Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, 3-DEN de fecha 23 de junio de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos de agroambiente y clima, para el año 2024

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  • Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, 3-DEN de fecha 23 de junio de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos de agroambiente y clima, para el año 2024

  • Número de edicto 7265 - Páginas 37506-37507

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 23 de junio de 2025, firmó la siguiente,

"RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.4- INVERSIONES NO PRODUCTIVAS VINCULADAS A LA REALIZACIÓN DE COMPROMISOS DE AGROAMBIENTE Y CLIMA

Convocatoria: IMIT 2024_1 Grupo: IMIT2024_1 -3-DEN

Código BDNS: 755117

CÓDIGO SIA: 3056494

Antecedentes

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.

2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes acabó el día a 31/05/2024, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 465 solicitudes de ayuda.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados señalados en el Anexo I adjunto no cumplen con alguno de los requisitos previstos en la convocatoria para poder ser beneficiarios de la ayuda, por los motivos indicados en el citado anexo.

5. Con fecha 26 de mayo de 2025 el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural ha emitido informe desfavorable y propuesta provisional de denegación de la ayuda a los interesados relacionados en el Anexo I.

6. Con fecha 31 de mayo de 2025 se notifica, mediante publicación en el BOIB (BOIB núm. 69), la mencionada propuesta provisional a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.

7. A día de hoy, y una vez finalizado el plazo, los interesados relacionados en el Anexo I no han presentado alegaciones.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.

2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

3. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

5. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

6. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el Anexo I, que son un total de 4 expedientes y que comienza con BERNARDO COLL REAL y termina con PATRICK MERIE JEAN HOUITTE DE LA CHESNAIS, relativa a la línea de ayudas "Ayudas por Inversiones en bancales y cierres 2015-2019", por no cumplir con alguno de los requisitos que se establecen en la convocatoria y que se especifican en el mencionado anexo.

2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes detallados en el Anexo I.

3. Notificar la resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 1 Comunidad Autónoma y de la Administración de 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Palma, a fecha de la firma electrónica

El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernández Such"

ANEXO I RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Motivo denegación

BERNARDO COLL REAL

***2883**

IMIT2024_1/119

No ha presentado alegaciones

EXP. AGRÍCOLA RIBOT COSTA E HIJOS S.L.

B57192700

IMIT2024_1/150

No ha presentado alegaciones

VICENTE RIERA RIERA

***5528**

IMIT2024_1/288

No ha presentado alegaciones

PATRICK MERIE JEAN HOUITTE DE LA CHESNAIS

***1160**

IMIT2024_1/410

No ha presentado alegaciones

Palma, a fecha de la firma electrónica (25 de junio de 2025)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni

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