EXTRACTO de la Orden de 7 de febrero de 2024, por la que se acepta la causa de abstención formulada por la Directora General de Asuntos Europeos, se modifica la composición del Comité de Selección y se asigna la instrucción del procedimiento, en relación con la convocatoria de becas destinadas a la formación en asuntos europeos para el ejercicio 2024.
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BDNS (Identif.): 721116.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/721116).
Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acordar la aceptación de la causa de abstención manifestada por la Directora General de Asuntos Europeos, conforme a los antecedentes de esta Orden, debiendo abstenerse de intervenir tanto en el Comité de Selección como en la instrucción del procedimiento.
Segundo.- Como consecuencia de lo dispuesto en el apartado anterior, se modifica el apartado décimo de la Orden de 10 de octubre de 2023, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) n.º 208, de 23 de octubre de 2023, en cuanto a la composición del Comité de Selección, quedando configurado el citado órgano colegiado de la siguiente forma:
• Presidencia: titular de la Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
• Presidencia suplente: D. Carlos Portugués Carrillo, Puesto Singularizado, en la Unidad de Apoyo de la Dirección General de Asuntos Europeos, Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
• Secretaría: D. Juan González Fontes, Puesto Singularizado, en la Unidad de Apoyo de la Dirección General de Asuntos Europeos, Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
• Secretaría suplente: D. Julián Zafra Díaz, Jefe del Servicio de Asuntos Europeos de la Dirección General de Asuntos Europeos, Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
• Vocalía: Dña. Beatriz Amigó Melchior, Titulada Superior en el Servicio de Asuntos Generales y Política Exterior de la Dirección General de Relaciones con África, Presidencia del Gobierno.
• Vocalía suplente: Dña. María Ángeles Martín Mesa, Titulada Superior en el Servicio de Asuntos Económicos con la UE de la Dirección General de Asuntos Europeos, Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
• Vocalía: D. José Marcelino Fernández-Solórzano González, Titulado Superior en la Administración de Tributos Interiores y Propios de Santa Cruz de Tenerife, Agencia Tributaria Canaria.
• Vocalía suplente: Dña. Victoria E. Nakoura González, Puesto Singularizado, en la Unidad de Apoyo de la Dirección General de Asuntos Europeos, Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
• Vocalía: Dña. María Teresa Dorta Paniagua, Titulada Superior en la Unidad de Apoyo de la Dirección General de Asuntos Europeos, Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
• Vocalía suplente: D. Jean Benoit Cruz Lecat, Titulado Superior en el Servicio de Asuntos Económicos con la UE de la Dirección General de Asuntos Europeos, Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
Tercero.- Asignar la instrucción del procedimiento relativo a las becas de formación en asuntos europeos convocadas mediante Orden de 10 de octubre de 2023, a la persona titular de la Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la UE. Dicha instrucción comprende la resolución del procedimiento de concesión de becas en régimen de concurrencia competitiva; la aceptación de las eventuales renuncias; la comprobación de la justificación de las becas concedidas; su posterior declaración de justificación, total o parcial, o no justificación; la modificación de la resolución de concesión y la ampliación de los plazos establecidos en la misma y en la convocatoria correspondiente y, en su caso, los plazos de justificación y realización de la actividad; así como la incoación, instrucción y resolución del procedimiento de reintegro o de declaración de no exigibilidad.
Cuarto.- La presente Orden producirá sus efectos a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como en la página web de la Dirección General competente en materia de asuntos europeos.
Canarias, a 7 de febrero de 2024.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.