ORDEN de 18 de diciembre de 2023, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el periodo 2023-2025.
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Examinado el expediente de modificación de la Orden n.º 45/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2023-2025, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.
Vistas las propuestas de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formuladas por la Dirección General de Industria, de fecha 16 de noviembre de 2023, y por la Dirección General de Comercio y Consumo, de fecha 27 de noviembre de 2023.
Vistos los informes de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fechas 24 de noviembre y 4 de diciembre de 2023.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
Primero.- Mediante Orden n.º 45/2023, de 25 de septiembre, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2023-2025 (BOC n.º 198, de 6.10.2023).
Segundo.- El Plan Estratégico aprobado mediante Orden n.º 45/2023 incluye las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los siguientes Centros Directivos que conforman la estructura actual del Departamento derivada del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias:
a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.
b) Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo.
c) Dirección General de Promoción y Diversificación Económica.
d) Dirección General de Autónomos.
e) Dirección General de Industria.
f) Dirección General de Comercio y Consumo.
Tercero.- El Plan Estratégico de Subvenciones prevé, de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, una vigencia de tres años y se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen en el ámbito departamental de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2023-2025, sin perjuicio de la continuidad que pueda tener en planes futuros.
Cuarto.- Con fecha 10 de noviembre de 2023, y previo informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 2 de noviembre de 2023, se dicta Orden n.º 77/2023, modificando el Plan Estratégico departamental al objeto de incluir la propuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo de fecha 18 de octubre de 2023.
Con fecha 24 de noviembre de 2023, y previo informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 22 de noviembre de 2023, se dicta Orden n.º 81/2023, modificando el Plan Estratégico departamental al objeto de incluir la propuesta de la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica de fecha 12 de noviembre de 2023.
Quinto.- La presente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento tiene como finalidad dar acogida a las propuestas de modificación instadas por la Dirección General de Industria, de fecha 16 de noviembre de 2023, y por la Dirección General de Comercio y Consumo, de fecha 27 de noviembre de 2023, en los términos del Anexo I de la presente Orden.
La Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, contempló dotación de crédito suficiente en el Capítulo VII del programa 433D aplicación presupuestaria 16.15.433D.770.02 asociado al proyecto de inversión 217G0198 "Impulso industria 4.0", con la finalidad de tramitar en el presente ejercicio presupuestario la correspondiente convocatoria de subvenciones para el año 2023, con carácter anual y en régimen de concurrencia competitiva, por importe de tres millones (3.000.000,00) de euros.
Finalmente, dada la imposibilidad de su culminación dentro de los plazos previstos en el año 2023, se ha considerado oportuno proceder a iniciar la tramitación de una convocatoria anticipada de subvenciones para el año 2024, que permita ejecutar con garantías el programa de subvenciones para el impulso de la industria 4.0 en el sector industrial canario, para el periodo 2023-2027, en el marco del Programa Operativo FEDER 2021-2027, quedando por tanto el crédito disponible en el presupuesto de gastos del Centro Directivo.
Por otro lado, se precisaba incrementar la anualidad 2023 de la línea de subvenciones en concurrencia competitiva para la "Modernización y Diversificación del Sector Industrial" del proyecto de inversión 207G0001 "Modernización y Diversificación del Sector Industrial", tramitándose con parte del crédito disponible mencionado una modificación de crédito que fue aprobada por Acuerdo del Gobierno de Canarias el 6 de noviembre de 2023, por el que se autoriza la transferencia de crédito n.º 959/2023, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, con objeto de incrementar el crédito de la aplicación presupuestaria 16.15.433A.770.02, proyecto de inversión 207G0001 "Modernización y Diversificación Sector Industrial", por importe de dos millones ciento treinta mil (2.130.000,00) euros, al objeto de poder dar respuesta al gran volumen de solicitudes que constan presentadas a la convocatoria de concesión de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial de Canarias para el año 2023.
Mediante Resolución n.º 197/2023, de 24 de marzo, de la Dirección General de Industria, se convocó la concesión de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial para el año 2023; dicha Resolución dispone en su resuelvo tercero, apartado 2, que la cuantía de la dotación económica podrá incrementarse con otros créditos que pudieran destinarse a tales fines.
También constan tramitadas nuevas modificaciones de crédito, una de ellas para la creación de dos nuevos proyectos de inversión en el programa 433A del Centro Directivo denominados 227G0195 "Campaña de Promoción de la Industria legal FEMETE" y 227G0196 "Campaña de Promoción de la Industria legal FEMEPA", consignados en las aplicaciones presupuestarias 16.15.433A.780.02, por importe de 200.000,00 euros, respectivamente, con el fin de financiar las campañas y continuar con las acciones emprendidas en años anteriores de la promoción de la industria legal para lograr un mayor alcance de la importancia real de una Canarias más industrial y también promocionar la formación en oficios industriales, y otra modificación de crédito creando un nuevo proyecto de inversión en el programa presupuestario 433D denominado 237G0519 "Campaña de promoción empleabilidad Sector Industrial ASINCA" del Centro Directivo por importe de 174.000,00 euros, para financiar una "Campaña de promoción y difusión de la empleabilidad en el Sector Industrial de Canarias", con el fin de realizar un análisis y desarrollar un plan de acción de las actuales opciones de formación profesional existentes en el mercado canario y las necesidades reales que demanda el mercado laboral industrial, y propiciar la transferencia de conocimiento desde los centros formativos y de innovación hacia el tejido industrial.
La propuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo, de fecha 27 de noviembre de 2023, tiene por finalidad incorporar al Plan Estratégico de Subvenciones nuevas líneas de subvención en el ámbito del fomento del consumo en el sector comercial, que permitan ayudar a la reactivación económica apoyando tanto a las empresas como a los clientes, siendo una medida para combatir la ralentización del crecimiento del sector comercial.
En concreto se plantea, a través de las Cámaras Canarias, la campaña Fomento del Consumo en el Sector Comercial de Canarias, la cual se instrumentalizará a través de un programa de bonos para incentivar el consumo en el sector comercial.
Por otro lado, en el ámbito de las infraestructuras se plantean dos obras estratégicas, una para dar cobertura al Ayuntamiento de Mogán a los efectos de poder ejecutar el Edificio de aparcamiento en la Avenida Constitución y otra para la ejecución de las mejoras en la Zona Comercial de la Cruz Santa por el Ayuntamiento de los Realejos.
Por todo lo anterior, y habiéndose tramitado los correspondientes expedientes de modificación de crédito, se hace necesario actualizar la información de las líneas de subvención anteriormente detalladas.
Sexto.- Con informes de fecha 24 de noviembre y 4 de diciembre de 2023, la Dirección General de Planificación y Presupuesto informa con carácter favorable la modificación propuesta.
A los que son de aplicación las siguientes
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que "los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Las bases reguladoras de cada subvención harán referencia al Plan Estratégico de Subvenciones en el que se integran, señalando de qué modo contribuyen al logro de sus objetivos; en otro caso, deberá motivarse por qué es necesario establecer la nueva subvención, incluso aun no habiendo sido prevista en el Plan, y la forma en que afecta a su cumplimiento".
Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento, así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones. En el mismo se describe el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan, y las líneas de subvención, debiendo concretarse para cada una de ellas: áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, costes previsibles para su realización y detalles de las fuentes de financiación y régimen de seguimiento y evaluación continua, así como un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del plan para cada línea de subvención.
Tercera.- El artículo 6.1 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".
Cuarta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.
Quinta.- El artículo 31.1, apartado a), de La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC n.º 5, de 9.1.2015), establece que la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.
Sexta.- La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE n.º 71, de 23.3.2007), y la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres (BOC n.º 45, de 5.3.2010; c.e. BOC n.º 69, de 9.4.2010, y BOC n.º 106, de 2.6.2010).
Séptima.- La disposición adicional cuarta del Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, dispone que las referencias orgánicas y funcionales del ordenamiento jurídico vigente se entenderán remitidas a las Consejerías establecidas en el citado Decreto en función de las áreas materiales de competencias que asumen.
Octava.- La disposición adicional tercera del Decreto 123/2023, de 17 de julio, dispone en sus apartados 1 y 2 que la redistribución de funciones entre departamentos, órganos y servicios administrativos implica la correlativa asignación de las dotaciones correspondientes a los programas presupuestarios afectados, correspondiendo a la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea las adaptaciones técnicas y las transferencias de crédito precisas para la ejecución y cumplimiento de lo previsto en el citado Decreto 123/2023.
Novena.- La Orden n.º 636/2023, de 11 de agosto, de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, por la que se establecen en el ámbito presupuestario adaptaciones técnicas y transferencias de crédito derivadas de los Decretos 41/2023, de 14 de julio, y 123/2023, de 17 de julio, establece que los órganos superiores gestionarán hasta el 31 de diciembre de 2023 los créditos de sus respectivos programas presupuestarios con arreglo a la estructura orgánica presupuestaria contemplada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el presente ejercicio 2023, con las adaptaciones reflejadas en el anexo de la citada Orden.
Décima.- La disposición transitoria única, en relación con la disposición final segunda del Decreto 123/2023, de 17 de julio, establece que hasta tanto no se aprueben los correspondientes proyectos de estructura orgánica y funcional de los Departamentos, conservarán su vigencia las normas orgánicas que determinan las estructura y funciones de las Consejerías de Economía, Conocimiento y Empleo, así como la de Turismo, Industria y Comercio, aprobadas por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, y Decreto 45/2020, de 21 de mayo, respectivamente.
Undécima.- El artículo 5.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, dispone que le corresponde al titular de la Consejería la competencia para aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas, competencia que su homónima en el cargo de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio lo es a tenor de lo dispuesto en el artículo 4.2.g) del Reglamento Orgánico de esta; circunstancia que lo es en relación con el artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
Vistas las normas citadas, la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, y las demás de aplicación.
En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
RESUELVO:
Primero.- Autorizar la modificación tercera del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2023-2025, aprobado por Orden n.º 45/2023, de 25 de septiembre, y modificado por Orden n.º 77/2023, de fecha 10 de noviembre, y por Orden n.º 81/2023, de fecha 24 de noviembre, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Industria, de fecha 16 de noviembre de 2023, y con la propuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo, de fecha 27 de noviembre de 2023, en los términos del Anexo I.
Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Teniendo en cuenta la propuesta de modificación instada por los citados Centros Directivos, actualizar el contenido del anexo de la Orden n.º 45/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2023-2025, modificada por Orden n.º 77/2023, de fecha 10 de noviembre, y por Orden n.º 81/2023, de fecha 24 de noviembre, siendo el detalle de las actuaciones a desarrollar por los diferentes Centros Directivos del Departamento las que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.
Tercero.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2023-2025.
Cuarto.- El Plan se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el periodo 2023-2025, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.
En el supuesto de que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2025, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2026, hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones.
Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de diciembre de 2023.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,
COMERCIO Y AUTÓNOMOS,
Manuel Domínguez González.
ANEXO I
La propuesta de modificación instada por la Dirección General de Industria, de fecha 16 de noviembre de 2023, consiste en:
1. Dar de baja a la anualidad 2023 de la línea de subvenciones en concurrencia competitiva de "Impulso a la industria 4.0" por importe de 3.000.000,00 de euros asociada al proyecto de inversión 217G0198 "Impulso industria 4.0".
2. Actualizar el importe de la línea de subvenciones en concurrencia competitiva para la "Modernización y Diversificación del Sector Industrial" al incrementarse la dotación económica inicial del proyecto de inversión 207G0001 "Modernización y Diversificación del Sector Industriales" en 2.130.000,00 euros, destinando a la línea de subvención en la anualidad 2023 un importe total de 11.193.198,00 euros.
3. Incorporar dos nuevas líneas de subvención directa dirigidas a la Campaña de Promoción Industrial legal FEMETE y Campaña de Promoción Industrial legal FEMEPA, asociadas a los proyectos de inversión 227G0195 y 227G0196, respectivamente, del programa presupuestario 433A "APOYO A PYMES INDUSTRIALES", por importe de 200.000,00 euros cada una de ellas.
4. Incorporar una nueva línea de subvención directa dirigida a la Campaña de promoción empleabilidad sector industrial ASINCA, asociada al proyecto de inversión 237G0519, del programa presupuestario 433D "Desarrollo Industrial", por importe de 174.000,00 euros.
La propuesta de modificación instada por la Dirección General de Comercio y Consumo, de fecha 27 de noviembre de 2023, consiste en:
1. Incorporar una nueva línea de subvención directa dirigida a Cámaras Canarias: Fomento del Consumo en el Sector Comercial, asociada al proyecto de inversión 164G1917 "Cámaras Canarias: Fomento del Consumo en el Sector Comercial", del programa presupuestario 431B "Comercio Interior", por importe de 2.537.978,19 euros.
2. Incorporar dos nuevas líneas de subvención directa para financiar dos obras estratégicas dirigidas al Ayuntamiento de Mogán: Edificio de Aparcamiento Avenida Constitución, por importe de 471.176,81 euros, y Ayuntamiento Los Realejos: Mejora Zona Comercial Cruz Santa, por importe de 990.845,00 euros, asociadas a los proyectos de inversión 237G0532 y 237G0521, del programa presupuestario 431B "Comercio Interior".
ANEXO II
Ver anexo en las páginas 64710-64745 del documento Descargar