ANUNCIO de 2 de mayo de 2024, relativo al nombramiento de funcionarios/as en prácticas en el puesto de Policía Local del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento.

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Por medio de este anuncio, se hace público el Decreto de Alcaldía, n.º ALC/2024/392, de fecha 2 de mayo de 2024, de nombramiento de funcionarios/as en prácticas en el puesto de Policía Local del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, en el tenor literal siguiente:

"DECRETO

Dada cuenta del expediente tramitado de pruebas selectivas por la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias para cubrir las plazas ofertadas por los Ayuntamientos de Canarias que han delegado el ejercicio de su competencia para la selección de las plazas pertenecientes a la Escala Básica, Policía, Grupo C, Subgrupo C1, por el sistema general de acceso en turno libre, en el que se incluye al Ayuntamiento de Tías, convocadas las bases en convocatoria unificada para el año 2022, mediante Resolución de 11 de agosto de 2022, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias n.º 167, de fecha 24 de agosto de 2022, y un extracto de estas en el Boletín Oficial del Estado n.º 220, de fecha 13 de septiembre de 2022.

Vistas las resoluciones de la Dirección General de Estudios, Formación, e Investigación en Seguridad Pública del Gobierno de Canarias, por las que se resuelve proponer y adjudicar al Ayuntamiento de Tías para nombramientos como funcionario/as en prácticas en el puesto de Policía Local pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, clase Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1, a las personas aspirantes aprobadas que a continuación se relacionan:

Josué Rosales Brito.
Félix Daniel García Medina.

Orlando Manuel Del Rosario Falcón.

Lucía Franco Pascual.

Visto informe emitido por la Unidad de Recursos Humanos, de fecha 2 de mayo de 2024.

Considerando lo preceptuado en el artículo 22.4 de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias, sobre la necesidad de superación de un curso selectivo impartido por la Dirección General de Seguridad y Emergencias, en relación con el artículo 26 del citado texto legal que dispone que para asistir a los cursos de formación se requerirá el nombramiento como funcionarios/as en prácticas, tras la fase de oposición.

Considerando lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, Decreto 315/1964, de 7 de febrero, y el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como la base décima de la convocatoria en la que se establece que las personas aspirantes nombradas como funcionarios/as en prácticas habrán de superar un curso selectivo de formación, que imparte la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias. Una vez finalizado el referido curso selectivo, el órgano citado emitirá certificación acreditativa de haber superado el curso.

Quedarán exentos de realizar el curso selectivo aquellos/as aspirantes que presenten documento expedido por el Órgano citado, en el que se acredite que el/la aspirante ha superado con anterioridad un curso de contenido idéntico al que se vaya a realizar dentro del proceso selectivo, que en este supuesto los/as aspirantes quedarán a la espera de que el Tribunal de selección les convoque para la siguiente fase, de periodos de prácticas.

Considerando lo estipulado en la base undécima, que establece que realizarán un periodo de prácticas de 1.200 horas, de servicio efectivo prestado en este Ayuntamiento, del cual se descontarán los periodos de incapacidad transitoria, las horas del curso selectivo de formación y cualquier otra circunstancia que imposibilitara la prestación del servicio activo.

El cómputo de dichas horas comenzará a partir de la fecha de comienzo de las prácticas que será una vez superado el curso selectivo, o en su caso, que se haya declarado exento/a del mismo, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 23.3 del Decreto 75/2003, de 12 de mayo, por el que se establecen las normas marco y otras normas de Coordinación de Policías Locales de Canarias, y en relación con el artículo 32 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, y el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Considerando lo establecido en el artículo 1 del Decreto 130/1990, de 29 de junio, sobre retribuciones de los funcionarios en prácticas de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo regulado en el artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, y la base décima.9 de la convocatoria, que, durante el desarrollo del curso selectivo, los funcionarios/as en prácticas percibirán una retribución equivalente al sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1, en el que está clasificado el cuerpo o escala en el que aspiran ingresar.

En el periodo de prácticas, si estas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, el importe anterior se incrementará en las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto, y las retribuciones resultantes serán abonadas por este Ayuntamiento.

Visto informe emitido por la intervención de fondos municipal de fecha 2 de mayo de 2024.

Visto que los/as aspirantes propuestos/as por la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública del Gobierno de Canarias han presentado la documentación exigida en la base novena de la convocatoria, cumpliendo con los requisitos y dentro del plazo establecido.

Por cuanto antecede, y de conformidad con el artículo 21.1.h.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 7 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y el artículo 23 del Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, por el que se establecen las Condiciones Básicas de Acceso, Promoción y Movilidad de los Miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias,

RESUELVO:

Primero.- Realizar el nombramiento como funcionarios/as en prácticas como Policía Local de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1, a las cuatro personas aspirantes aprobadas y propuestas por resoluciones de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública del Gobierno de Canarias, que a continuación se relacionan:

Josué Rosales Brito.
Félix Daniel García Medina.

Orlando Manuel Del Rosario Falcón.

Lucía Franco Pascual.

Segundo.- Realizar el curso de formación básica en la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública del Gobierno de Canarias, cuando sean convocados por dicho organismo, formación que deberán superar conforme establece la base décima de la convocatoria de referencia en aplicación del artículo 23.2 de del Decreto 75/2003, de 12 de mayo, por el que se establecen las normas marco y otras normas de Coordinación de Policías Locales de Canarias, en relación con el artículo 32 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, y el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Tercero.- Designar a D. Antonio Jesús Rodríguez Hernández, Jefe del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Tías, como tutor y responsable del periodo de prácticas profesionales cuya duración será de 1.200 horas de servicio efectivo en el citado Cuerpo de la Policía Local de este Ayuntamiento, debiendo tener en cuenta que no están en un proceso ordinario sino en un proceso formativo, por lo que deberán ir en todo momento tutorizados por un Policía Local con experiencia, no pudiendo realizar las funciones policiales encomendadas hasta que no realicen el curso de formación básica.

El cómputo de dichas horas comenzará a partir de la fecha de comienzo de las prácticas que será una vez superado el curso selectivo, o en su caso, que se haya declarado exento/a del mismo, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 23.3 del Decreto 75/2003, de 12 de mayo, por el que se establecen las normas marco y otras normas de Coordinación de Policías Locales de Canarias, y en relación con el artículo 32 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, y el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Cuarto.- Establecer como retribuciones a percibir por los/as funcionarios/as en prácticas, lo establecido en el artículo 1 del Decreto 130/1990, de 29 de junio, sobre retribuciones de los/as funcionarios/as en prácticas de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo regulado en el artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios/as en prácticas y base décima.9, de la convocatoria citada.

En el periodo de prácticas, si estas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, el importe anterior se incrementará en las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto, y las retribuciones resultantes serán abonadas por este Ayuntamiento.

Quinto.- Notificar la presente Resolución a los/as interesados/as, comunicándoles que deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia, a contar desde el día siguiente a aquel en que se le notifique el nombramiento en prácticas.

Sexto.- Dar traslado de la presente Resolución a la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad-Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública del Gobierno de Canarias, a la Jefatura de Policía Local de este Ayuntamiento, a la Junta de Personal de este Ayuntamiento y a la Unidad de Recursos Humanos a los efectos oportunos.

Séptimo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, tablón de anuncios electrónico en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tías (https:/sede.ayuntamientodetias.es/sta), y portal de transparencia de este Ayuntamiento.

Octavo.- Inscribir los citados nombramientos en el Registro de Personal del Ayuntamiento.

Noveno.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Décimo.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se puede interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo Órgano que ha dictado la resolución, o en su caso, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se puede interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas, o en su caso, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Las Palmas), en el plazo de dos meses computados de fecha a fecha a partir del día de la notificación de la presente Resolución.

Si se optara por el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Tías, D. José Juan Cruz Saavedra, de lo que como Secretario doy fe."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Tías, a 2 de mayo de 2024.- El Alcalde, José Juan Cruz Saavedra.

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