Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 8 de febrero de 2024, del Director, por la que se estima la procedencia de la instalación de un botiquín farmacéutico de urgencia en el núcleo de Tenteniguada, Valsequillo, zona farmacéutica GC-25, y se acuerda iniciar el procedimiento para la autorización de instalación del mismo.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de la Salud n.º 4453, de 21 de diciembre de 2023, se acordó el inicio del procedimiento sobre la procedencia de la instalación de un botiquín farmacéutico de urgencia en el núcleo de población de Tenteniguada, Valsequillo, zona farmacéutica GC-25.

Segundo.- Mediante escritos de fecha 22 de diciembre de 2023, se notificó la citada Resolución a los farmacéuticos que por su proximidad pudieran verse afectados por la instalación del botiquín, otorgándoles un plazo de diez días hábiles para que alegaran y presentaran los documentos que estimasen oportunos, así como al Ayuntamiento de Valsequillo y al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Las Palmas.

Transcurrido el citado plazo, no se presentaron alegaciones.

Tercero.- El 17 de enero de 2024 se remitió escrito al Ayuntamiento de Valsequillo con el objeto de que aportara la documentación relativa al local donde se instalaría el botiquín, contemplada en el artículo 6 del Decreto 109/2007, por el que se regulan los botiquines farmacéuticos de urgencia.

Cuarto.- El 6 de febrero de 2024 el citado Ayuntamiento presenta certificado emitido por el arquitecto, colegiado n.º 2865, en el que señala que el local que cuenta con aseo, área de atención al usuario y despacho está situado en la calle La Parada, 10, Tenteniguada, Valsequillo, tiene una superficie de 81,91 m², con acceso directo a la vía pública y cumple con el Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación en Canarias. Asimismo, se presenta plano del local y de situación del mismo.

Quinto.- Consta en el expediente propuesta del Jefe de Servicio de Ordenación Farmacéutica respecto a la presente Resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano responsable para tramitar y resolver el presente procedimiento es la Dirección del Servicio Canario de la Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final quinta del Decreto 2/2013, de 10 de enero, en concordancia con el artículo 14 bis del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, y el Decreto 109/2007, por el que se regulan los botiquines farmacéuticos de urgencia.

Segundo.- El artículo 15 del Decreto 109/2007 establece que:

"1. La resolución estimatoria sobre la procedencia de la instalación de un botiquín contendrá, asimismo, el acuerdo de iniciación del procedimiento para la autorización de instalación del mismo, con indicación de la localidad donde se pretende instalar el botiquín y la zona farmacéutica a la que pertenece, así como la situación exacta del local donde se pretende su instalación.

2. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, abriéndose un plazo de quince días para la presentación de solicitudes por los farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia interesados en la adscripción del botiquín. Asimismo se comunicará dicha resolución al Colegio Oficial de Farmacéuticos correspondiente para su difusión entre sus colegiados.

La instancia de participación vendrá acompañada de un plano o croquis con certificación por técnico competente, visado por el correspondiente Colegio Profesional, o por funcionario técnico competente de Administración Local, de las distancias existentes entre la situación del local donde se ubicará el botiquín respecto de la oficina de farmacia de la que es titular."

Tercero.- El artículo 6 del citado Decreto dispone que "El local tendrá una superficie de al menos 30 metros cuadrados. Contará con acceso libre, directo y permanente desde una vía o plaza pública a la zona de dispensación, debiendo cumplir la normativa vigente en materia de accesibilidad y supresión de barreras físicas, así como la de locales de uso público".

De acuerdo con la documentación aportada por el Ayuntamiento de Valsequillo, se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en el citado artículo 6, pues según el certificado emitido por técnico competente, el local cuenta con 81,91 m², con acceso directo desde la vía pública y sin barreras arquitectónicas.

Vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación, así como la propuesta del Jefe de Servicio de Ordenación Farmacéutica,

RESUELVO:

Primero.- Estimar la procedencia de la instalación de un botiquín farmacéutico de urgencia en el local situada en la calle La Parada, 10, Tenteniguada, Valsequillo, zona farmacéutica GC-25.

Segundo.- Acordar el inicio del procedimiento para la autorización de instalación del citado botiquín.

Tercero.- Conceder un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para la presentación de solicitudes por los farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia interesados en la adscripción del botiquín, debiendo presentar a tal efecto solicitud acompañada de un plano o croquis con certificación por técnico competente, visado por el correspondiente Colegio Profesional, o por funcionario técnico competente de Administración Local, de la distancia existente entre la situación del local donde se ubicará el botiquín respecto de la oficina de farmacia de la que es titular.

Cuarto.- Notificar la presente Resolución al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Las Palmas para su difusión entre sus colegiados así como al Ayuntamiento de Valsequillo.

Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2024.- El Director, Carlos Gustavo Díaz Perera.

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