ORDEN de 27 de noviembre de 2023, por la que se delega en el Jefe de Servicio de Sociedad de la Información de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información el ejercicio de las funciones de persona responsable de la operación a los efectos del análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia tramitados por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

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Mediante Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, se regula el procedimiento de análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicha Orden, en su artículo 4.2, párrafo segundo, asigna las funciones de "responsable de la operación" al órgano de contratación o al órgano competente para la concesión de subvenciones.

La condición de "responsable de la operación" será ostentada por la persona titular de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, conforme al artículo 5.2.g) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, de aplicación al caso que nos ocupa de acuerdo con lo establecido en el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías y en la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

La citada Orden HFP/55/2023 establece qué funciones corresponden a la persona responsable de la operación, las cuales incluyen el manejo pormenorizado de aplicativos informáticos (CoFFEE y MINERVA), carga de documentación y otras funciones conexas de mera gestión.

De conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

Considerando lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), según el cual "Tendrán la consideración de órganos administrativos las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo".

De acuerdo con el artículo 25 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, "Los servicios son unidades administrativas de apoyo a los órganos departamentales y de preparación, ejecución y documentación de sus decisiones".

Considerando que en el presente caso concurren razones de eficacia, eficiencia y agilización administrativa que aconsejan que las funciones de manejo de los aplicativos CoFFEE y MINERVA de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia tramitados por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, y otras funciones de gestión conexas al respecto de dichos componentes, no sean ejercidas por la persona titular de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, sino por personal de gestión de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, por lo que procede articular una delegación en favor del Servicio de Sociedad de la Información de esta última.

En su virtud,
RESUELVO:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Jefatura de Servicio de Sociedad de la Información de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, las siguientes competencias:

- La de iniciar el procedimiento de análisis ex ante de riesgo de conflicto de interés, con carácter previo a la valoración de las solicitudes en cada procedimiento de convocatoria de subvenciones, en los términos definidos en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, en aquellos componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que sean tramitados por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

- La de asegurar la recepción del código (CRO) generado por la aplicación CoFFEE y su incorporación en MINERVA (o cualquier otra que la sustituya en el futuro) del código de referencia en aquellos componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que sean tramitados por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

- La de incorporar en la herramienta informática de data mining con sede en la AEAT, MINERVA, o cualquier otra que la sustituya en el futuro, los datos personales de los intervinientes en los procedimientos de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que sean tramitados por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información

- La de cargar en la herramienta CoFFEE las declaraciones de ausencia de conflicto de interés, cumplimentadas y firmadas por los decisores de la operación en los procedimientos de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que sean tramitados por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

Segundo.- La presente delegación será revocable en cualquier momento mediante Resolución de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura.

Tercero.- Publicar la presente delegación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en artículo 9.3. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de noviembre de 2023.

LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.

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