Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes - Anuncios (BOC nº 2023-144)
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EXTRACTO de la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones dinerarias y en especie para apoyar proyectos en el sector de las artes en vivo, en el marco del programa "Sinapsis" de incubación para la innovación y el emprendimiento (Proyecto C24.I1.P1.2 "Apoyo a aceleradoras culturales"), con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
BDNS (Identif.): 708585.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/708585).
Primero.- Bases reguladoras.
Se aprueban conjuntamente las bases y la convocatoria en la Orden de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 13 de julio de 2023.
Segundo.- Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de esta subvención:
a) Las personas físicas profesionales inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
b) Las personas físicas que adquieran el compromiso de constituirse como empresas o autónomos en caso de resultar beneficiarias de la subvención, constitución que deberá tener lugar antes de que se produzca el abono de la misma.
c) Las empresas que tengan la consideración de empresa mediana, pequeña o microempresa (PYME) en los términos previstos en los artículos 1 y 2 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, cuyo domicilio o sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dichas entidades deberán cumplir los requisitos establecidos en la base 6.2.
Tercero.- Objeto.
El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva a un máximo de 16 proyectos del sector de las artes en vivo (escénicas y musicales), que en el marco del programa "Sinapsis" recibirán:
a) Subvenciones dinerarias para financiar gastos derivados de dichos proyectos.
b) Subvenciones en especie consistentes en participar, de forma gratuita, en el programa "Sinapsis" de incubación para la innovación y el emprendimiento.
Ambas modalidades de subvenciones están vinculadas entre sí, y se recibirán necesariamente de forma conjunta por las personas o entidades que resulten beneficiarias en virtud de esta convocatoria.
Cuarto.- Actuaciones subvencionables.
Esta convocatoria seleccionará hasta un máximo de 16 proyectos que, en el ámbito de las artes en vivo (escénicas y musicales), cumplan los siguientes requisitos:
a) Los proyectos deben: i) ser replicables; ii) ser coherentes con la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible 2030; y iii) ser innovadores.
b) Los proyectos beneficiarios están obligados a participar en las actividades que integran el mecanismo de apoyo diseñado para "Sinapsis" (subvención en especie).
El presupuesto del proyecto, computados únicamente los gastos subvencionables, deberá ser igual o superior a 50.000 euros (sin IGIC).
Quinto.- Dotación económica.
La dotación económica para las subvenciones dinerarias reguladas en las presentes bases es de setecientos sesenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete euros con sesenta céntimos (769.667,60 euros), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 18.70 334A 770.02 Fondo 70M1820 PI/LA 227G0204 "C24I1-Apoyo a aceleradoras culturales".
Sexto.- Cuantía de las subvenciones.
La cuantía de la subvención dineraria se fijará de acuerdo con las siguientes reglas:
a) La subvención financiará, como máximo, el 80% del gasto subvencionable según el presupuesto presentado.
b) La subvención dineraria concedida a cada proyecto no podrá superar la cuantía de 76.000 euros.
Séptimo.- Procedimiento de concesión.
Las presentes subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación y prelación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 19.
Octavo.- Plazos de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Dichas solicitudes se presentarán a través del apartado específico que estará disponible en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el sitio web https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/
La documentación a presentar junto con la solicitud es la establecida en la base 15.3.1.
Noveno.- Otros datos.
1. Órgano instructor del procedimiento: Dirección General de Cultura.
2. Órgano competente para conceder las subvenciones: la persona titular de la Dirección General de Cultura, por delegación de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
3. Plazo de resolución y publicación: la resolución de concesión debe estar dictada y publicada en el Boletín Oficial de Canarias como máximo el 29 de septiembre de 2023.
4. Plazo para la realización de la actividad subvencionada: 1 de octubre de 2023 a 31 de octubre de 2024.
5. Plazo de justificación de las subvenciones: hasta el 15 de diciembre de 2024.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de julio de 2023.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.