Dirección General del Tesoro y Política Financiera.- Resolución de 21 de octubre de 2024, por la que se modifica la Resolución de 8 de octubre de 2024, que establece la relación de entidades colocadoras de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en valores denominada en euros.

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La Orden de 26 de noviembre de 2007, de la extinta Consejería de Economía y Hacienda, actual Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, por la que se regula la figura de entidad colocadora de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en valores denominada en euros y se definen otras actividades profesionales relacionadas con las emisiones de Deuda, dispuso que se entenderá por entidad colocadora "aquella entidad financiera, miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, cuya función es mediar por cuenta de la Dirección General competente en materia de endeudamiento en la distribución al público de los valores representativos de la Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias denominada en euros", siendo el requisito para el acceso a la condición de entidad colocadora, de acuerdo con el artículo 2, "ser titular de cuenta de valores a nombre propio en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal", y correspondiendo a la Dirección General competente en materia de endeudamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 de la citada Orden, otorgar o denegar la condición de entidad colocadora teniendo en cuenta el cumplimiento del citado requisito.

Al amparo de la citada Orden y mediante Resolución n.º 274/2024, de 8 de octubre, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, se estableció la relación de entidades colocadoras de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en valores denominada en euros.

Habiéndose recibido solicitud para ser entidad colocadora por parte de la entidad financiera CBNK Banco de Colectivos, S.A., acompañada de certificado acreditativo de ser titular de cuenta de valores a nombre propio en la "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal", emitido por dicha sociedad, y cumpliéndose con lo dispuesto en el artículo 3.1 de la citada Orden que establece que, para acceder a la condición de entidad colocadora, "las entidades interesadas que cumplan el requisito establecido en el artículo 2 deberán enviar una solicitud a la Dirección General competente en materia de endeudamiento en la que manifestarán su intención de ser entidad colocadora, así como el compromiso de la entidad con las obligaciones que se recogen en esta Orden".

Y, en virtud del citado artículo 3.2 que dispone que "La Dirección General competente en materia de endeudamiento, teniendo en cuenta el cumplimiento del requisito establecido en el artículo 2, otorgará, o denegará, la condición de entidad colocadora", y que, "la Dirección General competente en materia de endeudamiento deberá resolver la solicitud, y notificar su resolución, en el plazo de tres meses. Asimismo, anunciará mediante resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, la incorporación de nuevas entidades al grupo de entidades colocadoras, o la pérdida de esta condición", y en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Otorgar la condición de entidad colocadora de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en valores denominada en euros, en los términos de la Orden de 26 de noviembre de 2007, de la extinta Consejería de Economía y Hacienda, actual Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, por la que se regula la figura de entidad colocadora de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en valores denominada en euros y se definen otras actividades profesionales relacionadas con las emisiones de Deuda, a la siguiente entidad:

- CBNK Banco de Colectivos, S.A.

Segundo.- Incorporar a CBNK Banco de Colectivos, S.A. a la relación de entidades colocadoras de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en valores denominada en euros, que deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 6 de la Orden de 26 de noviembre de 2007, de la extinta Consejería de Economía y Hacienda, actual Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, por la que se regula la figura de entidad colocadora de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en valores denominada en euros y se definen otras actividades profesionales relacionadas con las emisiones de Deuda, y que queda establecida en los siguientes términos:

- Abanca Corporación Bancaria, S.A.

- Arquia Bank, S.A.
- Banca March, S.A.

- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

- Banco Cooperativo Español, S.A. (Cajasiete, S.C.C.)

- Banco Santander, S.A.
- Bankinter, S.A.

- Banco Inversis, S.A. (Cajamar, S.C.C.)

- Caixabank, S.A.

- CBNK Banco de Colectivos, S.A.

- Deustche Bank Aktiengesellschaft.

Tercero.- La presente Resolución producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de octubre de 2024.- La Directora General del Tesoro y Política Financiera, María Teresa Bosch Llinares.

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