Consejería de Turismo, Industria y Comercio - Otras Resoluciones (BOC nº 2023-98)

ORDEN de 9 de mayo de 2023, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025.

Visto el expediente para la modificación del "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2023-2025", y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden departamental n.º 124/2023, de 9 marzo, se aprueba el "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2023-2025" (BOC n.º 55, de 20.3.2023).

Segundo.- Dicho Plan Estratégico de Subvenciones fue modificado por Orden de 28 de marzo de 2023, de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

Tercero.- Por parte de la Dirección General de Comercio y Consumo se ha propuesto, a través de una Memoria debidamente justificada, unas nuevas líneas de subvención para el ejercicio 2023-2025, contempladas en la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2023, o bien aprobadas mediante las oportunas modificaciones de crédito. Dichas líneas de subvención se detallan a continuación:

DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO Y CONSUMO.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un plan estratégico para cada departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, determina el contenido de los planes estratégicos y a tal fin deben referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención y proyectos de inversión en los que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención y proyecto de inversión un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico de Subvenciones podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

En cumplimiento de estos preceptos, más concretamente del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, y al objeto de dar cobertura a las actuaciones que la Dirección General de Comercio y Consumo ha previsto desarrollar en el periodo 2020-2022, a través de la ejecución de varias líneas de actuación y proyectos de inversión, en materia de comercio y consumo, y dado que constan en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias de cada año, determinadas líneas de actuación y proyectos de inversión en las citadas materias que deben estar contempladas. A la vista de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, es por lo que se propone tramitar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025.

Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2023, 2024 y 2025.

Las líneas de subvención que propone la Dirección General de Comercio y Consumo pretenden la consecución de los siguientes objetivos generales, reflejados en las memorias de los programas presupuestarios, y que son los siguientes:

1.- Apoyo al sector comercial: mediante la dinamización y mejora de las infraestructuras y equipamientos comerciales, proporcionando el apoyo a la dinamización y mejora de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, así como a la dinamización y mejora de los Mercados y Mercadillos tradicionales de Canarias y otros equipamientos comerciales.

2.- Defensa de los Consumidores y Usuarios: el objetivo es responder a las expectativas de los ciudadanos sobre la protección de sus derechos en materia de consumo.

Las actuaciones descritas en este plan van dirigidas a personas físicas, jurídicas, corporaciones locales, fundaciones, asociaciones,... y sociedad en general, siempre y cuando desarrollen acciones con repercusión en el sector comercial canario, así como la defensa de los consumidores y usuarios, en sus distintos ámbitos.

Las actuaciones descritas en este plan se financiarán con fondos de la Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a los créditos contemplados en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para cada anualidad, en los programas presupuestarios 431B "Comercio Interior" y 492A "Defensa de Consumidores y usuarios", dentro de los objetivos correspondientes y de los créditos previstos para cada anualidad.

Las previsiones de costes, indicadores y magnitudes para las líneas de actuación y proyectos de inversión son los que se reflejan en los cuadros anexos al presente documento, y se corresponden con los créditos que constan consignados en la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, los cuales podrán sufrir variaciones derivadas de las modificaciones de crédito que se tramiten, incrementando o disminuyendo el importe de los proyectos o incorporando nuevos proyectos de inversión o líneas de actuación a gestionar en los ejercicios 2023-2025.

Habiéndose producido una modificación de crédito en la Dirección General de Comercio y Consumo, que afecta al plan estratégico existente, se procede a su modificación:

Se ha incorporado un nuevo proyecto de inversión desde la sección 19 Diversa Consejerías, donde obraba como subvención nominada, para apoyar al Ayuntamiento de Santa Úrsula, en la mejora de la Zona Comercial Abierta, tramo de la carretera TF-217 (55-23), concretamente:

Ver anexo en la página 28764 del documento Descargar

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la disposición final primera de dicha Ley), establece: "Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria". De ahí que, dado el citado Plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones, nace la necesidad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.

Segundo.- A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, regulan dichos planes (artículo 6), su contenido (artículo 7) y seguimiento (artículo 8).

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto (artículo 6.5), la aprobación de los planes estratégicos.

Cuarto.- En el citado artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se establece que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados" (artículo 6.1). Asimismo, se prevé que "los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente" (artículo 6.3). De ahí que el Plan diseñado para esta Consejería de Turismo, Industria y Comercio abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2023, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2024 al 2025.

Quinto.- El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los planes estratégicos:

"1. Los planes estratégicos tendrán el siguiente contenido:

a) Objetivos estratégicos, ...

b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. ...

2. El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento, en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública."

Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009 al determinar que "Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio".

Séptimo.- Procede la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025, que fue aprobado por Orden departamental n.º 124/2023, de 9 de marzo de 2023, y modificado por Orden de 28 de marzo de 2023, de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

Octavo.- Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 4.2.h) del Reglamento Orgánico de Departamento, aprobado por Decreto 24/2016, de 4 de abril,

RESUELVO:

Modificar el "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2023-2025", aprobado por Orden de esta Consejería n.º 124/2023, de 9 de marzo, y modificado por Orden de 28 de marzo de 2023, de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio en los términos expuestos en la presente Orden y su anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de mayo de 2023.

LA CONSEJERA DE TURISMO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Yaiza Castilla Herrera.

Ver anexo en la página 28766 del documento Descargar

ANEXO I

MODIFICACIONES REALIZADAS.
SUBVENCIONES NOMINADAS

ANEXO II

TEXTO REFUNDIDO
SUBVENCIONES

Ver anexo en las páginas 28767-28803 del documento Descargar

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
1674 {"title":"Consejería de Turismo, Industria y Comercio - Otras Resoluciones (BOC nº 2023-98)","published_date":"2023-05-22","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias","id":"1674"} canarias BOC,BOC nº 2023-98,Consejería de Turismo, Industria y Comercio,Nombramientos, situaciones e incidencias,Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/canarias/boa/2023-05-22/1674-consejeria-turismo-industria-comercio-otras-resoluciones-boc-n-2023-98 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.