Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programa 6)
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Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programa 6)
Número de registro 7697 - Páginas 39168-39169
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm. 125 se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para su ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 d octubre de 2022 (BOIB núm. 137, de 22 de octubre de 2022).
2. Los servicios técnicos de la Dirección General Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta una serie de documentación en los expedientes, que se detallan en la siguiente tabla:
Expediente | Solicitante | NIF | Anomalías |
---|---|---|---|
NEXTG6-584/2021 | BRIENT, CHARLES ALBERT | ***4505** | La Memoria Técnica RITE no está completa, lo mismo es un modelo normalizado disponible en http://industria.caib.es en el apartado lista de trámites (https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/225272). La potencia térmica de 16,8 kW no coincide con la ficha técnica de 14,24 kW, esclareciendo esta divergencia. (Aportar la Ficha Técnica de la evidencia de los 16,8 kWt) |
NEXTG6-1109/2021 | MIRALLES CATALA, ISABEL | ***5694** | Falta presentar una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que vaya a utilizarse que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor (Reglamento (UE) 2015/1185). (Se ha presentado el etiquetado energético de aparatos de calefacción local - Directiva (EU) 2015/1186) |
NEXTG6-1136/2021 | COSTA PRIETO, AINA MARIA | ***8124** | ACREDITACIÓN: Falta presentar una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor (Directiva (EU) 2015/1185). (Se ha presentado el etiquetado energético de aparatos de calefacción local - Directiva (EU) 2015/1186) |
NEXTG6-1159/2021 | GARCIAS VICH, MARIA FRANCISCA | ***1934** | Se entregarán 3 presupuestos cuando el importe con IVA sea superior a 40.000€, o bien entregar una factura que sea anterior a la fecha de solicitud. Falta entregar el documento 2, necesario cuando el presupuesto es superior a 40.000€. En el documento 4, en Datos del programa 6 se ha de especificar también marca, modelo i potencia de la estufa de biomassa instalada. La suma de potencias de ambas instalaciones debe coincidir con la potencia de la instalación de generación que se declara. Los valores declarados por SPF no son correctos; además, es un valor numérico y no porcentual. Mirar y calcular a través de la ficha técnica del equipo. En el documento 4 falta la firma del técnico o instalador competente. Falta entregar el documento (02.132) de Memoria Técnica RITE. Lo mismo es un modelo normalizado disponible en http://industria.caib.es en el apartado lista de trámites ( https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/225272). DECLARACIÓN: En la declaración responsable sobre los combustibles que debe especificarse la normativa a la que se rige, y debe estar firmada por el solicitante. ACREDITACIÓN: Falta presentar una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor. DECLARACIÓN: En la declaración responsable sobre mantener un registro del combustible usado un mínimo de 5 años, se debe especificar la clase de combustible y la normativa por la qual se rige, y ha de estar firmada por el solicitante. |
NEXTG6-1189/2021 | Perez Ramon, Jose Miguel | ***5635** | En la Memoria Técnica RITE falta indicar el equipo EAS ELECTRIC E190WHF por el ACS. La Memoria Técnica RITE debe estar firmada por un instalador/a competente. Falta el Documento 6 de la Orden HFP/1030/2021, de "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente" (DNSH, Do No Significant Harm). |
En caso de que no presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB se le tendrá por desistido de su petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa resolución que declarará concluido el procedimiento y ordenará el archivo de las actuaciones realizadas hasta ese momento, de acuerdo con el artículo 21 de esta Ley.
Palma, 4 de julio de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez