DECRETO 179/2024, de 21 de octubre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo del Instituto Canario de Estadística (ISTAC).
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Examinado el expediente tramitado por el Instituto Canario de Estadística (ISTAC) para la modificación de su relación de puestos de trabajo.
Las modificaciones propuestas se consideran justificadas, están basadas en dar respuesta a las necesidades actuales del Organismo, mediante la ordenación eficiente de sus recursos humanos, orientados al logro eficiente de los objetivos fijados como organización, mediante la especialización de puestos, la mejora de la calidad de los datos, la mejora de la eficiencia y productividad de los recursos, la adaptación a las tecnologías emergentes, la alineación con las prioridades estratégicas y la adecuación al modelo de actividad genérica para organizaciones estadísticas.
En su virtud, de conformidad con los artículos 5.2, apartado f), 6, 15, 16 y 16 bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y demás disposiciones vigentes de aplicación, a iniciativa del Instituto Canario de Estadística (ISTAC), y a propuesta conjunta de las Consejeras de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea y de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 21 de octubre de 2024,
RESUELVO:
Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) en los siguientes términos:
Anexo I: puestos suprimidos.
Anexo II: puestos de nueva creación.
Anexo III: puestos modificados.
Anexo IV: puestos traspasados a otros departamentos u organismos autónomos.
Una vez introducidas las anteriores modificaciones, la relación de puestos de trabajo queda en los términos del Anexo V.
Segundo.- El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, significando que en el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Canarias, a 21 de octubre de 2024.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.
ANEXO I
Ver anexo en las páginas 35292-35297 del documento Descargar
ANEXO II
Ver anexo en las páginas 35298-35301 del documento Descargar
ANEXO III
Ver anexo en las páginas 35302-35307 del documento Descargar
ANEXO IV
Ver anexo en la página 35308 del documento Descargar
ANEXO V
Ver anexo en las páginas 35309-35312 del documento Descargar