ORDEN de 27 de junio de 2024, por la que se autoriza como denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria "En Barranco del Ciervo", la de Colegio de Educación Infantil y Primaria "Morro Jable II".
Examinado el expediente instruido a instancia de la Directora del Colegio de Educación Infantil y Primaria "En Barranco del Ciervo", código 35015541, sito en calle Pío Baroja, s/n, Pájara, Fuerteventura, y de conformidad con la Memoria Propuesta de la Directora General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios de fecha 25 de junio de 2024, y de conformidad con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Decreto 64/2021, de 17 de junio, se crea un Colegio de Educación Infantil y Primaria "En Barranco del Ciervo".
Segundo.- Reunido el Consejo Escolar del centro el día 16 de octubre de 2023, se acuerda por sus miembros proponer como denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria "En Barranco del Ciervo" la de "Morro Jable II".
Tercero.- Con fecha 13 de junio de 2024, se remite informe del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pájara, manifestando que tras evaluar la documentación presentada y la solicitud realizada, considera que el cambio de denominación propuesto es adecuado y pertinente, no encontrándose objeciones o inconvenientes que impidan proceder a la modificación del nombre del centro educativo.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 5.1 del Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, que prevé: "Los centros docentes públicos dependientes de la Consejería competente en materia educativa tendrán la denominación específica que apruebe dicha Consejería, a propuesta formulada por el Consejo Escolar de los respectivos centros, oídos los Ayuntamientos de los municipios donde estén radicados".
En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el artículo 5.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por el Decreto 84/2024, de 10 de junio,
RESUELVO:
Primero.- Autorizar como denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria "En Barranco del Ciervo" la de Colegio de Educación Infantil y Primaria "Morro Jable II".
Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias en cumplimiento del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándose que en caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de junio de 2024.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN
PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES,
Hipólito Alejandro Suárez Nuez.