Servicio Canario de Empleo.- Extracto de la Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar la creación y el empleo en entidades de economía social de Canarias y el desarrollo de actividades de formación y fomento.
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BDNS (Identif.): 798794.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/798794).
Primero.- Beneficiarios
a) Las sociedades laborales y las cooperativas con personas socias trabajadoras o de trabajo, para la actuación incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo. No podrán resultar beneficiarias las entidades que ejerzan actividades excluidas por los artículos 1 de los Reglamentos (UE) de la Comisión n.º 2023/2831, n.º 717/2014 y n.º 1408/2013, y, en general, las que no cumplan lo establecido en los citados Reglamentos.
b) Las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción, para la realización de las actividades de formación y fomento de la economía social.
Segundo.- Objeto.
Fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras con contrato de trabajo de carácter temporal o indefinido que no tengan todavía la condición de persona socia trabajadora. Así como apoyar el desarrollo de actividades de formación y fomento de la economía social.
Tercero.- Regulación.
Orden n.º 675/2024, de 7 de noviembre de 2024, de la Consejera de Turismo y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar la creación y el empleo en entidades de economía social de Canarias y el desarrollo de actividades de formación y fomento (BOC n.º 233, de 21.11.2024).
Además, será de aplicación la normativa recogida en la base segunda del anexo de la citada Orden.
Cuarto.- Asignación presupuestaria.
Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo y Economía Social, consignados en las siguientes aplicaciones presupuestarias del estado de gastos del Presupuesto del SCE para el año 2024:
• Aplicación 2024.50.01.241K.470.02 L.A. 50400040 "Autoempleo y creación de empresas", por un importe de cien mil (100.000,00) euros, para las subvenciones por la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.
• Aplicación 2024.50.01.241K.480.02 Elemento PEP 50400040 "Autoempleo y creación de empresas", doscientos mil (200.000,00) euros, para las subvenciones destinadas a financiar la realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.
Quinto.- Presentación de solicitudes y plazo.
Las entidades interesadas han de presentar la solicitud ajustada al modelo que estará disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7776
La documentación que deberá acompañar a la solicitud será la establecida en la base séptima del anexo de la indicada Orden de la Consejera de Turismo y Empleo.
El plazo de presentación de solicitudes de estas subvenciones será de siete (7) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Sexto.- Otros datos.
No se admitirán a trámite, y por consiguiente no existirá la posibilidad de subsanación, las solicitudes presentadas fuera de plazo así como las no presentadas a través del procedimiento electrónico establecido al efecto.
La notificación de la resolución de concesión se realizará mediante publicación en el tablón de anuncios electrónico del Servicio Canario de Empleo: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/sce/menu_lateral/tablon_anuncios
Las subvenciones concedidas se harán efectivas de una sola vez previa justificación o, en su caso, mediante el anticipo del importe de la subvención, y una vez notificada la resolución de concesión definitiva, de acuerdo con lo estipulado en las bases reguladoras. No podrá realizarse el pago en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de noviembre de 2024.- La Presidenta, Jéssica del Carmen de León Verdugo.