Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.- Resolución de 12 de julio de 2024, por la que se concede de manera definitiva una de las dos becas de formación en asuntos europeos, en la modalidad B, formación práctica, en el ejercicio 2024.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Visto el informe propuesta para la concesión definitiva de una de las becas de formación práctica en asuntos europeos objeto del presente expediente, y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1.º) Por Orden n.º 5, de 15 de enero de 2021, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos (BOC n.º 16, de 25.1.2021), se aprobaron, con vigencia indefinida, las bases reguladoras por las que se rigen las convocatorias de becas de formación en asuntos europeos.

2.º) Por Orden n.º 750, de 10 de octubre de 2023, de la Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial de Canarias n.º 208, de 23 de octubre de 2023, se convocan, en tramitación anticipada para el ejercicio 2024, cinco (5) becas para realizar estudios de posgrado en asuntos europeos, en los ámbitos jurídico, económico o institucional y para realizar prácticas en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, y se designa a las personas integrantes del Comité de Selección.

3.º) Por Orden n.º 22, de 7 de febrero de 2024, de la Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, se acepta la causa de abstención formulada por la Directora General de Asuntos Europeos, se modifica la composición del Comité de Selección, y se asigna a esta Viceconsejería la instrucción del procedimiento, en relación con la convocatoria de becas destinada a la formación en asuntos europeos para el ejercicio 2024.

4.º) Mediante Resolución de este centro directivo de 4 de junio de 2024, publicada al día siguiente en la web del procedimiento y en el Boletín Oficial de Canarias n.º 128, de 2 de julio, se conceden definitivamente dos (2) becas de formación en asuntos europeos, correspondientes a la modalidad B, formación práctica, a las siguientes personas candidatas:

MODALIDAD B: FORMACIÓN PRÁCTICA

Ver anexo en la página 24157 del documento Descargar

Asimismo, en dicha Resolución se acuerda determinar por orden de prelación para esta modalidad B, la lista de reserva de aspirantes que pueden optar a la beca, cuyo funcionamiento se regirá por lo dispuesto en la base decimoséptima.

5.º) Dña. Paula Mora Brito presenta el 5 de julio de 2024 su renuncia a la beca concedida, con anterioridad al abono del importe que lleva aparejada la misma.

6.º) Mediante Resolución de este centro directivo de 11 de julio de 2024, publicada ese mismo día en la web del procedimiento, se acepta de plano la renuncia de Dña. Paula Mora Brito y al mismo tiempo se concede provisionalmente la beca de formación práctica a la primera aspirante en la lista de reserva, Dña. Famara Alonso Pérez.

7.º) Consta en el expediente la aceptación expresa de la beca, presentada en fecha 11 de julio de 2024, por Dña. Famara Alonso Pérez, así como el resto de documentación requerida.

8.º) Con fecha 12 de julio de 2024, se emite Informe-Propuesta al objeto de proponer la concesión definitiva de una de las dos becas de formación en asuntos europeos, en la modalidad B, formación práctica, convocadas mediante Orden de la Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, de 10 de octubre de 2023, modificada por Orden de 7 de febrero de 2024.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De conformidad con lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, son órganos competentes para conceder subvenciones los titulares de los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Segunda.- En la presente convocatoria, de acuerdo con lo previsto en la Orden n.º 22, de 7 de febrero de 2024, de la Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial de Canarias n.º 35, de 16 de febrero de 2024, se asigna a esta Viceconsejería la instrucción del procedimiento de concesión de las becas de formación en asuntos europeos a conceder en el ejercicio 2024, correspondiéndole en consecuencia la resolución de este procedimiento de concesión de subvenciones a otorgar en régimen de concurrencia competitiva.

Tercera.- En cuanto al contenido de la resolución de concesión de la modalidad B, hay que estar a lo señalado en los párrafos segundo y tercero del apartado 2 y en el apartado 3 de la base decimotercera, así como a lo recogido en los apartados 2.2 y 2.3 de la base decimoquinta.

Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 de la base decimotercera, podrá constituirse una lista de reserva con el resto de las personas que pueden optar a las becas, respetando el orden establecido en la base undécima.

En lo que respecta a la notificación del acto de concesión, en virtud de lo señalado en la base decimotercera y en el dispongo octavo de la Orden de convocatoria, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, la notificación de la resolución del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del procedimiento.

Asimismo, de acuerdo con el dispongo séptimo de la Orden de convocatoria, la notificación de la resolución del procedimiento deberá realizarse en el plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la resolución de concesión.

Cuarta.- Conforme a la base decimoquinta, entre las obligaciones de las personas beneficiarias se encuentra la de aportar la documentación señalada en los apartados 2.2 y 2.3 de dicha base, dentro del plazo que se establezca en la presente resolución de concesión.

En virtud de lo anterior, a la vista del informe propuesta, y en uso de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Conceder definitivamente una (1) beca de formación en asuntos europeos, en la modalidad B, formación práctica, por importe de veintidós mil (22.000) euros, para realizar prácticas durante un año en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, a la siguiente persona candidata:

Ver anexo en la página 24159 del documento Descargar

Segundo.- Conceder un plazo de diez (10) días hábiles para que la beneficiaria identificada en el apartado anterior presente, a través de la sede electrónica, la documentación indicada en los apartados 2.2 y 2.3 de la base decimoquinta:

• Copia de su tarjeta sanitaria.

• Modelo 145 de la AEAT, debidamente cumplimentado, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador, al objeto de determinar el tipo de retención del IRPF.

• Alta a terceros, en el caso de que no estuviera dado de alta con anterioridad.

Tercero.- La persona beneficiaria se incorporará a la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas al objeto de desarrollar la actividad objeto de la beca durante la primera quincena del mes de septiembre de 2024.

El periodo de prácticas de un año comenzará a computarse desde la incorporación efectiva en destino.

A tenor de lo indicado en la base quinta, las prácticas se organizarán de tal modo que se ajusten a las competencias de las personas becadas y de su realización no se derivarán obligaciones propias de una relación laboral.

El tiempo de formación práctica en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a tenor de lo señalado en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Cuarto.- Proceder al abono de esta beca mediante transferencia bancaria en los siguientes términos:

Se abonará el 100% del importe total concedido, previa comprobación por parte del órgano instructor de la presentación de la documentación requerida en el apartado segundo anterior: copia de la tarjeta sanitaria, de la comunicación de su situación personal y familiar conforme a la normativa tributaria de aplicación, y de su Alta a Terceros, en el caso de que no estuviera dada de alta con anterioridad.

Asimismo, conforme a la normativa tributaria y de Seguridad Social aplicable, el abono estará sujeto a:

• Retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en función de la situación personal y familiar comunicada por cada una de las personas beneficiarias.

• Descuento en concepto de cotización a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y demás normativa que resulte de aplicación.

Quinto.- La beca será incompatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso y/o recursos recibidos para la misma finalidad, procedentes tanto de instituciones públicas como privadas.

Sexto.- La persona beneficiaria, tras haber aceptado formalmente la beca, está obligada a cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con las condiciones establecidas en las bases, en particular las establecidas en la base decimoquinta, en las resoluciones que se dicten en su aplicación y con las obligaciones generales derivadas de la normativa vigente sobre becas, ayudas y subvenciones.

Séptimo.- La persona beneficiaria deberá proceder a la justificación de la actividad subvencionada en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha en la que finalice el periodo de prácticas.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se procederá a la justificación mediante la presentación a través de sede electrónica de:

- Certificación de la realización de la formación práctica, emitida por quien ejerza la dirección de la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas, como responsable de la formación, y

- Memoria de actuación justificativa sobre las tareas realizadas durante el periodo de formación práctica, en la que se expliquen, con suficiente detalle, las actuaciones desempeñadas y la experiencia adquirida.

Octavo.- Mantener la lista de reserva de aspirantes que pueden optar a la beca en la modalidad B, formación práctica, cuyo funcionamiento se rige por lo dispuesto en la base decimoséptima:

MODALIDAD B: FORMACIÓN PRÁCTICA

Ver anexo en la página 24161 del documento Descargar

Noveno.- Publicar la presente Resolución en la página web del procedimiento, en virtud de lo señalado en la base decimotercera y en el dispongo séptimo de la Orden de convocatoria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo en Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación. En el caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o hasta tanto se produzca, en su caso, la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de julio de 2024.- El Viceconsejero de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea (p.d. Orden de 7.2.2024; BOC n.º 35, de 16.2.2024), Gabriel Andrés Megías Martínez.

360365 {"title":"Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.- Resolución de 12 de julio de 2024, por la que se concede de manera definitiva una de las dos becas de formación en asuntos europeos, en la modalidad B, formación práctica, en el ejercicio 2024.","published_date":"2024-07-30","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias.png","id":"360365"} canarias BOC;BOC nº 2024-148;Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea;Oposiciones y concursos;Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/canarias/boa/2024-07-30/360365-viceconsejeria-hacienda-relaciones-union-europea-resolucion-12-julio-2024-se-concede-manera-definitiva-dos-becas-formacion-asuntos-europeos-modalidad-b-formacion-practica-ejercicio-2024 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.