Instituto Canario de Investigaciones Agrarias.- Resolución de 1 de abril de 2024, de la Presidenta, por la que se ordena la publicación del Convenio de Cooperación entre el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA) y Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN) para la realización del "Proyecto de inventario floral del Parque Nacional del Teide".

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos y organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órganos equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

A la vista de cuanto antecede y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación, en el Boletín Oficial de Canarias, del Convenio de Colaboración entre el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA) y Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN) para la realización del "Proyecto de inventario floral del Parque Nacional del Teide".

San Cristóbal de La Laguna, a 1 de abril de 2024.- La Presidenta, Janira Gutiérrez Peraza.

ANEXO

CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS (ICIA) Y GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. (GESPLAN) PARA LA REALIZACIÓN DEL "PROYECTO DE INVENTARIO FLORAL DEL PARQUE NACIONAL DEL TEIDE".

En Valle de Guerra, La Laguna, a 1 de abril de 2024.

REUNIDOS

De una parte, Dña. Janira Gutiérrez Peraza, en calidad de Presidenta del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, con CIF Q8850003H (en adelante ICIA), con domicilio en carretera del Boquerón, s/n, Valle de Guerra, 38270-La Laguna, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud del Decreto 324/2023, de 1 de agosto, por el que se dispone su nombramiento, y conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 7, letra c), de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, y los artículos 31 y 32 del Decreto 77/2002, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de dicho Instituto.

De otra parte, D. Miguel Ángel Pérez Hernández, Consejero Delegado de Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (en adelante Gesplan), con CIF A38279972, en virtud del nombramiento realizado en la sesión del Consejo de Administración, celebrado el 8 de noviembre de 2019 ante el notario D. Lesmes Gutiérrez Rodríguez-Moldes, con n.º 2158 de su protocolo, e inscrito en el Registro Mercantil de Las Palmas al Tomo 2217, Libro 0, Hoja: GC-13426, inscripción 100, con domicilio a efectos de este Convenio en la calle León y Castillo, n.º 54, en Las Palmas de Gran Canaria.

EXPONEN

Primero.- El ICIA es un Organismo Autónomo de carácter administrativo que ostenta personalidad jurídica y patrimonio propios y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consejería competente en materia de Agricultura.

De conformidad con el artículo 3 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de Creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, tiene entre sus fines los de programación, ejecución y seguimiento de las actividades de investigación y el desarrollo y transferencia de tecnologías agrarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como aquellos otros que en materia de investigación y desarrollo tecnológico agrarios le atribuyan los órganos competentes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En atención a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, aprobado por Decreto 77/2002, de 17 de junio, "El ICIA podrá establecer relaciones de colaboración con las universidades, organismos públicos de investigación, cabildos insulares y empresas públicas o privadas para el mejor desarrollo de sus funciones, sin detrimento de sus competencias, obligaciones y actuaciones en el marco del Plan Sectorial Agrario y Alimentario. Dichas relaciones se instrumentalizarán a través de los correspondientes contratos o convenios de colaboración y cooperación, que serán suscritos por la Presidenta del ICIA".

Segundo.- Gesplan es una sociedad mercantil pública con la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 188/2001, de 15 de octubre, y, en aplicación del artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se integra en el sector público institucional, dado que es una entidad de derecho privado vinculada y dependiente de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sujeta a lo dispuesto en dicha Ley en lo referido a dichas entidades, y en particular a los principios previstos en el artículo 3.

Que la Comunidad Autónoma Canaria, mediante el Decreto 271/1991, autorizó la constitución de una Sociedad Anónima, que fue adscrita a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, Gesplan, y aprobó el objeto social de esta entidad, que le permite la realización de:

- Estudios urbanísticos y de planeamiento, incluyendo en ellos la redacción, gestión de planes de ordenación, proyectos de urbanización, de instrumentos de gestión urbanística y de edificación y la iniciativa para su tramitación y aprobación.

- Actividad urbanizadora, que puede alcanzar tanto la promoción y preparación del suelo, la gestión de obras de urbanización, edificación, demolición, así como la iniciativa y actuaciones para su tramitación y aprobación, y la redacción de proyectos, direcciones de obra y la gestión y explotación de las obras resultantes.

- Valoraciones inmobiliarias.

- La constitución de inventarios de bienes a entidades públicas y privadas.

- La constitución de un banco de datos sobre planeamiento y gestión territorial, urbanística y medioambiental, así como de bienes inmuebles aptos para el planeamiento.

- Estudios medioambientales y de fomento de la defensa de la naturaleza, así como gestiones y actuaciones, inclusive de inversión en el área ecológica y medioambiental, dentro de las que cabe incluir a título meramente enunciativo las relacionadas con la flora, fauna, ecología, hábitats naturales, biodiversidad, ecosistemas, montes, protección del paisaje, espacios naturales protegidos, contaminación ambiental, impacto ambiental, divulgación y difusión de materias medioambientales, tratamiento de los residuos, protección civil, tareas complementarias de salvamento y rescate terrestre o marítimo y actuaciones de carácter forestal, así como la gestión y/o ejecución de obras medioambientales, redacción de proyectos y direcciones de estas obras.

- Realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, de desarrollo rural, de acuicultura y pesca, así como los necesarios para el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

- La elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica y formativa, en materia agraria, forestal, de desarrollo rural, de acuicultura y pesca, así como por el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

- La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios, elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica en materia de patrimonio histórico.

- La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios, elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica en material de nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, en su relación con la ordenación del territorio, el urbanismo y el medio ambiente.

- Realización de cursos, seminarios, jornadas formativas y cualquier actividad de difusión.

Tercero.- En base a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su artículo 34.1 establece "Los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios sujetos al derecho administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades:

a) Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.

b) Creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación, e infraestructuras científicas.

c) Financiación de proyectos científico-técnicos singulares.

d) Formación de personal científico y técnico.

e) Divulgación científica y tecnológica.

f) Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación".

Asimismo, conforme al artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, los convenios que suscriban las Administraciones Públicas, los organismos públicos y las entidades de derecho público vinculados o dependientes y las Universidades públicas, podrán corresponder al tipo de convenios firmados entre una Administración Pública u organismo o entidad de derecho público y un sujeto de Derecho privado.

Cuarto.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Tenerife, de fecha 29 de noviembre de 2022, se encargó a la sociedad mercantil pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), la ejecución del servicio denominado "Elaboración del inventario de flora y fauna invertebrada del Parque Nacional del Teide".

Con el citado encargo se pretende actualizar el inventario de la flora vascular del Parque Nacional del Teide con una escala de trabajo adecuada y con un método sistematizado de prospección.

Para llevar a cabo esta labor de investigación científica resulta imprescindible contar con la participación de un equipo de investigación taxonómico que coordine y asesore en las diferentes etapas del proyecto.

Quinto.- El Instituto Canario de Investigaciones Agrarias cuenta con reconocidos investigadores especialistas en la caracterización y conservación de recursos fitogenéticos, en concreto el Dr. Jorge Alfredo Reyes Betancort, Director del Jardín de Aclimatación de La Orotava y especialista en la flora del archipiélago canario, que ha publicado en este campo más de un centenar de contribuciones en revistas nacionales e internacionales. Su reconocido conocimiento en el tema, le ha permitido participar en inventarios florísticos y estudios taxonómicos en los demás parques nacionales canarios.

Sexto.- La colaboración entre el ICIA y GESPLAN tiene interés para las partes, pues el ICIA gestiona el Jardín de Aclimatación de La Orotava, cuya línea de investigación en Flora Canaria cuenta con la colección de plantas secas referencia del Gobierno de Canarias, el herbario ORT con más de 47.300 muestras resulta imprescindible para cualquier estudio sobre la flora de nuestro archipiélago.

La mejora del conocimiento de la flora de Canarias es un objetivo primordial de las líneas de investigación del Jardín de Aclimatación de La Orotava (ICIA).

La Red de Parques Nacionales de Canarias albergan los ecosistemas más singulares de las Islas Canarias y son, por lo tanto, un importante reducto de la biodiversidad exclusiva del territorio canario, por lo que han sido objeto de máxima protección por parte del Gobierno de Canarias. Además de lugares de conservación, estos espacios son ideales para el seguimiento de los distintos procesos naturales que transcurren a lo largo del tiempo, por lo que estos inventariados de flora deben realizarse con cierta periodicidad.

Este proyecto de inventariado del Parque Nacional del Teide permitirá un mejor conocimiento de las especies que conforman el ecosistema del pinar y de la alta montaña canaria, siendo uno de los territorios de mayor endemicidad del Archipiélago Canario.

Séptimo.- Por parte de la Comisión Científica se ha informado con fecha 7 de noviembre de 2023 de forma favorable la tramitación del Convenio de Cooperación entre el ICIA y Gesplan, a la vista del interés científico valorado.

Por todo ello, las partes firmantes manifiestan su voluntad de formalizar el presente Convenio de Cooperación con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto y objetivos del Convenio.

En general, es objeto del presente Convenio regular la cooperación y colaboración entre el ICIA y Gesplan para la realización del proyecto de Investigación, Desarrollo y/o Innovación "Proyecto de inventario floral del Parque Nacional del Teide".

El acuerdo de cooperación tendría por objeto la colaboración, el asesoramiento científico y la evaluación de la eficiencia y validez de los diferentes procesos de actuación desarrollados a lo largo del proyecto, en el marco de los siguientes objetivos:

1. Supervisión científica y coordinación de los trabajos de colecta de información preexistente y definición de la metodología de trabajo por parte de los trabajadores de Gesplan. La propuesta contempla la confección de una guía metodológica para la realización del inventario florístico, donde se detalle el plan de visitas, el método de muestreo, variables de control, material necesario, colecta de pliegos, etc.

2. En el transcurso del trabajo de campo, realizado por los trabajadores de Gesplan, las dudas taxonómicas se dirigirán al Dr. Reyes Betancort en calidad de asesor y, en aquellos casos de muestras de especies de dudosa identificación, se colectarán pliegos de herbario que se depositarán en el Jardín de Aclimatación de La Orotava y se le realizará un estudio detallado.

3. La recolección de material ahondará en la ampliación de las colecciones de flora de la isla de Tenerife, en este caso, del Parque Nacional del Teide conservadas en el Jardín de Aclimatación de La Orotava (ICIA).

Segunda.- Actuaciones necesarias.

El efectivo cumplimiento del Convenio queda reflejado en los siguientes documentos anexos al mismo:

- Memoria inicial para la preparación del proyecto de I+D+i.

- Protocolo del primer año-Anexo I.

• Justificación y objetivos.

• Material y métodos, incluyendo un cronograma.

Para los sucesivos ejercicios se desarrollarán protocolos específicos en función de los resultados del primer año y así sucesivamente para los siguientes.

El cronograma de las actuaciones a realizar podrá ser ajustado, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento, en función de los avances conseguidos.

Tercera.- Obligaciones de las partes.

a) Por el ICIA.

1.- El ICIA se compromete a diseñar y ejecutar, en colaboración con Gesplan, el proyecto de I+D+i propuesto, analizar los resultados obtenidos de acuerdo al mismo y a su cronograma recogidos en el Anexo I de este Convenio.

2.- Aportar, en la medida de sus posibilidades y de las necesidades del proyecto, sus instalaciones (laboratorios, equipos de análisis, etc.), así como personal, tanto investigador como técnico y asumir cualquier otro gasto económico que resulte necesario para el buen desarrollo del proyecto. El detalle del personal investigador, equipamiento científico, infraestructuras y lugar donde se realizará la investigación figuran en el Anexo I.

3.- Autorizar de forma ocasional la presencia de personal de la entidad o persona en sus instalaciones para el seguimiento del Convenio.

4.- El ICIA con la colaboración de Gesplan redactarán anualmente el protocolo científico técnico correspondiente al proyecto de investigación, desarrollo y/o innovación y determinarán el presupuesto anual a asignar al mismo, si procediera.

5.- Nombrar como responsable científico al Dr. Jorge Alfredo Reyes Betancor, a efectos de seguimiento del proyecto deI+D+i recogido en este Convenio.

b) Por la entidad Gesplan.

1.- Se compromete a entregar al ICIA la información necesaria para llevar a buen término el proyecto de I+D+i y colaborar con el mismo en su redacción, bajo el acuerdo de confidencialidad indicado en la cláusula cuarta.

2.- Asumir los gastos económicos que sean necesarios según el protocolo anexo.

3.- Disponer de seguro de responsabilidad civil y de accidentes para hacer frente a las responsabilidades que de la actividad desarrollada por su personal en las instalaciones del ICIA acaezcan, para todo el tiempo de duración del Convenio y por un importe igual o superior al gasto previsto para la ejecución del mismo. Se deberá aportar en el momento de la firma del Convenio.

4.- Cumplir con la normativa laboral vigente con respecto al personal a su cargo. Las personas autorizadas a hacer uso de las instalaciones, dependencias, equipamiento o material del ICIA, lo será exclusivamente para las tareas ocasionalmente previstas. No tendrá ningún vínculo laboral con el ICIA y, a la finalización del Convenio, no se generará derecho alguno a reclamar en este sentido.

5- Nombrar un responsable técnico del proyecto de la propia entidad, que facilite el trabajo en equipo entre el personal de dicha entidad y el equipo de trabajo del ICIA.

Cuarta.- Confidencialidad de la información.

A los efectos del presente Convenio, se entenderá por información confidencial toda aquella información y toda aquella documentación de naturaleza técnica o de cualquier otra naturaleza que a continuación se relaciona, y que incluye -sin que esta lista signifique limitación alguna- la siguiente: "know how", patentes, marcas, diseños, fórmulas, procesos, resultados de investigaciones, planos, fotografías, informes, listados de clientes, de proveedores, de fabricantes, datos sobre precios, ideas, invenciones o estudios, hardware, componentes, aplicaciones informáticas, que se encuentre claramente clasificada como confidencial y que sea transmitida por cualquier soporte tanto escrito, informático o electrónico como oral.

Con la finalidad de identificar la información como confidencial, las partes acuerdan marcar el conocimiento secreto con la palabra "confidencial".

En los supuestos en los que la información haya sido divulgada de forma oral o visual, será considerada confidencial siempre que sea identificada como tal por el propietario cuando se revela y posteriormente se proceda a su transcripción en soporte legible siendo marcada con el sello de "confidencial" en el plazo de treinta (30) días de su transmisión oral o visual.

A efectos de este Convenio, no se considerará información confidencial aquella que:

a) Sea o se convierta en dominio público por alguna causa que no sea producida por vulneración de las estipulaciones contenidas en el presente Convenio.

b) Sea conocida por la contraparte como consecuencia de la transmisión de esa información por un tercero ajeno al presente Convenio, con legitimación suficiente para su transmisión libre y sin estar sujeto a limitaciones derivadas de previos acuerdos de confidencialidad.

c) La receptora poseyera o conociera antes de recibirla de la parte transmisora sin obligación alguna de mantener su confidencialidad, siempre que notifique este hecho a la otra parte con carácter previo.

Las partes garantizan ser titulares de la información confidencial a intercambiar ostentando la plena disposición sobre la misma.

Respecto aquella información confidencial a la que tengan acceso, las partes se obligan mutuamente a:

a) No utilizar la información confidencial para otro propósito distinto que el establecido en este Convenio, no pudiendo ser utilizada, directa o indirectamente, para beneficio propio ni de terceros.

b) No revelar la información confidencial a terceros o a sus empleados, colaboradores o subcontratistas, con excepción de aquellos empleados o colaboradores que necesiten conocer la información para desarrollar el objeto de este Convenio.

c) Garantizar y responder en todo caso del cumplimiento efectivo por parte del personal y colaboradores de la receptora de las obligaciones que se derivan del presente Convenio y de los daños causados de forma directa o indirecta por la vulneración del secreto por parte de aquel a quien la receptora o las personas por las que este responde hayan revelado la información en contra de lo previsto en este Convenio.

d) Adoptar las medidas de seguridad de tipo organizativo, personal o técnico necesarias para salvaguardar la integridad y confidencialidad de la información facilitada por la transmisora, así como para evitar accesos no autorizados a la misma, garantizando el mismo grado de diligencia que utilizan en el manejo de su propia documentación confidencial.

e) Cualquier uso de la información diferente de las expresamente fijadas en las estipulaciones contenidas en el presente Convenio, deberá previamente notificarse expresamente y por escrito a la parte transmisora para su aceptación, sin que en ningún caso la falta de comunicación pueda ser considerada como aceptación.

f) No disponer ni hacer uso de la información confidencial después de la extinción o resolución anticipada de este Convenio, procediendo a su devolución inmediata ante el requerimiento de la parte transmisora y en su caso a la destrucción de todo aquello que no pueda ser devuelto, sin dejar ningún soporte sea cual sea el mismo con toda o parte de la citada información confidencial.

Quinta.- Derechos de los resultados, propiedad intelectual e industrial.

Los derechos de propiedad intelectual o industrial (DPI) preexistentes a la firma del Convenio pertenecerán a la parte que los aporte para la realización de actividades conjuntas.

Se considerará resultado del proyecto de I+D+i aquella información que haya sido identificada como resultado de la actividad objeto de este acuerdo. Cada parte seguirá siendo propietaria de los conocimientos previos aportados al ensayo. No se entienden cedidos a la otra parte, en virtud del presente acuerdo, ninguno de los conocimientos previos.

La información generada a lo largo de este Convenio es propiedad de Gesplan, del ICIA y del Parque Nacional del Teide (Cabildo de Tenerife) que es quien efectúa el encargo y será de plena disponibilidad de todas las organizaciones. Su utilización por las partes precisará de comunicación previa al Parque Nacional del Teide (Cabildo de Tenerife), comprometiéndose a solicitar por escrito cualquier uso que se vaya a hacer de la misma ante la Comisión de Seguimiento, que deberá obtener respuesta en el plazo máximo de treinta días. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.

Cuando las partes deseen utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, deberán reconocer y hacer constar la participación del personal que ha intervenido en este Convenio, así como entidad u Organismo de pertenencia. Se deberá informar del resultado de esta divulgación.

En caso de que alguna de las partes modifique los resultados, finales o parciales, o pretenda utilizarlos para un fin diferente al previsto, se comunicará a la otra parte interviniente, quien se guarda la potestad de solicitar que se excluya su nombre de esa publicación, registro, etc.

En el supuesto de resultados susceptibles de protección por alguno de los títulos que el Derecho reconoce, así como de explotación o difusión de dichos resultados, estos corresponderán a Gesplan, al Parque Nacional del Teide (Cabildo de Tenerife) y al ICIA, sin perjuicio de que se respete el derecho a la autoría o a ser considerados inventores/as al personal del ICIA y de Gesplan, en su caso, que los hayan desarrollado. El porcentaje de participación en los resultados se establece en función de la aportación de cada una de las partes, tal y como refleja el Anexo I. En tal caso, las partes se comprometen a suscribir en un plazo máximo de tres meses a partir de la obtención, un acuerdo de cotitularidad al efecto en el que se determinarán las condiciones de su explotación, de acuerdo con la normativa aplicable.

Dado el carácter de entidad pública del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA) y de acuerdo al artículo 37 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, al menos una parte general de los ensayos ha de divulgarse, procurando que estas publicaciones científicas o técnicas resultantes de los trabajos, total o parcialmente, estén disponible en acceso abierto. Siempre se mencionará el nombre de el/la o los investigadores o técnicos participantes y las entidades a las que pertenecen. El contenido de estas será aprobado por la Comisión de Seguimiento.

Sexta.- Aspectos económicos.

No existen gastos ni aportaciones económicas de las partes para la ejecución del contenido del presente Convenio. En este caso, las tareas de coordinación, la gestión y el desarrollo del proyecto se llevará a cabo con los fondos propios de cada una de las partes.

Séptima.- Incumplimientos: consecuencias y criterios para determinar indemnización.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos establecidos en el presente Convenio podrá dar lugar a la resolución del mismo, quedando automáticamente anulados todos los derechos derivados del mismo. Además, se podrá determinar por cualquiera de las partes firmantes la prohibición de suscribir nuevos convenios entre las mismas durante el tiempo que establezcan.

Las causas de fuerza mayor no se considerarán como incumplimiento del Convenio. Se entiende como causa de fuerza mayor incendios, robos o destrozo del ensayo, situaciones fitosanitarias ajenas a los participantes, causas físicas y meteorológicas adversas o situaciones de epidemiológicas declaradas por la Administración según sus competencias, así como otros de similar gravedad. En este caso se comunicará a la otra parte interesada a la mayor brevedad posible.

Octava.- Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio. La Comisión de Seguimiento: composición.

Para el seguimiento, planificación y control de las acciones derivadas del presente Convenio, así como para resolver las dudas que puedan plantearse en la interpretación del mismo, se crea una Comisión de Seguimiento paritaria compuesta por:

• Por parte del ICIA:

D. Jorge Alfredo Reyes Betancort, Coordinador de Programas del ICIA.

• Por parte de la entidad Gesplan:

El Responsable designado por Gesplan.

A dicha Comisión podrán incorporarse otros miembros que sean designados por acuerdo de las partes, así como otras personas con funciones de carácter consultivo, estas últimas con voz, pero sin voto.

El nombramiento de esa Comisión se realizará en el mes siguiente a la firma del Convenio y se reunirá al menos dos veces al año y cuantas veces sea necesario en función del buen desarrollo de este Convenio. Deberá quedar constancia escrita y firmada por todas las partes de los acuerdos alcanzados. Las reuniones se convocarán con una antelación mínima de una semana, por escrito, por cualquiera de las partes

Esta Comisión estará encargada de resolver por consenso las incidencias de interpretación y ejecución que pudieran plantearse con ocasión del cumplimiento del Convenio y desarrollará las actuaciones que se contienen en el mismo. En concreto, serán funciones de la Comisión de Seguimiento las siguientes:

- Vigilancia y control del cumplimiento de las actuaciones previstas.

- Dictar las instrucciones que sean precisas para asegurar su realización.

- Informar a las partes de las incidencias acaecidas durante la ejecución del Convenio.

- Emitir propuesta razonada para la modificación del Convenio.

- Emisión de informe anual para evaluar la conveniencia de continuar con la relación pactada, en atención a los siguientes aspectos:

• Valoración de resultados obtenidos de acuerdo con el cronograma de trabajo establecido y documentación aportada por los participantes. Será preciso haber alcanzado, al menos, un 80% de los resultados previstos, salvo que se establezca otro porcentaje por las partes firmantes al comienzo de la vigencia del Convenio o se den causas de fuerza mayor aceptadas por la propia Comisión.

Para la emisión del informe anual y el informe final, la Comisión de Seguimiento se apoyará en los documentos presentados por las entidades y el personal investigador directamente adscrito al proyecto, que consistirán básicamente en:

• Planificación del trabajo inicial.

• Informes de seguimiento con periodicidad semestral.

• Informe final, con el resultado y conclusiones definitivas del proyecto de investigación, desarrollo y/o innovación.

Con el objetivo de que la Comisión pueda ejercer sus labores de seguimiento, deberá facilitarse a la misma por las partes, cuando así lo requiera, la documentación necesaria para tal fin.

Novena.- Modificación del Convenio.

Para la modificación del Convenio en cualquiera de sus condiciones, se requerirá propuesta razonada de la Comisión de Seguimiento, de oficio o bien a petición de cualquiera de las partes firmantes, siendo necesario el acuerdo unánime de ambas. Las modificaciones particulares al presente Convenio se reflejarán en la correspondiente adenda al mismo.

Décima.- Plazo de vigencia.

El Convenio surtirá efectos desde la fecha de la firma y tendrá una duración inicial hasta el 30 de noviembre de 2025, lo que se reflejará en la correspondiente adenda, que se incorporará al mismo, si se dieran las condiciones y autorizaciones para ello, todo ello de acuerdo a los límites establecidos en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

En cualquiera de los casos, para la prórroga se requerirá previa propuesta de la Comisión de Seguimiento, con anterioridad a la fecha de finalización prevista.

Décima primera.- Causas de extinción.

El Convenio se extinguirá por el cumplimiento del plazo de vigencia y sus eventuales prórrogas. Igualmente podrá resolverse por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa en el seno de la Comisión de Seguimiento cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo del presente Convenio, bien entendiendo que con anterioridad se aplicarán los criterios de buena fe y voluntad de llegar a acuerdos.

Los efectos de la extinción serán los previstos en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima segunda.- Protección de datos de carácter personal.

Será de aplicación lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a tratar de manera confidencial los datos personales de los participantes que les sean facilitados en el marco de la relación mantenida, a tratarlos de acuerdo con la normativa de protección de datos personales y a utilizarlos, exclusivamente, con las anteriores finalidades.

Asimismo, el deber de secreto y las limitaciones en su uso marcadas por la normativa de aplicación serán aplicables a cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En el caso de cesión de datos personales, deberá firmarse un contrato entre el responsable y el encargado del tratamiento.

Décima tercera.- Publicación e inscripción registral del Convenio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20 del Decreto 11/2019, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma. Asimismo, se deberá proceder a su inscripción registral en los términos establecidos en el apartado 2 del citado artículo 20.

Décima cuarta.- Cláusula de exclusividad.

La firma del presente Convenio con Gesplan no implicará relación de exclusividad con la misma, ya que queda abierta la posibilidad de firma con otras entidades o sujetos que trabajen sobre la misma materia y muestren su interés en establecer convenios con el ICIA en este mismo sentido.

Décima quinta.- Régimen jurídico y Jurisdicción competente.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose en su desarrollo, efectos y para su interpretación por el ordenamiento jurídico administrativo, en concreto por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Además, se estará a lo dispuesto en el Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y, en general, a lo dispuesto en las normas administrativas vigentes de desarrollo.

Por la especialidad de la materia, será de aplicación igualmente la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, si bien se aplicarán los principios de esta ley para resolver dudas y lagunas que pudieran plantearse.

Las cuestiones litigiosas que se pudieran suscitar durante la vigencia del mismo y que no pudieran ser resueltas por la Comisión de Vigilancia y Control, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-administrativa, siendo el órgano competente la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con su Ley reguladora 29/1998, de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad y aceptación, firman el presente Convenio de forma digital en el lugar al comienzo indicado.- Por el ICIA, Janira Gutiérrez Peraza.- Por GESPLAN, S.A., Miguel Ángel Pérez Hernández.

ANEXO

ELABORADO POR GESPLAN Y REVISADO POR EL ICIA-JAO

INTRODUCCIÓN

1.1. Antecedentes.

La gestión ordinaria del Parque Nacional del Teide requiere de un exhaustivo conocimiento tanto de cómo evolucionan sus recursos, como de la cuantificación y distribución de los mismos, especialmente en el caso de los recursos biológicos y la biodiversidad. La importancia de la componente biológica de este espacio natural es indudable. Así, si atendemos a las fuentes documentales más recientes, hasta el momento la flora vascular del Parque Nacional del Teide se compone de 195 taxones (considerando solo el nivel específico y subespecífico), aunque esta cifra podría elevarse en un par de decenas en caso de considerar las citas esporádicas de especies de carácter arvense que ocasionalmente se observan en torno a los lugares más antropizados. Del conjunto de taxones identificados en el Parque Nacional, 31 son endemismos del Archipiélago Canario y 33 son endemismos tinerfeños, lo cual significa casi el 32% de endemicidad. Además, conviene añadir que varios taxones como Viola guaxarensis, Helianthemum juliae, Rhaponticum canariense, Silene nocteolens, Laphangium teydeum, Rosa dumalis spp. teydensis o Viola cheiranthifolia son enteramente exclusivos del Parque Nacional, a los que podrían unirse otros tantos para los que casi el 90% de sus efectivos se encuentra dentro de este espacio natural.

En la actualidad estos recursos cuentan ya con un grado de conocimiento importante. A principios de siglo (2000-2003) se ejecutó primer inventario de la flora vascular, desarrollado por la Universidad de La Laguna. Transcurridos más de 20 años de aquellos primeros inventarios, a nivel bibliográfico la composición de la flora del Parque Nacional no ha sufrido grandes cambios más allá de la esporádica descripción de nuevos taxones como Viola guaxarensis, Rosa dumalis ssp. teydensis, etc. No obstante, la realidad es diferente ya que durante estas dos décadas se han observado importantes cambios en los patrones de distribución de la biodiversidad. De esta forma, aunque los datos de ese primer inventario siguen manteniendo parte de su validez inicial, ya no concuerda con la realidad del territorio. Sirva de ejemplo que un censo específico para Viola cheiranthifolia (violeta del Teide) realizado en 2019 reveló importantes cambios en cuanto al número de efectivos y distribución de los mismos respecto a la situación reflejada en el inventario inicial de 2000-2003: el número de ejemplares prácticamente se duplica (pasa de unos 10.000 a más de 20.000) el área de ocupación se incrementa en un 10%. Similares situaciones parecen observarse con otros taxones de la flora, como es el caso de Spartocytisus supranubius (retama del Teide) que aparenta haber sufrido una merma de sus efectivos próxima al 20% en las dos últimas décadas o la pajonera del pinar (Descuarinia gonzalezii) cuya distribución parece estar en aumento.

Varias son las causas de estas fluctuaciones. Por un lado, el proceso de cambio climático que se está convirtiendo en un serio problema para la conservación de muchas especies de la alta montaña e incluso para la estructuración de la comunidad vegetal en su generalidad, ya que ante el incremento de temperaturas muchas especies vegetales (y por extensión la fauna invertebrada asociada a las mismas) se expanden mientras que otras sufren importantes retrocesos. De hecho, precisamente estos movimientos de expansión o regresión constituyen uno de indicadores más habituales del propio proceso de cambio climático. Por otro lado, los herbívoros introducidos (conejos y muflones en el caso del Parque Nacional del Teide) quienes suelen cebarse sobre los taxones más palatables propiciando importantes alteraciones en la dinámica de sus poblaciones. En tercer lugar, la llegada de especies potencialmente invasoras, como es el caso de Bromus tectorum y Lactuca serriola posiblemente como consecuencia del importante trasiego de visitantes que sufre el Parque Nacional. Finalmente, también debe tenerse en cuenta la evolución de la tecnología experimentada en estos 20 años y que permite obtener en la actualidad resultados de mucha mayor precisión, especialmente para zonas de orografía compleja donde el acceso puede ser limitado.

1.2. Justificación.

La mejora del conocimiento de la flora de Canarias es un objetivo primordial de las líneas de investigación del Jardín de Aclimatación de La Orotava (ICIA). Este proyecto de inventariado del Parque Nacional del Teide permitirá un mejor conocimiento de las especies que conforman los ecosistemas del pinar como de la alta montaña canaria, siendo uno de los territorios de mayor endemicidad del Archipiélago. Este gran patrimonio objeto de la más alta distinción en materia de conservación, es, sin embargo, uno de los territorios más seriamente amenazados por la fragilidad ante el cambio climático y por la elevada presión turística que sufre.

Este tipo de estudios periódicos a gran detalle nos permitirá ver la evolución del mismo, reconocer las amenazas más importantes, etc. con lo que implementar medidas oportunas en pro de la conservación de los recursos naturales.

Con este proyecto el Jardín de Aclimatación de La Orotava (ICIA) verá aumentada su colección de material deshidratado (Herbario ORT) permitiendo continuar así con su labor de investigación en pro de la caracterización y conservación de especies silvestres de Canarias.

Por todo ello se considera que la firma de este convenio contribuirá a la realización de una actividad de utilidad pública, como es la investigación, el desarrollo o la innovación en el sector primario de Canarias, en tanto y cuanto mejora el conocimiento de los recursos naturales presentes en un territorio de gran diversidad exclusiva.

OBJETIVOS

2. Objetivos del inventario florístico.

- Actualizar el inventario de la flora con una escala de trabajo adecuada y con un método sistematizado de prospección. Esta catalogación de los recursos naturales es de esencial importancia para la conservación y manejo el mismo pues se pretende comparar dicho inventario con el realizado hace 20 años. La supervisión científica del mismo permitirá consensuar los diferentes estudios que se realizan en el archipiélago de manera que se pueda contar con una base de datos rica y actualizada, y con un necesario rigor científico.

- Colecta de información preexistente y definición de la metodología de trabajo. Prospecciones de campo. Sistematización de los datos y presentación de informes.

- Aumentar las colecciones del herbario del ICIA con material procedente de la zona más alta de la isla de Tenerife imprescindible para un mejor conocimiento y caracterización de la flora canaria.

MATERIAL Y MÉTODOS

3. Diseño y estrategia de muestreo.

Toda el área del Parque Nacional del Teide está dividida en 861 cuadrículas de 500x500 que son el objeto de estudio. Cada una de ellas estará subdividida en 4 cuadrículas de 250x250, donde el listado de presencia de cada taxón será independiente para cada una de estas subcuadrículas.

A continuación, se detalla el método de muestreo para cada cuadrícula, atendiendo a la diversidad de terrenos que se puede encontrar en el Parque, al igual que el plan de visita anual para conseguir una mayor eficiencia en los resultados.

3.1. Método de muestreo.

Cada una de las cuadrículas se divide en subcuadrículas de 250x250, es indispensable que la prospección englobe a cada una de ellas, ya que una de las variables de control será medir la densidad o la abundancia de los taxones en cada subcuadrícula, además de poder obtener información más detallada.

La metodología de muestreo no será aleatoria, será sistemática dentro de cada cuadrícula de 500x500.

El muestreo será directo, consistiendo en la búsqueda directa, a vista, de los taxones vegetales vivos o muertos, así como sus restos (tocones etc.) que puedan ser identificables. Además, es posible hacer uso de prismáticos o telescopio para identificar los elementos más distanciados. En el caso de detectar con los binoculares algún individuo que presentase duda, se podrá salir del trazado, para poder acercarse a realizar una prospección más detallada, y posteriormente volver de nuevo al transecto.

TIPOS DE MUESTREO

- Transecto en Z diagonal.

Primará el muestreo por transecto lineal. En este tipo de muestreo, la observación se da a lo largo de una línea donde se podrá anotar e identificar todos los elementos visibles hacia ambos lados. Este transecto lineal será un "transecto en Z diagonal" (con una ligera inclinación), para así abordar la máxima superficie de cada cuadrícula, visitando las 4 subcuadrículas.

- Punto de observación.

En las partes de la cuadrícula o subcuadrícula donde el sustrato no permitiese hacer este tipo de transecto (como una gran colada de grandes bloques donde se dificulta seguir a pie un transecto lineal) se realizará un muestreo por punto de observación. Se establecerán en el mismo momento los puntos a lo largo del área de estudio (cuantas más réplicas posibles mejor, atendiendo a la dificultad de tránsito, pendiente y capacidad de visión que se dé en cada área), desde los cuales el observador tomará los datos de la muestra mirando a lo largo de los 360 grados y recopilará la información. Los puntos de observación podrán muestrearse con prismáticos o con telescopio, este último solamente en zonas cercanas a carreteras o pistas de acceso, donde se dispondrá del vehículo cerca.

Ver anexo en las páginas 11809-11809 del documento Descargar

- Muestreo mixto.

A la hora de muestrear nos encontraremos con una amplia diversidad de sustratos en cada cuadrícula, pudiendo coexistir varios dentro de una misma. En este tipo de casos se aplicará una metodología de muestreo mixta, combinando los transectos lineales con los puntos de observación para abarcar la máxima superficie a prospectar.

Ver anexo en las páginas 11809-11810 del documento Descargar

- Duplicado del transecto.

Si la persona encargada de cada equipo (biólogo/a) ve aptitudes en el/la operario/a para poder trabajar e identificar taxones de manera más autónoma, se podrá proceder a realizar las prospecciones en Z diagonal en cada banda de subcuadrícula. Es importante trabajar simultáneamente y que exista una clara separación de bandas de prospección para que cada persona anote el listado de taxones correspondiente a su subcuadrícula sin solapamientos.

Ver anexo en la página 11810 del documento Descargar

- Transecto lineal:

Solo para aquellas cuadrículas de difícil tránsito y/o con acusada pendiente, este tipo de prospección siempre estará sometida a la valoración de la persona responsable del equipo. El recorrido debería ser simultáneo, con dos personas dentro de la misma subcuadrícula para mayor eficiencia. Este tipo de transectos se prevé para algunas de las cuadrículas de la cara norte del Teide, o en las paredes del Edificio Cañadas. Además, se harán en un solo sentido, desde la parte alta hacia la zona de la base, la manera más eficiente en estos casos sería realizar un transecto lineal doble, pudiendo prospectar varias cuadrículas (500x500) consecutivas.

Ver anexo en la página 11811 del documento Descargar

3.2. Previsión del plan de visitas.

El muestreo total comprende 861 cuadrículas de 500x500, que deberán ser visitadas y prospectadas en 3 anualidades. Para que se pueda prospectar la totalidad del Parque Nacional se prevé necesario que se visiten una media de 2,4 cuadrículas al día, entre los dos equipos, o una media de 12 cuadrículas de lunes a viernes (cada semana).

Las prospecciones de campo se realizarán coincidiendo con los tiempos fenológicos de la flora, entre los meses de abril a septiembre (inclusive), aunque si las condiciones meteorológicas lo permitiesen la temporada de muestreo podría iniciarse en marzo.

Es interesante tener en cuenta las zonas fenológicas en las que se puede dividir el Parque, iniciando la prospección anual por las zonas cálidas e intermedias, e ir distribuyendo en el año los muestreos hacia la zona más fría, favoreciendo de esta manera la identificación de la flora y permitiendo poder ver los taxones anuales con todas sus partes aéreas. El plan de visitas intentará seguir el orden según la siguiente zonificación:

Ver anexo en la página 11811 del documento Descargar

Atendiendo a la totalidad de cuadrículas de 500x500 de cada zona fenológica, se recomienda dedicar 2 meses de prospección anual para las zonas alfa y gamma y un mes para beta y épsilon respectivamente. El siguiente cronograma es orientativo:

Atendiendo a la accesibilidad, dificultad de tránsito, pendiente y tipo de sustrato se ha elaborado un mapa de zonificación para clasificar las áreas de estudio, dando como resultado una clasificación con 4 grados: áreas sencillas (color verde), áreas intermedias (sin coloración), áreas complejas (color rojo) y áreas críticas (color púrpura):

Ver anexo en la página 11812 del documento Descargar

Esta clasificación es una herramienta de apoyo en la previa organización del trabajo de campo, pudiendo elegir conscientemente, según los esfuerzos semanales las prospecciones diarias. Es recomendable prospectar zonas intermedias y complejas en la primera anualidad, con la finalidad de poner a prueba el equipo de trabajo y no condensar las cuadrículas de mayor dificultad al final del proyecto.

Las cuadrículas correspondientes a las áreas críticas no serán visitadas a priori por el equipo de trabajo, sino que, serán estudiadas con el apoyo de un sistema aéreo no tripulado (DRON), manejado por un piloto de drones acreditado, en presencia del biólogo botánico, para favorecer las indicaciones de prospección y vigilia de las especies. En caso que el dron detectase flora interesante que mereciera una prospección directa y exhaustiva se procederá al reconocimiento a pie en campo, tomando las medidas de precaución necesarias, pudiendo contar con el apoyo de un equipo externo de escaladores que faciliten el acceso con la instalación de líneas de vida o aquellas herramientas que dichos profesionales estimen necesarias.

Ver anexo en la página 11813 del documento Descargar

3.3. Variables de control.

Para cada especie detectada en cada subcuadrícula, se deberá recolectar diferentes datos agrupados por campos. A continuación, se presenta una relación de las variables control que tienen que considerarse para todos los taxones (genéricas), y otras expresamente para las especies de interés para el Parque (específicas).

Variables control genéricas:

- Hábitats. Se refiere al espacio físico dónde se encuentra la especie, es posible que para una misma especie se pueda seleccionar múltiples tipos de hábitats, ya que dentro de una misma subcuadrícula se puede encontrar un taxón creciendo en diversidad de sustratos y/o ambientes. Este es el listado de los hábitats con los que se trabajará en campo, han sido seleccionados tras estudiar y sintetizar el mapa geológico del Parque:

Ver anexo en la página 11813 del documento Descargar

- Abundancia. Se valorará la abundancia relativa de cada taxón dentro de cada subcuadrícula. Entendiendo la abundancia o cobertura como la proporción de la superficie muestreada recubierta por la proyección vertical de la vegetación. Es importante al inicio del periodo de trabajo de campo hacer varias salidas en conjunto (ambos equipos), para establecer un patrón de observación que permita en adelante trabajar por separado y poder evaluar esta variable control lo más equiparable posible. Se usará la misma escala de cobertura que en los trabajos de inventariado de 2000/2003 para poder realizar los análisis finales:

1 = 0-25%; 2 = 25-50%; 3 = 50-75%; 4 = 75-100%

- Pliegos recolectados. Cuando se deba recolectar un pliego de alguna especie (mirar en apartado 6 dichos casos y procedimiento) se deberá obtener un código inequívoco asociado a cada pliego recolectado, compuesto por el nombre de la subcuadrícula y el número de pliego según orden de obtención dentro de la misma. El sobre del pliego además comprenderá la fecha del día de la colecta, la persona que recolecta, la posición UTM del mismo, localidad y una fotografía de antes de su obtención. Esta información se debe plasmar tanto en el programa de recogida de datos como en la etiqueta que acompaña físicamente al pliego en su transporte.

- Observaciones. Con carácter opcional se podrá anotar cualquier otra información de interés que se considere, y que no quede comprendida dentro de los anteriores campos a rellenar.

Variables control específicas para especies de interés para el Parque:

- Número de ejemplares: se registrará un número aproximado del total de los ejemplares sin tener que hacer diferenciación de clases de edad. En el caso que el núcleo detectado sea pequeño y abordable se hará un recuento preciso.

- Daños o amenazas: las circunstancias que produzcan un efecto negativo en la dinámica de población o núcleo de población del taxón, tanto en los individuos como en el hábitat tendrán que ser registradas en cada subcuadrícula para su posible posterior estudio a nivel de población. El listado de daños o amenazas es el siguiente:

Aislamiento; Incendio/fuego; Desprendimientos; Invasoras vegetales; Enfermedad; Pisoteo; Herbivoría invertebrados; Sequía; Herbivoría conejo; Tránsito de personas/vehículos; Herbivoría muflón; Otras (donde se podrá especificar el tipo de daño o amenazas).

- Estado de conservación: se analizará dentro de cada subcuadrícula las amenazas detectadas y que grado de conservación presenta el núcleo poblacional, para posteriormente hacer una evaluación global. La escala utilizada será la siguiente:

Buen estado de conservación; Preocupante; Aceptable; Alarmante.

3.4. Organización y constitución de los equipos de prospección de campo.

Al objeto de desarrollar los métodos que se presentan en este documento y para optimizar el rendimiento de las jornadas y la seguridad de las personas trabajadoras, se recomienda que cada equipo de trabajo conste de un mínimo de 2 personas.

La brigada de prospección constará de 4 personas, repartidas en 2 grupos. Un/a biólogo/a especializado en botánica o con experiencia en flora canaria y un/a operario especializado por cada equipo.

En las labores de campo podrán ir ambos equipos a prospectar cuadrículas adyacentes, o prospectar simultáneamente, cuadrículas en lugares del Parque independientes, según la organización semanal.

Se podrá contar con un equipo externo de escaladores para acceder puntualmente a zonas difíciles, donde deberá poder acceder, al menos, uno de los técnicos superiores.

4. Sistematización de los datos.

Los datos y la información recolectada en campo se harán de forma digital, utilizando para ello una tablet con un programa previamente diseñado exclusivamente para dicho trabajo de inventariado.

4.1. Diseño del programa de recogida de datos.

ArcGIS Field Maps es una aplicación para la recolección de datos en campo sobre la que el equipo de GESPLAN ha diseñado un estadillo específico para el trabajo del inventariado de flora vascular del Parque Nacional. Se utiliza de manera simultánea con 2 usuarios diferentes para poder abarcar áreas de muestreo diversas.

4.2. Tabla recolección de datos.

El programa está diseñado para poder seleccionar cada subcuadrícula dentro del área de estudio y poder completar 2 bloques en cada unidad de trabajo: Metodología e Inventario.

- Metodología.

Se recomienda completarla al finalizar cada subcuadrícula para poder seleccionar/rellenar los diferentes campos:

Ver anexo en la página 11815 del documento Descargar

- Inventario.

Se podrá seleccionar cada una de las especies (previamente extraído dicho listado del Banco de Datos del Gobierno de Canarias, BIOTA), donde el grado de endemicidad de cada taxón está preparado para que se genere una relación automática (dicho registro no será visible en campo). Cada especie se debe completar con las diferentes variables genéricas o específicas. Existe la posibilidad de seleccionar la especie como "Especie sin identificar" a la cual se le recogerá un pliego, y una vez identificada se completará su grado de endemicidad, el resto de datos se podrán seguir obteniendo, aunque no se haya podido identificar en campo.

Ver anexo en la página 11816 del documento Descargar

5. Toma de fotografías.

Se debe tomar fotografías de todas las especies que se vayan inventariando, a final del proyecto se entregará un archivo fotográfico por especie, donde se recopilen varias imágenes en diferentes perspectivas, tanto al detalle de su flor, fruto, botón o yema floral, hojas, tamaño completo del ejemplar, grupo de ejemplares, posibles daños etc. Estas fotos servirán para la elaboración de las fichas descriptivas por especie que se deben entregar en los informes anuales y final.

Se debe tomar una fotografía representativa de cada subcuadrícula trabajada, añadiendo la orientación en la que está tomada, esta foto se realiza a través de la aplicación de FieldMaps y se queda registrada en su propia subcuadrícula.

Las especies de interés llevarán asociadas en cada subcuadrícula de presencia una fotografía, y se hará especial atención a las que se encuentren en nuevas poblaciones o núcleos.

6. Recolección de pliegos.

En determinados casos se procederá a la colecta de pliegos de herbario, a continuación, se establece el protocolo necesario para detectar dichos casos y cómo proceder a su recolección y elaboración.

6.1. Cuándo recolectar un pliego.

Solo se podrá recolectar un pliego en los siguientes casos:

1. Al encontrarse con una subpoblación nueva de especie considerada Protegida, Amenazada o de Interés Especial para el Parque (ver listado en el anexo).

2. Nueva cita para el Parque Nacional (ver listado de taxones presentes en el Parque en el anexo)

3. Especie de dudosa identificación, todo el material que no pueda ser identificado con claridad por el/la botánica responsable de los equipos, y que el/la asesor/a externo no pueda identificar con exactitud a través del envío de una fotografía en el mismo momento, deberá ser recolectado como pliego para su posterior identificación.

6.2. Recogida de ejemplares.

Las plantas tienen que ser recogidas tan completas como sea posible, aunque es preferible su corte en lugar del arrancado, para evitar que su pérdida sea irrecuperable. Por tanto, se deberá llevar al campo unas pequeñas tijeras de podar, navaja, etc. para facilitar la recolección, junto a una serie de bolsas de papel donde se guardan los ejemplares hasta llegar a la fase de secado. Esta fase no debe dilatarse nunca más del día siguiente a la recogida y mientras tanto deben estar conservados en un lugar fresco.

Importante: hay que causar el menor daño posible en este proceso. Evitar recoger más de una muestra de la misma especie, no recolectar ejemplares de las plantas amenazadas si solamente se encuentran pocos individuos en la nueva población, descartar los que tengan nidos de insectos.

Primará la recolección de ejemplares en buen estado, con flor o fruto visible.

6.3. Anotación de datos en campo.

Con una pegatina de papel anotaremos en la bolsa o periódico la localidad, altitud, hábitat, fecha, recolector y otros datos relativos a los especímenes que se recolectan. Posteriormente, se etiquetará cada una de las plantas para identificarlas, conocer su procedencia y qué época del año era cuando presentaba el aspecto que conservará en el herbario. Coordenadas UTM. En caso de tratarse de una especie de dudosa identificación se anotará el número de serie vinculado a dicha muestra que deberá conformarse con el código de la subcuadrícula y el número que corresponda al orden de recogida de dicho pliego en campo.

6.4. Secado de las plantas.

Para optimizar la muestra, se debe proceder a su secado el mismo día de su recolección, la persona encargada de cada equipo se llevará la muestra para secarla. Las plantas vasculares que se podrán recolectar en campo, se someterán a secado por simple presión. Cada ejemplar, con su correspondiente etiqueta identificativa, se coloca en un pliego de papel de filtro o de periódico. Cada uno de los diferentes pliegos se pone unos sobre otros de forma ordenada, colocando entre ellos almohadillas secantes o varios papeles de periódico que faciliten la extracción de la humedad.

Una vez que se forme esta pila (no más de medio metro de altura), está lista para ser prensada. Esta prensa puede realizarse con dos planchas fuertes de madera (una arriba y otra debajo de la pila de ejemplares) unidas con sargentos, que se cierran fuertemente. Como alternativa, también se pueden colocar encima objetos pesados de superficie plana, como libros. El objetivo es que se ejerza un peso sobre la pila de plantas.

El papel de los pliegos y las almohadillas o papeles absorbentes deben ser cambiados al día siguiente, e incluso en días sucesivos, hasta que las plantas estén bien secas teniendo en cuenta la morfología de la planta.

6.5. Montaje y conservación de las plantas.

Una vez secas, las plantas tienen que ser montadas sobre cartulinas u hojas de papel de buena calidad, a las que se fija con tira adhesiva (esparadrapo, o cinta de papel, por ejemplo, y no cinta plástica). Conviene pegar en cada cartulina un pequeño sobre en el que se puedan poner semillas, frutos o algún fragmento que pueda ir desprendiéndose.

6.6. Ficha identificativa.

Se añadirá en un lateral de la lámina con el pliego ya elaborado, la ficha con los datos correspondientes al ejemplar:

- Nombre científico de la especie (o en su defecto el código vinculado a especie de dudosa identificación).

- Lugar donde se ha recolectado, empezando por la comunidad autónoma y siguiendo por la provincia, municipio y lugar concreto. También se añadirán las coordenadas UTM.

- Hábitat. Añadiendo otras características del sustrato, como el tipo de suelo, orientación, altitud, comunidad vegetal que la acompaña, etc.

- Fecha de la recolección.

- Nombre de la persona que hizo la recolección.

7. Especies protegidas, amenazadas o de interés para el Parque Nacional, toma de datos.

Cuando en el muestreo de campo se registra la presencia de algún taxón definido como "especie de interés para el Parque" se deberá ampliar la toma de datos. La información adicional para estos casos será la de contabilizar el número de ejemplares aproximados, sin hacer diferenciación en las clases de edad, exceptuando cuando el núcleo sea reducido y se pueda enumerar la totalidad de individuos con precisión. Además, se recogerán datos relacionados con la presencia de daños o amenazas detectadas para el núcleo de población y su estado de conservación.

La escala de valoración sobre el estado de conservación:

- Buen estado de conservación: cuando no se ha detectado ninguna amenaza real o potencial.

- Aceptable: se han precisado riesgos reales sobre la población, pero existen también medidas de conservación constatadas (siempre que surtan efecto).

- Preocupante: existen amenazas reales y no hay medidas que las eviten.

- Alarmante: hay certeza de que las amenazas detectadas eliminarán la población.

8. Depositario de material botánico.

Los pliegos recogidos en campo se harán llegar al asesor botánico externo cada 15 días, dichos pliegos quedarán depositados en el herbario ORT del Jardín de Aclimatación de la Orotava (ICIA).

9. Equipamiento.

9.1. Material para ejecución de muestreo de campo.

Material: prismáticos, tablets con programa de recogida de datos (FielsMaps desarrollado por GESPLAN), telescopio compartido entre los dos equipos, cámara de fotos (o Smartphone con calidad de megapixels), carpeta de campo y periódicos (o bolsas de papel) para la recolecta de pliegos, etiquetas adhesivas para identificar los pliegos, GPS, navaja para recolección de pliegos.

9.2. Equipo de seguridad y transporte.

Emisora, botiquín para el vehículo, botiquín portable para el equipo y Terrestrial Trunked Radio (TETRA).

Al inicio de cada jornada de trabajo de campo, se comunicará al responsable de proyecto las zonas de estudio a inventariar, y se avisará a la finalización de la misma. El equipo de transporte serán dos vehículos 4x4.

9.3. Documentación.

Se solicitará al inicio del proyecto el permiso para la recolección de ejemplares o alguna de sus partes, de las diferentes especies protegidas que podamos encontrar en el Parque Nacional, a la correspondiente administración.

10. Informes anuales y memoria final.

Se procederá a la entrega de un informe de los resultados obtenidos para cada uno de los tipos de muestreo realizados en cada anualidad. Dicho informe plasmará una relación de cuadrículas con la metodología de muestreo realizada, además de un mapa con las zonas ya muestreadas.

Se presentará un listado de las especies detectadas en cada anualidad, cada subcuadrícula deberá quedar vinculada mediante el código adscrito a la misma a los distintos taxones observados en ella. En dicho informe quedará reflejado los distintos aspectos concernientes al esfuerzo de campo desarrollado por semana y mensualidad, además de especificar las dudas taxonómicas, citas nuevas, número de pliegos recolectados y lugar de depósito.

Los resultados se presentarán en plataforma SIG como en formato base de datos de Excel.

Para la memoria final se hará un compendio entre el contenido aportado en los dos informes anuales anteriores como el periodo de muestreo final.

Los datos aportados para este último informe completo serán:

- Delimitación cartográfica de zonas de especial riqueza florística, prestando especial atención a aquellas cuadrículas cuya riqueza florística sea superior a la media obtenida para todo el conjunto.

- Análisis de patrones de distribución de la diversidad.

- Análisis de singularidad de celdas (singletons, doubletons, etc.)

- Análisis de celdas de máxima riqueza complementaria.

- Comparativa para cada taxón con respecto a los datos reflejados en el inventario de 2003.

- Comparativa global entre los datos del inventario actualizado y el realizado en 2003.

- Comparativa entre los datos del inventario actualizado y el realizado en 2003 para distintos sectores biogeográficos.

- Análisis comparativos de expansión de flora exótica.

- Dossier fotográfico de imágenes para cada taxón incluido en el inventario.

- Se confeccionarán archivos csv, consistentes en unas tablas cruzadas (filas=subcuadrículas, columnas=especies) donde cada celda contendrá la información respecto a la estimación de cobertura y número de individuos.

- Ficha resumen para cada especie, donde se exponen entre otros aspectos los siguientes: datos taxonómicos, mapa de distribución actualizado, foto, breve descripción destacando los caracteres que diferencian al taxón de los más parecidos, hábitat preferente donde se desarrolla, categoría de amenaza, grado de endemicidad, escala de distribución fenológica, distribución mundial (para especies no endémicas), etc. Toda la información deberá estar contenida en una única página.

CRONOGRAMA

Atendiendo a la totalidad de cuadrículas de 500x500 de cada zona fenológica, se recomienda dedicar 2 meses de prospección anual para las zonas alfa y gamma y un mes para beta y épsilon respectivamente. El siguiente cronograma es orientativo:

Ver anexo en las páginas 11820-11821 del documento Descargar

Los meses de octubre a marzo se procede a trabajos de gabinete por estar la zona de actuación sometidas a mal tiempo y/o escaso desarrollo vegetativo/fenológico de las plantas, especialmente las anuales.

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5828 {"title":"Instituto Canario de Investigaciones Agrarias.- Resolución de 1 de abril de 2024, de la Presidenta, por la que se ordena la publicación del Convenio de Cooperación entre el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA) y Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN) para la realización del \"Proyecto de inventario floral del Parque Nacional del Teide\".","published_date":"2024-04-15","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias","id":"5828"} canarias BOC,BOC nº 2024-74,Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria,Oposiciones y concursos,Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/canarias/boa/2024-04-15/5828-instituto-canario-investigaciones-agrarias-resolucion-1-abril-2024-presidenta-se-ordena-publicacion-convenio-cooperacion-instituto-canario-investigaciones-agrarias-icia-gestion-planeamiento-territorial-medioambiental-s-a-gesplan-realizacion-proyecto-inventario-floral-parque-nacional-teide https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.