, y estableciéndose que el Claustro pudiera ser informado sobre el Presupuesto ULL 2025 en la misma sesión en la que se constituyera, el 18 de diciembre de 2025, y el Consejo de Gobierno lo aprobara para su elevación al Consejo Social en sesión del 19 de diciembre.
Habiéndose procedido todo ello según lo previsto, el 26 de diciembre se recibe convocatoria para la celebración de sesión ordinaria presencial del Pleno del Consejo Social de la ULL, siendo esta convocada para el 14 de enero de 2025, no resultando posible la aprobación y publicación del Presupuesto ULL 2025 antes del primer día del ejercicio económico correspondiente.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
El artículo 40.1 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, establece que si la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos iniciales del ejercicio anterior, así como los créditos generados durante el ejercicio anterior y destinados a nuevas competencias, hasta la aprobación y publicación de los nuevos en el Boletín Oficial de Canarias.
Asimismo, la mencionada norma establece que la prórroga no afectará a los créditos correspondientes a programas o actuaciones que terminen en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan o para obligaciones que se extingan en el mismo.
Por su parte, la disposición adicional octava de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, relativa al régimen aplicable a las universidades públicas canarias, establece que en el marco de la autonomía económica y financiera de las universidades, "será de aplicación a las universidades públicas canarias, el régimen presupuestario, económico financiero, de contabilidad y control establecido en la presente Ley".
Finalmente, el artículo 122 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna establece que "el proyecto de presupuesto será presentado al Consejo Social para su aprobación antes del inicio del ejercicio presupuestario. Si no fuera posible, deberá ser necesariamente presentado durante el primer trimestre del mismo".
Expuesta la demora en la aprobación del Presupuesto ULL 2025 y aclarada la cobertura legal del mecanismo de prórroga del presupuesto de la Universidad de La Laguna del ejercicio 2024, debe ser tenida en cuenta la obligación que la ULL tiene en cuanto al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera en la elaboración, ejecución y liquidación de su presupuesto.
El cumplimiento de dichos principios obliga a la adopción de medidas preventivas durante el periodo de prórroga presupuestaria que permitan adaptar el presupuesto a la nueva situación que supone un nuevo ejercicio, sobre todo dirigida a equilibrar los créditos de gastos disponibles a los ingresos que finalmente se prevean recibir para el nuevo ejercicio y que lleguen a materializarse.
Por ello, la Gerencia de la Universidad de La Laguna podrá autorizar la declaración de no disponibilidad de algunos de los créditos prorrogados con la finalidad de no incurrir en obligaciones superiores a los créditos que finalmente se autoricen con la aprobación del presupuesto de la Universidad para el ejercicio 2025.
La estructura orgánica del presupuesto prorrogado se adaptará, sin alteración de la cuantía total, a la organización administrativa en vigor en el ejercicio en que el presupuesto deba ejecutarse.
Por último, hay que tener en cuenta que la prórroga del presupuesto debe contemplar las adaptaciones legales de aquellos hechos que hayan tenido lugar en el ejercicio presupuestario que se va a prorrogar.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional octava, así como el artículo 40.1 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, y atendiendo a las competencias conferidas por el artículo 23.p) de los Estatutos, este Rectorado
RESUELVE:
Primero.- Prorrogar los créditos iniciales del presupuesto de la Universidad de La Laguna de 2024 en los distintos capítulos del presupuesto de ingresos y de gastos para el ejercicio 2025, en tanto no se produzca la aprobación y entrada en vigor del presupuesto del nuevo ejercicio, salvo los relativos a aquellas actuaciones que tenían vigencia exclusivamente en el año 2024.
Segundo.- Establecer las retenciones de créditos de no disponibilidad de los créditos de los Centros, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios y Servicios Generales que se estimen necesarias para garantizar que los créditos del presupuesto prorrogado no excedan el contemplado en el proyecto de presupuesto del ejercicio 2025.
Tercero.- Las bases de ejecución del presupuesto de 2024 siguen en vigor en el periodo de prórroga, teniendo presente que cualquier referencia al año 2024 se entiende referida al año 2025.
Cuarto.- Como norma general, no se realizarán expedientes de modificaciones presupuestarias hasta que el presupuesto del año 2025 no sea definitivamente aprobado. Excepcionalmente, y por causas debidamente justificadas y motivadas, se podrán tramitar aquellas modificaciones presupuestarias que sean consideradas de carácter urgente e inaplazable.
Quinto.- El presupuesto prorrogado asciende a 170.410.500 euros en sus estados de gastos e ingresos. La clasificación orgánica del estado de ingresos y de gastos se mantiene idéntica a la del presupuesto 2024.
Sexto.- Dar publicidad en el Boletín Oficial de la Universidad de La Laguna así como en el Boletín Oficial de Canarias a la presente Resolución por la que se prorroga el Presupuesto de la Universidad de La Laguna 2024 para el año 2025, atendiendo al resumen por capítulos de ingresos y gastos siguiente:
Ver anexo en la página 1610 del documento Descargar
El Presupuesto 2024 prorrogado coincide con el presupuesto del ejercicio 2024, que puede consultarse en la página web del Boletín Oficial de la Universidad de La Laguna (BOULL) (https://sede.ull.es/ecivilis-site/bulletinBoard). Las previsiones y créditos iniciales del presupuesto 2024 que no se incluyen en el presupuesto prorrogado son los siguientes:
Ver anexo en la página 1611 del documento Descargar
Séptimo.- La presente Resolución entrará en vigor, con efectos del 1 de enero de 2025, el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de La Laguna.
Lo que firmo a los efectos oportunos.
San Cristóbal de La Laguna, a 30 de diciembre de 2024.- El Rector, Francisco Javier García Rodríguez.