ANUNCIO de 25 de octubre de 2024, por el que se somete a información pública la aprobación inicial del Plan Especial de Ordenación del Área del "Recinto Ferial de Canarias" (SG-11).
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La Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de octubre de 2024, ha procedido a adoptar acuerdo, cuya parte dispositiva recoge:
«Primero.- Aprobar con carácter inicial el Plan Especial de Ordenación del Área del "Recinto Ferial de Canarias" (SG-11), formulado y promovido por la Institución Ferial de Canarias (INFECAR).
Segundo.- La aprobación inicial conlleva la suspensión automática del otorgamiento de licencias urbanísticas en el ámbito territorial del Plan Especial de Ordenación, de conformidad con lo previsto en el artículo 99.1 del Reglamento de Planeamiento de Canarias, haciendo saber que los efectos de esta suspensión se extinguirán con la aprobación definitiva y, en todo caso, por el transcurso del plazo de dos años desde la publicación del acuerdo de aprobación inicial.
El área de suspensión coincide con la delimitación física del vigente ámbito territorial del Sistema General SG-11 "Recinto Ferial de Canarias" establecida en el PGO de 2012.
No obstante, se podrán tramitar y otorgar licencias a los proyectos adaptados al régimen vigente en el momento de la solicitud, siempre que dicho régimen no haya sido alterado por las determinaciones propuestas en el instrumento de ordenación en tramitación, o, que habiendo sido alterado, las determinaciones aprobadas inicialmente sean menos restrictivas o limitativas que las del planeamiento en vigor.
Tercero.- Someter el expediente al trámite de información pública, mediante anuncios a insertarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Boletín Oficial de Canarias, en un periódico de los de mayor circulación de la provincia, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, así como proceder a su publicación y exposición en la sede electrónica municipal, por plazo de un mes, a fin de que pueda ser examinado el mismo y formular las alegaciones que, en su caso, se consideren oportunas.
En el anuncio se referenciarán los datos relativos al lugar de exposición, días y horarios de consulta, así como el portal oficial donde se podrá consultar.
Cuarto.- Someter este Plan Especial de Ordenación, de conformidad con el citado artículo y por igual plazo, al trámite de consulta de las Administraciones Públicas que pudieran resultar afectadas territorialmente o por razón de sus competencias.
Quinto.- Dar trámite de audiencia a los propietarios incluidos en el sector y, asimismo, proceder a la notificación de este acuerdo a la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de la Administración General del Estado.
Sexto.- Notificar el presente acuerdo a la Institución Ferial de Canarias (INFECAR), como promotora de este Plan Especial de Ordenación.
Séptimo.- La aprobación inicial, por tratarse de un acto de trámite, no pone fin a la vía administrativa por lo que no cabe contra el mismo la interposición de recurso, salvo que se entendiese la concurrencia de alguno de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra el acuerdo de suspensión del otorgamiento de licencias urbanísticas se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o impugnarse directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir de la publicación del acuerdo, haciéndose constar que una vez interpuesto el recurso de reposición, no se podrá formular recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, en cuyo caso el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de seis meses contado a partir del día siguiente al que se produzca el acto presunto».
El expediente administrativo y el documento técnico se someten a información pública por el plazo de un mes, computado a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2.d) del Reglamento de Canarias, en relación con el artículo 147.3 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
Dicha documentación podrá ser examinada en horario laborable de 8:00 a 14:00 horas, previa solicitud de cita previa en los teléfonos 928446363 / 928446867, en el Servicio de Urbanismo (Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística), situado en Plaza de la Constitución, n.º 2, de esta ciudad (antiguo Edificio Emalsa), y formular, en su caso, las alegaciones que se consideren oportunas.
Asimismo, se podrá consultar en el Portal oficial de este Ayuntamiento en el Área Temática de Urbanismo e Infraesctructuras-Información Pública (apartado de Planeamiento), en la siguiente dirección electrónica: https://www.laspalmasgc.es/es/areas-tematicas/urbanismo-e-infraestructuras/informacion-publica/
Lo que se publica, para general conocimiento, en el Boletín Oficial de Canarias, Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, tablón de anuncios municipal, prensa local y página corporativa.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de octubre de 2024.- El Concejal del Área de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, Limpieza, Vías y Obras y Alumbrado (Decreto n.º 26777/2023, de 26 de junio), Mauricio Aurelio Roque González.