DECRETO 181/2024, de 21 de octubre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura.
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Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura para la modificación de su relación de puestos de trabajo.
La modificación de la relación de puestos de trabajo propuesta se considera justificada ante la necesidad de efectuar una reordenación profunda de la estructura de puestos del Departamento, como requisito indispensable para su buen funcionamiento y el adecuado ejercicio de las competencias atribuidas.
En su virtud, de conformidad con los artículos 5.2, apartado f), 6, 15, 16 y 16 bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y demás disposiciones vigentes de aplicación, a iniciativa de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, y a propuesta conjunta de las Consejeras de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea y de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 21 de octubre de 2024,
RESUELVO:
Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura en los siguientes términos:
Anexo I: puestos suprimidos.
Anexo II: puestos de nueva creación.
Anexo III: puestos modificados.
Anexo IV: puestos procedentes de otros departamentos u organismos autónomos.
Una vez introducidas las anteriores modificaciones, la relación de puestos de trabajo queda en los términos del Anexo V.
Segundo.- El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, significando que en el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Canarias, a 21 de octubre de 2024.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.
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ANEXO I
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ANEXO II
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ANEXO III
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ANEXO IV
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ANEXO V
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