ORDEN de 23 de diciembre de 2024, por la que se modifica por segunda vez el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el periodo 2024-2026.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden n.º 153, de 3 de julio de 2024, del Consejero de Transición Ecológica y Energía, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, para el periodo 2024-2026, modificado por Orden n.º 332, de 13 de diciembre de 2024.

Segundo.- El PES incluye las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los Centros Directivos que conforman la estructura actual del Departamento, y acorde a su ámbito competencial:

- Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía.

- Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático.

- Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad.

- Dirección General de Energía.

Tercero.- Con fecha 18 de diciembre de 2024 se emite propuesta de segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Transición Ecológica y Energía para el periodo 2024-2026 por parte de la Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, a efectos de incluir un nuevo objetivo estratégico e incorporar nuevas líneas de subvención.

Cuarto.- La presente modificación del PES del Departamento tiene como finalidad asumir la propuesta del Centro Directivo citado anteriormente en los términos del anexo de la presente Orden.

Quinto.- Existe informe favorable de la Dirección General competente en materia de Presupuestos, con fecha 23 de diciembre de 2024, en el que se concluye lo siguiente:

"Visto lo anterior, esta Dirección General informa favorable el Borrador de Orden del Consejero de Transición Ecológica y Energía por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2024-2026, condicionado a la resolución de los expedientes de modificación de crédito a fin de dar la dotación adecuada de las líneas de subvención a incorporar, carentes de fondos".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que: "Los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria".

Segundo.- El artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, determina que los planes tienen carácter programático, no creando su contenido ni derechos ni obligaciones y que su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- El artículo 6 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

Cuarto.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, establece en su artículo 31.1.a) la obligación de publicar los planes estratégicos y de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

De acuerdo con lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Autorizar la modificación segunda del Plan Estratégico de la Consejería de Transición Ecológica y Energía para el periodo 2024-2026 al objeto de su adecuación a las acciones actuales de fomento del Departamento.

Segundo.- Teniendo en cuenta lo anterior, procede actualizar el contenido del anexo de la Orden n.º 153, de 3 de julio de 2024, del Consejero de Transición Ecológica y Energía, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Transición Ecológica y Energía para el periodo 2024-2026 (PES), Orden modificada a su vez por la Orden n.º 332, de 13 de diciembre de 2024, siendo el detalle de las actuaciones las que se recogen en el anexo de la presente Orden.

Tercero.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2024-2026.

Cuarto.- El Plan se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el periodo 2024-2026, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias.

Sexto.- La Orden entrará en vigor desde el día siguiente a su publicación en dicho Boletín.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de diciembre de 2024.

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y ENERGÍA,
Mariano Hernández Zapata.

ANEXO

INCORPORACIÓN EN EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA PARA EL PERIODO 2024-2026 LAS SIGUIENTES LÍNEAS DE SUBVENCIÓN.

Primero.- Modificar el Plan Estratégico Especial de Subvenciones de la Consejería de Transición Ecológica y Energía para el periodo 2024-2026, incorporando las siguientes líneas de subvención:

3.1.20. SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE PARA LA DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO AÑAZA.

3.1.21. SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE LOS REALEJOS PARA LA EJECUCIÓN DE UN PARQUE URBANO SOSTENIBLE Y REFUGIO CLIMÁTICO DE TOSCAL-LONGUERA.

II.- LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN LAS QUE SE CONCRETA EL PLAN DE ACTUACIÓN.

3.- FOMENTO DE LA COLABORACIÓN DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DEL MEDIO NATURAL, LA BIODIVERSIDAD EN CANARIAS Y EL CAMBIO CLIMÁTICO.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3.1.20: SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE PARA LA DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO AÑAZA:

Área de competencia afectada: desarrollo sostenible.

Sectores a los que se dirige: Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Objetivos: demolición del edificio de Añaza para una posterior renaturalización del espacio.

Objetivo presupuestario: apoyo a otras administraciones públicas canarias, en actuaciones públicas en materia de desarrollo sostenible.

Efecto previsto: recuperación de un espacio dañado por un edificio en riesgo de derrumbe, que permitirá una posterior renaturalización, en consonancia con los objetivos de la recientemente aprobada "Ley de restauración de la Naturaleza" por la UE.

Procedimiento de concesión: Subvención Directa Nominada.

Unidad responsable: Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía.

Plazo de concesión: 2024.
Plazo de vigencia: 2024-2027.

Plazo de consecución de objetivos: 15 de diciembre de 2027.

Coste estimado: 2.508.492,49 euros.

Fuentes de financiación: 100% Comunidad Autónoma de Canarias.

Aplicación Presupuestaria: 1204 456D 7500400 247G0346 "Subv. Ayto. S.C. Tfe. Demolición Ed. Añaza".

Régimen de seguimiento y evaluación: memoria detallada con la justificación de las actuaciones realizadas. La verificación in situ será realizada al final de la actividad.

Indicadores: número de actuaciones ejecutadas con cargo a la Subvención.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3.1.21: SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE LOS REALEJOS PARA EJECUCIÓN DE UN PARQUE URBANO SOSTENIBLE Y REFUGIO CLIMÁTICO DE TOSCAL-LONGUERA.

Área de competencia afectada: desarrollo sostenible.

Sectores a los que se dirige: Ayuntamiento de Los Realejos.

Objetivos: desarrollo de un refugio climático verde, en el término municipal Los Realejos.

Objetivo presupuestario: apoyo a otras administraciones públicas canarias, en actuaciones públicas en materia de desarrollo sostenible.

Efecto previsto: la construcción de un refugio climático verde en el barrio del Toscal-La Longuera permitirá combatir de manera eficaz las cada vez más frecuentes olas de calor.

Procedimiento de concesión: Subvención Directa Nominada.

Unidad responsable: Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía.

Plazo de concesión: 2024.
Plazo de vigencia: 2024-2027.

Plazo de consecución de objetivos: 15 de diciembre de 2027.

Coste estimado: 1.225.718,21 euros.

Fuentes de financiación: 100 % Comunidad Autónoma de Canarias.

Aplicación Presupuestaria: 1204 456D 7500400 247G0347 "Subv. Ayto. Los Realejos refugio climático".

Régimen de seguimiento y evaluación: la Memoria detallada con la justificación de las actuaciones realizadas. La verificación in situ será realizada al final de la actividad.

Indicadores: número de actuaciones ejecutadas con cargo a la Subvención.

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