El Govern saca a información pública la propuesta de Decreto del Plan de Gestión de la Pesca profesional en las bahías del norte de Mallorca

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Se realiza a iniciativa de las cofradías de pescadores de Pollença, Alcúdia y Cala Rajada, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la actividad, el número de embarcaciones, la producción y los puestos de trabajo de la flota pesquera

Joan Simonet: «Demostramos, una vez más, nuestro apoyo al sector primario, con el fin de asegurar la sostenibilidad ambiental, económica y social de la pesca profesional»

La Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural ha iniciado la audiencia e información pública del proyecto de Decreto por el cual se establece un Plan de Gestión para la pesca profesional en las aguas interiores de las bahías de Pollença y de Alcúdia, y se modifica el Decreto 10/2019, de 15 de febrero, el Decreto 41/2015, de 22 de mayo, y el Decreto 34/2014, de 1 de agosto. La propuesta se realiza a iniciativa de las cofradías de pescadores de Pollença, Alcúdia y Cala Rajada, agrupadas a través de la Federación Balear de Cofradías de Pescadores, con el objetivo primordial de garantizar el mantenimiento de la actividad, el número de embarcaciones, la producción y los puestos de trabajo de la flota pesquera profesional, compaginándolo con una reducción del esfuerzo pesquero autorizado. El conseller Joan Simonet ha manifestado que «demostramos, una vez más, nuestro apoyo al sector primario, con el fin de asegurar la sostenibilidad ambiental, económica y social de la pesca profesional en todas las modalidades permitidas, incluida la actividad de arrastre regulada, la cual exclusivamente se podrá llevar a cabo en la zona conocida como Els Mollets».

Por su parte, el director general de Pesca, Antoni M. Grau, ha destacado que las bahías de Pollença y Alcúdia «mantienen un modelo de explotación pesquera marcadamente estacional, con una actividad intensa entre los meses de febrero a agosto y una actividad reducida el resto del año, que ha permitido mantener los recursos pesqueros de las bahías». En este sentido, ha indicado Grau, «este modelo no se ajusta adecuadamente al marco normativo actual. Por eso, se redacta una norma específica para la pesca en los caladeros de estas bahías, la cual pondrá en valor tanto los resultados del seguimiento científico como los aspectos socioeconómicos, como por ejemplo que las barcas pescan a la vista las unas de las otras, y la opinión de las cofradías de pescadores afectadas».

La experiencia acumulada en la aplicación y el seguimiento de planes de gestión pesquera en las Islas Baleares pone de manifiesto la eficacia de este tipo de instrumentos normativos a la hora de ordenar la actividad pesquera, reducir el esfuerzo extractivo y garantizar la sostenibilidad, tanto desde el punto de vista ambiental como socioeconómico.

Como aspectos más destacados, hay que señalar la supresión de la pesca cerquera; el establecimiento de un único sorteo anual de las artes de parada; las disposiciones específicas para evitar la captura de aves marinas con los palangrillos; el establecimiento de un censo y la creación de una Comisión de Cogestión entre los pescadores, los agentes sociales y la administración. Una novedad importante es que, para limitar el esfuerzo pesquero, se establece un número máximo total de 180 días de pesca anuales para las embarcaciones artesanales afectadas por el Plan de Gestión. Este esfuerzo se controlará mediante las cajas verdes y las notas de venta de las capturas.

Otras modificaciones

Con el nuevo decreto también se modifican tres más. En primer lugar, se modifica el artículo 2 del Decreto 10/2019, de 15 de febrero, para incluir la obligación que las embarcaciones de arrastre con base en las Islas Baleares se incorporen al Sistema de Localización y Seguimiento de Embarcaciones Pesqueras de las Islas Baleares (SLSEPIB) y estén equipadas con la denominada «caja verde». Esta medida, que ya se aplica en las embarcaciones de artes menores y cerqueros, permitirá disponer de una visión integral de la actividad de la totalidad de la flota pesquera profesional de las Islas Baleares, contribuyendo así a una mejor gestión de los recursos pesqueros y al conocimiento del esfuerzo pesquero real en nuestras aguas.

Por otro lado, y en coherencia con medidas de gestión recientes, se modifica el Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el cual se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las Islas Baleares, para eliminar las musolas (Mustelus spp) del anexo I de especies protegidas dentro de las reservas marinas, dado que, mediante la Orden 17/2025, de 26 de junio, se ha fijado una talla mínima de captura en todas las aguas interiores de las Islas Baleares, la cual ya protege los juveniles.

Finalmente, se modifica también el artículo 5 del Decreto 34/2014, de 1 de agosto, de principios generales de la pesca recreativa en aguas interiores, para igualar la vigencia de la licencia para la pesca recreativa submarina con la del resto de licencias recreativas, de forma que pasará a ser de tres años en lugar de uno, como hasta ahora. Esta modificación reducirá trámites innecesarios y ayudará a reducir la carga administrativa tanto para la administración como para la ciudadanía, sin comprometer los mecanismos de control o seguridad, dado que se mantienen los requisitos actuales de la edad mínima, el permiso de armas (licencia federativa) y el seguro en vigor.

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Detectado: 28/08/2025
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