CONSELL DE GOVERN: Autorizan los pagos anticipados del 100 % de las ayudas para cubrir gastos financieros de inversiones productivas
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Las subvenciones cubren, sin garantía previa, intereses y coste de avales con sociedades de garantía recíprocas
Las ayudas, dirigidas a microempresas y pymes, también incluyen los costes de comisiones de apertura y el estudio de las operaciones
El Consell de Govern ha autorizado a la Conselleria de Empresa, Empleo y Energía para realizar el pago anticipado de hasta el 100 % y sin exigencia previa, de las ayudas destinadas a cubrir los intereses, el coste del aval que se formalice con una sociedad de garantía recíproca y las comisiones de apertura y estudio relativas a operaciones de financiación de inversiones productivas, en el marco del Convenio de colaboración entre la Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears (ADR Balears) y la sociedad de garantía recíproca ISBA, para la tramitación de los avales ADR-ISBA.
Estas subvenciones están previstas en la convocatoria 2024-2025 de ayudas a la micro, pequeña y media empresa industrial de las Illes Balears para cubrir los costes financieros relacionados con operaciones bancarias para inversiones previstas en el Plan Estratégico Industrial 2018-2025, cuyo expediente ya ha sido iniciado. Como objetivo general, esta iniciativa busca hacer frente a la desaceleración relativa del tejido industrial de las Illes Balears frente a otros sectores como el turismo y los servicios.
Esta medida quiere dar respuesta a la problemática de acceso a la financiación para que las empresas industriales puedan realizar las inversiones necesarias y evitar así el posible cese de la actividad. Se contempla el acceso a recursos financieros en condiciones óptimas de plazos y tipos de interés que permitan situaciones extraordinarias de falta de liquidez. Así mismo, se intenta facilitar el cumplimiento de las nuevas normativas y retos provenientes de la Unión Europea, nacionales y autonómicas en materia de sostenibilidad.
Asimismo, la convocatoria intenta incentivar que las empresas industriales destinatarias de estas ayudas estén adheridas al programa Industria Local Sostenible (ILS), marca de ADR Balears creada en 2022 a la que pueden acceder las pymes que realicen el cálculo de la huella de carbono y se comprometan a su reducción, para impulsar el acceso a financiación vinculado a proyectos de sostenibilidad y economía verde.
Se consideran actividades subvencionables en esta convocatoria la formalización de operaciones financieras destinadas a inversiones productivas, de eficiencia energética y de transformación digital del sector industrial, con el objetivo de mejorar el proceso productivo o los productos.
Se ha considerado que la forma más adecuada y efectiva de conseguir los objetivos de esta iniciativa es tramitar los pagos de las ayudas de forma anticipada y sin exigencia previa de ninguna garantía. Las operaciones financieras deben estar avaladas por medio de aval financiero por sociedades de garantía recíproca y reavaladas en un mínimo del 25 % por sociedades de refianzamiento.
Concretamente se subvencionarán los gastos siguientes:
- Las comisiones de estudio y apertura de la operación, con una limitación del 0,75 % por la comisión de apertura y del 0,75 % sobre la comisión de estudio, calculado sobre el importe avalado.
- El 100 % del coste del aval de la sociedad de garantía recíproca con el límite del 1,25 % del importe avalado durante cinco años. En caso de que la persona solicitante sea empresa adherida a la marca Industria Local Sostenible, hasta un máximo de siete años de ayuda.
- Los intereses del préstamo con un máximo de un tipo de interés del 3 % hasta un máximo de cinco años de ayuda. En caso de que la persona solicitante sea una empresa ILS, hasta un máximo de siete años de ayuda.
Cabe destacar que la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha informado favorablemente sobre la aplicación de la exención a los límites relativos al número de años y al porcentaje máximo sobre el importe del aval y de concesión de un adelanto hasta el 100 % de estas ayudas, con dispensación tal de la constitución de garantías por parte de las personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada y las sociedades civiles o comunidades de bienes domiciliadas en las Illes Balears o que lleven a cabo un proyecto de inversión para la mejora de los procesos productivos o de producto en esta comunidad autónoma.