Director General de Costas y Gestión del espacio marítimo canario.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 13 de diciembre de 2024, que somete al trámite de información pública la solicitud de autorización en zona de dominio público marítimo-terrestre sobre servicios de temporada en la Playa de Los Cristianos, Playa de Las Vistas, Playa Honda y Charco del Marqués, en el término municipal de Arona, para un periodo de cuatro años, promovida por el Ayuntamiento de Arona.

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Visto el procedimiento administrativo n.º (8061) 534/2023-1220075709, relativo a la solicitud ut supra, tengo a bien resolver en base a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

ANTECEDENTE DE HECHO

Único.- El 19 de diciembre de 2023, con NRGE 2362848/2023, OPVM/1192, el Ayuntamiento de Arona, (en adelante interesado), solicitó autorización en zona de dominio público marítimo-terrestre sobre servicios de temporada en Playa de Los Cristianos, Playa de Las Vistas, Playa Honda y Charco del Marqués, en el término municipal de Arona, para un periodo de cuatro años.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Competencia.

La Comunicad Autónoma de Canarias tiene competencia para "la atribución de los servicios que se presten en playas y demás lugares del litoral, en coordinación con las entidades locales", conforme a lo establecido en la letra e) del artículo 157 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias.

Desde el punto de vista orgánico, el apartado 7 de la disposición adicional segunda del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica de las Consejerías del Gobierno de Canarias, atribuye a esta Dirección General de Costas y Gestión del espacio marítimo canario "la gestión de las competencias en materia de ordenación y gestión del litoral y las demás que se le atribuyan en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad", siendo, en consecuencia, el Director General de Costas y Gestión del espacio marítimo canario competente para dictar la presente Resolución.

Segundo.- Trámite de información pública.

Dispone el artículo 152.8 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, en relación con el artículo 52.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, que "el trámite de información pública, durante el plazo de veinte días, será obligatorio:

a) En los procedimientos de concesiones.

b) En los procedimientos de autorizaciones que se refieran a vertidos industriales y contaminantes desde tierra al mar y a las extracciones de áridos y dragados, así como en las autorizaciones con plazo superior a un año y en los demás supuestos en los que se estime conveniente".

En el presente caso, concurre el supuesto de hecho previsto en la norma jurídica para que el trámite de información pública tenga carácter obligatorio, esto es, el plazo de la autorización es superior a un año.

A tal efecto, con carácter subsidiario, dispone el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC), que se publicará un anuncio en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente. El anuncio señalará el lugar de exhibición, debiendo estar en todo caso a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica correspondiente, y determinará el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso podrá ser inferior a veinte días. La incomparecencia en este trámite no impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento. La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado. No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales.

En su virtud,
RESUELVO:

Iniciar el trámite de información pública, por un plazo de veinte días, y a tal efecto dispongo la publicación del anuncio adjunto en el Boletín Oficial de Canarias y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular alegaciones.

Notifíquese esta Resolución al interesado, indicando que contra la misma no cabe recurso alguno por ser un acto de trámite no cualificado, sin perjuicio de la posibilidad de realizar alegaciones de oposición a la misma para su consideración en aquella que ponga fin al procedimiento, conforme a los artículos 40 y 112 LPAC.

ANUNCIO

Inicio de trámite de información pública relativa a solicitud de autorización en zona de dominio público marítimo-terrestre sobre Servicios de Temporada en Playa de Los Cristianos, Playa de Las Vistas, Playa Honda y Charco del Marqués, término municipal de Arona, para un periodo de cuatro años, instada por el Ayuntamiento de Arona, en cumplimiento del artículo 152.8 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, en relación con el artículo 52.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y subsidiariamente, del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El expediente estará disponible para su examen, por plazo de veinte días a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, en la página web de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad https://www.gobiernodecanarias.org/costas/informacion_publica/index.html y, previa cita, en las Oficinas de dicha Consejería en la Avenida Francisco La Roche 35, Edificio de Usos Múltiples I, planta 6.ª, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, durante el cual cualquier persona física o jurídica podrá formular alegaciones.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de diciembre de 2024.- El Director General de Costas y Gestión del espacio marítimo canario, Antonio Manuel Acosta Felipe.

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