Consejería de Sanidad - Otras Resoluciones (BOC nº 2023-186)

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Servicio Canario de la Salud. Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote.- Resolución de 16 de agosto de 2023, por la que se constituye la Mesa de Contratación permanente de esta Gerencia y se nombra a sus miembros.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Considerando que el órgano de contratación debe estar asistido por una mesa de contratación en los procedimientos de licitación de los contratos que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, al objeto de agilizar la tramitación de los futuros procedimientos de contratación y en aras de garantizar la mayor eficacia, se consideró conveniente constituir una mesa de contratación de carácter permanente que asista a la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, cuando actúa como órgano de contratación, por Resolución de esta Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote n.º 1995/2018, de 19 de junio de 2018, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias n.º 129, de 5 de julio de 2018, y mediante Resolución de la citada Gerencia n.º 558/2021, de 16 de marzo de 2021, se estableció ampliación de la composición de la Mesa de Contratación para los expedientes tramitados por la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias n.º 71, de fecha 8 de abril de 2021.

Segundo.- Actualmente, se hace necesario actualizar la composición de dicha Mesa Permanente de Contratación, y al objeto de proceder a la adjudicación de los contratos que se vayan a tramitar por el Órgano de Contratación de la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, adscrita al Servicio Canario de Salud, procede nombrar a los miembros de la mesa de contratación que va a asistir en los procedimientos de adjudicación tramitados por el citado órgano y que se encuentran sujetos a la Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Título I del Libro Cuarto de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP, lleva por rúbrica "Órganos competentes en materia de contratación"; dentro de su Capítulo II, "Órganos de asistencia", el artículo 326 hace referencia a las "mesas de contratación", disponiendo, en el apartado 1, lo siguiente: "Salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una mesa de contratación. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la mesa será potestativa para el órgano de contratación, salvo cuando se fundamente en la existencia de una imperiosa urgencia prevista en la letra b).1.º del artículo 168, en el que será obligatoria la constitución de la mesa. En los procedimientos a los que se refiere el artículo 159.6 será igualmente potestativa la constitución de la mesa".

Segundo.- El artículo 326.3 de la LCSP preceptúa que: "La mesa estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario. La composición de la mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente".

Tercero.- Conforme al artículo 326.4 de la precitada LCSP: "Los miembros de la mesa serán nombrados por el órgano de contratación".

Cuarto.- Asimismo, el artículo 326.5 de la LCSP dispone que: "El Secretario deberá ser designado entre funcionarios o, en su defecto, otro tipo de personal dependiente del órgano de contratación, y entre los vocales deberán figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un interventor, o, a falta de estos, una persona al servicio del órgano de contratación que tenga atribuidas las funciones correspondientes a su asesoramiento jurídico, y otra que tenga atribuidas las relativas a su control económico-presupuestario.

Por resolución del titular de la Intervención General correspondiente podrán acordarse los supuestos en que, en sustitución del Interventor, podrán formar parte de las mesas de contratación funcionarios del citado Centro específicamente habilitados para ello.

En ningún caso podrán formar parte de las mesas de contratación ni emitir informes de valoración de las ofertas los cargos públicos representativos ni el personal eventual. Podrá formar parte de la mesa personal funcionario interino únicamente cuando no existan funcionarios de carrera suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente. Tampoco podrá formar parte de las mesas de contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate, salvo en los supuestos a que se refiere la disposición adicional segunda.

Las mesas de contratación podrán, asimismo, solicitar el asesoramiento de técnicos o expertos independientes con conocimientos acreditados en las materias relacionadas con el objeto del contrato. Dicha asistencia será autorizada por el órgano de contratación y deberá ser reflejada expresamente en el expediente, con referencia a las identidades de los técnicos o expertos asistentes, su formación y su experiencia profesional".

Quinto.- El artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, regula la composición de las mesas de contratación y establece, en su apartado 4, que "La designación de los miembros de la mesa de contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato".

Y también dispone que "Si es una mesa permanente, o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición deberá publicarse además en el Boletín Oficial del Estado, en el de la comunidad autónoma o en el de la provincia, según se trate de la Administración general del Estado, de la autonómica o de la local".

A la vista de los anteriores antecedentes y fundamentos jurídicos, y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 28.3 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de Salud, y el artículo 10.1.e) del Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud, que determinan los Órganos de Contratación, dentro de los que se encuentra la Gerencia de Servicios Sanitarios de las Áreas de Salud, y los límites cuantitativos de sus competencias, y al objeto de proceder a la adjudicación de los contratos que se vayan a tramitar por la Unidad de Contratación Administrativa de la Gerencia,

RESUELVO:

Primero.- Dejar sin efecto la Resolución n.º 1995/2018, de 19 de junio de 2018, y la Resolución n.º 558/2021, de 16 de marzo de 2021, por la que se designaba la composición de la mesa permanente de contratación para la adjudicación de los expedientes tramitados por esta Gerencia y ampliación de la misma, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias n.º 129, de 5 de julio de 2018, y n.º 71, de 8 de abril de 2021, respectivamente.

Segundo.- Constituir la Mesa de Contratación permanente de la Gerencia de los Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote.

Tercero.- Designar la composición de la Mesa de Contratación permanente que asistirá a la Gerencia de los Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote en los procedimientos que se tramiten por el Servicio de Contratación administrativa de esta Gerencia, cuyos miembros, titulares y suplentes, designados con carácter permanente, se relacionan a continuación, con expresión del cargo o puesto que desempeñan, y que actuarán en los procedimientos de contratación a los que se refiere el artículo 326.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, según se relaciona:

• PRESIDENCIA:

- Titular: Director de Gestión y Servicios Generales: D. Mariano Rodríguez Muñoz.

- Suplente: Subdirector de Gestión y Servicios Generales: D. Marcial Morera Rodríguez.

- Suplente: Coordinador de Gestión Económica: D. Nahum Perdomo Valiente.

- Suplente: Jefa de Servicio de los Servicios Generales: Dña. Alicia Blanco Blanco.

• SECRETARÍA:

- Titular: Grupo de Gestión Administrativa: Dña. Juana María Pérez Cabrera.

- Suplente: Técnico Titulado Medio Diplomado en Empresariales: Dña. Verónica Quintana Martínez.

- Suplente: Grupo Auxiliar Administrativo: Dña. Carmen Guadalupe Aparicio.

• VOCALÍAS:
- Vocalía 1:

▪ Titular: Grupo Auxiliar Administrativo: Dña. Carmen Guadalupe Aparicio.

▪ Suplente: Técnico Titulado Medio Diplomado en Empresariales: Dña. Verónica Quintana Martínez.

- Vocalía 2:

▪ Titular: personal del servicio promotor, designado por la Gerencia de los Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, para cada expediente.

▪ Suplente: Grupo Auxiliar Administrativo: Dña. Carmen Guadalupe Aparicio.

▪ Suplente: Técnico Titulado Medio Diplomado en Empresariales: Dña. Verónica Quintana Martínez.

• SERVICIOS JURÍDICOS:

- Titular: Técnico Titulado Superior Licenciado en Derecho. Letrada habilitada: Dña. Lara Cabrera Rodríguez.

- Suplente: Letrado/a habilitado/a por los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias para la asistencia a Mesas de la Gerencia de los Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote.

• INTERVENCIÓN:
- Interventor/a:

▪ Titular: persona designada por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

▪ Suplente: persona designada por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Personal con funciones atribuidas al control económico-presupuestario:

▪ Titular: Jefa de Sección del Servicio de Gestión Presupuestaria, Dña. Mercedes Martín Pérez.

▪ Suplente: Grupo Administrativo del Servicio de Gestión Presupuestaria, Dña. Celia García Marco.

Cuarto.- Notifíquese el nombramiento a los interesados y publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, de conformidad con el artículo 63 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Arrecife, a 16 de agosto de 2023.- El Gerente, p.s. (Resolución n.º 2996/2023, de 16.8.2023, del Director del SCS), el Director de Gestión y Servicios Generales, Mariano Rodríguez Muñoz.

3216 {"title":"Consejería de Sanidad - Otras Resoluciones (BOC nº 2023-186)","published_date":"2023-09-20","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias.png","id":"3216"} canarias BOC;BOC nº 2023-186;Consejería de Sanidad;Nombramientos, situaciones e incidencias;Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/canarias/boa/2023-09-20/3216-consejeria-sanidad-otras-resoluciones-boc-n-2023-186 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.