ANUNCIO de 13 de diciembre de 2024, relativo al proceso selectivo de personal técnico experto en audiovisuales para la configuración de una lista de reserva con el objeto de sustituir a trabajadores con reserva de puestos de trabajo.

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I.- CONDICIONES GENERALES.

Primera.- Objeto de la convocatoria.

De acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, es objeto de la presente convocatoria la configuración de lista de reserva para la selección de personal técnico especializado en el sector audiovisual para su sede en Santa Cruz de Tenerife o Las Palmas de Gran Canaria con contrato laboral de sustitución de persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo.

Se constituirá lista de reserva con las personas candidatas para futuras contrataciones con arreglo a las modalidades previstas por el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; según la redacción dada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, dicha lista tendrá validez hasta la realización de una nueva convocatoria, y como máximo un año a partir de la fecha de publicación de la última acta.

Segunda.- Requisitos y valoraciones.

1.- Para tomar parte en el concurso se requiere:

a) Ser de nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En caso de no ostentar la nacionalidad española se deberá acreditar un dominio suficiente del idioma castellano, tanto hablado como escrito.

b) Tener cumplidos los dieciocho (18) años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a, ni incompatibilizado/a, para desarrollar el puesto de trabajo.

d) Estar en posesión en el momento de la convocatoria de licenciatura, grado, o diplomatura universitaria. En su defecto, estar en posesión en el momento de la convocatoria de titulación no universitaria, relacionada con la industria audiovisual con una duración mínima de tres años.

e) Tener como mínimo tres años de experiencia laboral acreditada en el sector audiovisual en instituciones públicas y/o privadas.

2.- Se valorará:

f) Máster Universitario relacionado con el sector audiovisual, y/o en gestión cultural.

g) Otra formación específica en producción y gestión audiovisual y/o la gestión en la industria cinematográfica y/o la gestión cultural. Se debe aportar certificado o diploma del curso expedido por entidades de formación con reconocimiento oficial. Formación mínima de 20 horas, no se valorarán cursos o fracciones inferiores a 20 horas.

h) Experiencia acreditada como mínimo un año como técnico/a de Film Commission, Film Office u otras instituciones que implementen políticas públicas de fomento de la industria audiovisual. No se valorarán los periodos inferiores a un año.

i) Experiencia acreditada, en producción ejecutiva, coordinación de producción y/o contabilidad de producción (para la acreditación de este mérito solo se aceptará la experiencia en largometrajes con certificado de nacionalidad española por el ICAA o coproducciones internacionales).

j) Experiencia acreditada de como mínimo un año en la gestión cultural. No se valorarán los periodos inferiores a un año.

k) Experiencia acreditada, como mínimo de seis meses, en gestión de subvenciones o labores de apoyo a la gestión de subvenciones. No se valorarán los periodos inferiores a tres meses.

l) Inglés hablado y escrito nivel experto o bilingüe.

Tercera.- Funciones.

• Funciones de apoyo a la gestión y tramitación de subvenciones y justificaciones en el desarrollo y producción de proyectos audiovisuales.

• Funciones de apoyo a la coordinación del procedimiento de convocatoria de ayudas a la producción audiovisual.

• Funciones relacionadas con la recepción, valoración y justificación de ayudas al desarrollo y a la producción audiovisual, así como otras subvenciones que se tramiten en el marco del departamento audiovisual.

• Apoyo transversal a todas las líneas de acción del Programa de Desarrollo del Sector audiovisual, así como de la Estrategia de las Industrias audiovisuales, encomendadas al Departamento Audiovisual a través de Aportación Dineraria.

Cuarta.- Presentación de instancias.

El plazo de presentación de instancias será de 7 días hábiles, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Canarias y los periódicos con mayor tirada de las provincias de Las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife, así como en la página web de la empresa.

Las solicitudes para presentarse a esta convocatoria, tendrán que incluir los siguientes documentos debidamente firmados por el solicitante:

1. Instancia firmada según Anexo I, cuya firma puede ser digital: firma electrónica oficial.

2. Fotocopia del DNI de ambas caras.

3. Curriculum vitae de la persona candidata. La experiencia profesional presentada en el CV deberá estar cuantificada en tiempo dentro del CV y acreditada mediante certificado de vida laboral y certificación de la empresa, entidad o institución, pública o privada acreditando la naturaleza jurídica de la relación, el tiempo exacto de la duración, tipo de funciones y tareas desempeñadas.

4. Fotocopia de ambas caras de los títulos requeridos y de las certificaciones académicas personales oficiales, así como de aquellos otros títulos/cursos que se estimen en referencia a la temática de la convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero, para ser puntuables deben de estar homologados por el ministerio de educación español.

Toda la documentación enviada o remitida debe estar escrita en español, o acompañada de su correspondiente traducción (oficial) al español.

Sólo se tendrán en cuenta los méritos registrados en el CV cuantificados en tiempo y acreditados por las empresas y vida laboral durante el plazo de presentación habilitado para ello.

Las solicitudes se presentarán en:

De forma telemática al Instituto Canario de Desarrollo Cultural a través de su página web http://www.icdcultural.org, apartado Nuestras convocatorias y ofertas de empleo; empleo: "plaza de personal técnico experto en audiovisual". Los ficheros indicados tienen que estar necesariamente en formato PDF y el tamaño máximo permitido de cada archivo será de 5 megas, y, entre todos no deberán sobrepasar los 25 Mb. En todo caso, se deberá incluir la siguiente documentación:

• Instancia firmada según Anexo I, cuya firma puede ser digital: firma electrónica oficial. Este fichero deberá llevar la siguiente denominación: INST: Apellidos y Nombre; Técnico/a Audiovisuales.

• DNI una copia escaneada de ambas caras. Este fichero deberá llevar la siguiente denominación: DNI: Apellidos y Nombre; Técnico/a Audiovisuales.

• Currículum vitae del/la candidato/a. Este fichero deberá llevar la siguiente denominación: CV: Apellidos y Nombre; Técnico/a Audiovisuales.

• Copias escaneadas de ambas caras de los títulos requeridos y de las certificaciones académicas personales oficiales, así como de aquellos otros títulos/cursos que las personas candidatas estimen para acreditar los méritos de acuerdo con la base segunda. Este fichero deberá llevar la siguiente denominación: TITU: Apellidos y Nombre; Técnico/a Audiovisuales.

• Acreditación de la experiencia profesional: vida laboral y certificación de la empresa, entidad o institución, pública o privada acreditando la naturaleza jurídica de la relación, el tiempo exacto de la duración, tipo de funciones y tareas desempeñadas. Este fichero deberá llevar la siguiente denominación: EXP.PROF: Apellidos y Nombre; Técnico/a Audiovisuales.

Para el caso que sea de aplicación lo establecido en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, los aspirantes deberán presentar además la certificación del grado de minusvalía conforme a lo preceptuado en dicho Decreto.

Las reclamaciones que se puedan producir, una vez se hagan públicas las listas de admitidos o excluidos, se deben de comunicar dentro de los días habilitados para ello en el correo rrhh@icdcultural.org

Quinta.- Proceso de selección.

La selección de las personas candidatas se hará primero, confirmando que los aspirantes cumplen con los requisitos exigidos para poder acceder a la valoración siguiendo los criterios y puntuaciones siguientes:

Historial profesional (curriculum vitae): hasta 15 puntos.

• Máster Universitario relacionado con el sector audiovisual: 2 puntos.

Máster Universitario en Gestión Cultural: 1 punto.

• Otra formación específica con la producción y gestión audiovisual y/o con la gestión en la industria cinematográfica y/o con la gestión cultural.: 0,2 puntos por cada 20 horas de formación, hasta un máximo de 1 punto. Se debe aportar certificado, diploma del curso expedido por entidades de formación con reconocimiento oficial.

• Experiencia acreditada de, al menos, un año como técnico de Film Commission, Film Office u otras: 1 punto por cada año completo hasta un máximo de 2 puntos.

• Experiencia acreditada, en producción ejecutiva, coordinación de producción y/o contabilidad de producción: 2 puntos.

• Experiencia acreditada de, al menos, un año en la gestión cultural: 1 punto por cada año completo hasta un máximo de 3 puntos.

• La experiencia acreditada en gestión de subvenciones o labores de apoyo a la gestión de subvenciones se valorará de la siguiente forma: 1 punto por seis meses acreditados y se sumará 0,5 puntos por cada seis meses hasta llegar a 3 puntos. No se valorarán periodos inferiores a seis meses.

• Con el fin de cumplir con la responsabilidad social corporativa del ICDC e incentivar las contrataciones de personas pertenecientes a colectivos menos favorecidos, se valorará tener una discapacidad reconocida (a partir de un 33% de discapacidad) compatible con el desempeño del núcleo funcional del puesto de trabajo con el fin de cumplir con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad e inclusión social: 1 punto.

Se llamarán a la fase de la entrevista a los diez primeros candidatos o candidatas que hayan tenido mayor puntuación. Así mismo, una vez superadas las dos fases, no se tendrán en cuenta para la lista de reservas aquellos/as candidatos/as que obtengan una puntuación total inferior a 9 puntos.

- Entrevista personal: hasta 5 puntos, en la que se valorará lo siguiente:

• Integración en equipo de trabajo.

• Valoración de la capacidad de comunicación.

• Capacidad organizativa.
• Adaptabilidad al puesto.
• Conocimientos específicos.

• En la entrevista se realizarán preguntas en ingles nivel experto o bilingüe.

Sexta.- Órgano de selección y nombramiento.

El personal Técnico será designado por el Consejero Delegado de la Empresa Pública Instituto Canario de Desarrollo Cultural, S.A.

El órgano de selección estará constituido por el Consejero Delegado con funciones ejecutivas, que será el presidente, la directora de Recursos Humanos o persona que delegue, que además realizará las funciones de secretaria, un/a técnico/a especializado/a y la representación de los trabajadores y trabajadoras o persona que delegue. El órgano de selección podrá contar con personal experto en determinadas materias relacionadas con el puesto a cubrir.

Séptima.- Publicidad de la convocatoria.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el principio de publicidad se garantizará mediante la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, en la página web del Instituto Canario de Desarrollo Cultural, S.A., y en plataformas digitales.

Octava.- Naturaleza del contrato y legislación aplicable.

El contrato será de sustitución de persona trabajadora con derecho de reserva de puesto de trabajo, de naturaleza laboral común, y se celebra al amparo de lo dispuesto en la normativa actual en materia de contratación laboral, sometido al II Convenio Colectivo del Instituto Canario de Desarrollo Cultural en vigor en el momento de la firma, y subsidiariamente a lo establecido en el Real Decreto Ley 32/2021, de 30 de diciembre, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como al artículo 59 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma. El salario será el estipulado en convenio colectivo del Instituto Canario de Desarrollo Cultural para personal técnico por importe de 30.473,00 euros brutos anuales.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de diciembre de 2024.- El Consejero Delegado, Guillermo Martínez Sáenz.

ANEXO I

PERSONAL TÉCNICO ESPECIALISTA EN AUDIOVISUALES

Ver anexo en la página 46386 del documento Descargar

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