Resolución de la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa por la cual se aprueban las bases de la convocatoria pública extraordinaria para participar en el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes destinado a los centros sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears que imparten educación primaria, secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico para el curso escolar 2025-2026

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  • Resolución de la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa por la cual se aprueban las bases de la convocatoria pública extraordinaria para participar en el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes destinado a los centros sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears que imparten educación primaria, secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico para el curso escolar 2025-2026

  • Número de edicto 7296 - Páginas 37442-37455

Antecedentes

1. La Unión Europea establece que las competencias clave, así como las destrezas básicas, sean el eje fundamental para el futuro éxito de todo el alumnado, con el apoyo del profesorado y educadores altamente cualificados y motivados, así como de otros profesionales de la educación y ha marcado como uno de los objetivos para el 2030 que el porcentaje de jóvenes de quince años con un bajo rendimiento en comprensión lectora, matemáticas y ciencias tiene que ser inferior al 15%.

2. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, en la Resolución de 5 de septiembre de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, propone el Programa de Cooperación Territorial de Refuerzo de la Competencia Matemática, que tiene como objetivo principal mejorar el nivel de logro de la competencia matemática en el alumnado y se concreta en actividades de acompañamiento y asesoramiento educativo que requieren el acuerdo activo del profesorado participante.

3. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 102 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación del profesorado y prevé que se tienen que fomentar los programas de investigación e innovación e, impulsar el trabajo colaborativo y las redes profesionales y de centros para el fomento de la formación, la autoevaluación y la mejora de la actividad docente.

4. Así mismo, la Ley Orgánica 2/2006, determina que se desarrollará en los centros educativos la competencia matemática con el fin de favorecer el desarrollo competencial de las matemáticas mediante los procesos matemáticos.

5. El artículo 3 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears establece los principios generales que rigen el sistema educativo de las Illes Balears, en el marco de los valores definidos por la Constitución española y por el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears , entre los cuales se encuentran: el impulso a la innovación pedagógica para mejorar la educación; la promoción de la educación más allá del centro educativo y el fomento de la educación a lo largo de la vida; la implantación de la cultura de evaluación competencial y constructiva como instrumento de mejora del sistema educativo y la educación basada en competencias fundamentadas científicamente.

6. En el artículo 114. 1 de la Ley antes mencionada se determina que los centros educativos públicos disponen de autonomía pedagógica, de gestión del personal del centro, de los recursos materiales y económicos y de organización, como instrumento para dar respuesta a las necesidades y a la diversidad del alumnado, y para contribuir a garantizar la equidad y la igualdad de oportunidades y la calidad de la educación en los términos que se recogen en la Ley y las normas que la desarrollen.

7. Día 9 de septiembre de 2024 se publicó en Boletín Oficial del Estado la Resolución de 5 de septiembre de la Secretaría de Estado de Educación por la cual se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinadas al Programa de Cooperación Territorial de Refuerzo de la Competencia Matemática, en el ejercicio presupuestario 2024, programa financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

8. La Resolución de la Secretaría de Estado de Educación de 17 de septiembre concede un importe de 2. 158. 698,00 € a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a cargo de la partida presupuestaria 18. 04. 322L. 451. 02 para el ejercicio 2024.

9. La Dirección General de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa, para dar respuesta a la oferta del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, convoca el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática para el curso 2025-2026 para los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears que imparten segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico y establece sus bases.

10. En fecha de 14 de junio de 2025, se publicó en Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa por la cual se aprueban las bases de la convocatoria pública para participar en el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes destinado en los centros sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears que imparten educación primaria, secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico para el curso escolar 2025-2026.

11. El presupuesto asignado para la implementación del programa permite la selección de un máximo de 40 centros. En fecha de 26 de junio de 2025, se publica la lista provisional de centros educativos que cumplen los requisitos y criterios de selección para participar en el programa de Refuerzo de la Competencia Matemática en el curso 2025-2026. El número de centros educativos que cumplen los requisitos son inferiores al número máximo de centros que se pueden seleccionar.

12. Con el objetivo de llegar a un mayor número de centros y mejorar la competencia matemática del alumnado de las Illes Balears, se hace necesaria la publicación de una resolución extraordinaria que permita participar a un mayor número de centros en el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática en el curso 2025-2026.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n. º 106, de 4 de mayo de 2006) .

2. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears (BOIB n. º 38, de 17 de marzo de 2022) .

3. La Resolución del Consejo UE n. º 2021/C/66/01 relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en educación y formación con vistas en el Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) (DOUE n. º 66, de 26 de febrero de 2021) .

4. La Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la cual se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el cual se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinadas al Programa de Cooperación Territorial de Refuerzo de la Competencia Matemática, en el ejercicio presupuestario 2024 (BOE n. º 218, de 9 de septiembre de 2024) . Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases de la convocatoria extraordinaria del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática para el curso 2025-2026 dirigida a los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears que imparten educación primaria, educación secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico.

2. Aprobar los anexos siguientes:

- Anexo 1: Bases del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática

- Anexo 2: Modelo de solicitud del centro educativo (trámite telemático)

- Anexo 3: Modelo de compromiso del centro educativo

- Anexo 4: Modelo de designación, compromiso y toma de contacto del docente coordinador del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática

- Anexo 5: Guion para elaborar el Plan de la Competencia Matemática del centro.

- Anexo 6: Guion para elaborar la Memoria Anual del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática del centro.

3. Ordenar la publicación de esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la CAIB y en el web del Servicio de Innovación Educativa (https://sie. caib. es) .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a publicarse, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas y lo establecido en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .

(Firmado electrónicamente: 26 de junio de 2025)

La directora general de Primera Infancia Atención a la Diversidad y Mejora Educativa Neus Riera Estarellas

ANEXO 1 Bass de la convocatoria extraordinaria del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática para el curso 2025-2026 dirigida a los centros sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears que imparten educación primaria, educación secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico

Primero Objeto y finalidad

1. La convocatoria tiene por objeto cubrir la totalidad de plazas de centros en el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática y establecer las bases para el curso 2025-2026.

2. La finalidad del programa es mejorar la competencia matemática del alumnado de educación primaria, educación secundaria obligatoria y ciclos formativos de grado básico. Se entiende la competencia matemática como la capacidad que permite desarrollar y aplicar la perspectiva y el razonamiento matemático con el fin de resolver problemas en diferentes contextos, estimulando el pensamiento crítico.

3. Los objetivos específicos son:

a) Atender al alumnado de manera más personalizada para la mejora de la competencia matemática.

b) Formar a los docentes coordinadores para que transfieran a los docentes de sus centros las metodologías, estrategias y buenas prácticas para el aprendizaje competencial de las matemáticas en todas las áreas del currículum de cada etapa educativa.

c) Asesorar a los centros en la elaboración y desarrollo del Plan de la Competencia Matemática que se vinculará a todos los proyectos, programas y actuaciones del centro, desde una perspectiva global que aglutine el máximo de materias, de áreas y módulos posibles y que implique a todos los sectores de la comunidad educativa.

d) Implementar metodologías y estrategias efectivas para la adquisición y mejora de la competencia matemática adaptadas a las necesidades de cada alumno.

Segundo Destinatarios

El Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática se dirige al alumnado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan educación primaria, educación secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico en las Illes Balears.

Tercero Descripción del programa

1. Los equipos directivos son los responsables del desarrollo del programa en el centro educativo, que contará con el apoyo y asesoramiento de un equipo de asesores del Servicio de Innovación Educativa.

2. Los centros participantes designarán a un docente con destino definitivo en el centro como coordinador del programa que recibirá la formación específica y hará la transferencia al resto del claustro. Paralelamente, el centro elaborará el Plan de la Competencia Matemática de Centro que se implementará, se actualizará y se evaluará al final de cada curso escolar.

3. El programa se organiza en torno a las siguientes actuaciones:

a) Ajustar la atención personalizada al alumnado dentro del aula para adquirir y/o mejorar la competencia matemática.

b) Dotar al equipo docente de estrategias para mejorar el apoyo al alumnado con dificultades en competencia matemática.

c) Establecer acuerdos de centro sobre las metodologías, estrategias, recursos y organización en relación a la competencia matemática, que quedarán reflejados en el Plan de la Competencia Matemática de Centro y se vinculará a todos los proyectos, programas y actuaciones de centro, desde una perspectiva global.

d) Implementar actividades formativas sobre metodologías y estrategias para el aprendizaje competencial de las matemáticas.

4. El Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática se desarrollará a lo largo de cuatro cursos escolares, desde el curso 2025-2026 hasta el 2028-2029.

a) Curso 2025-2026

En el primer curso, el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática se centrará en la introducción de las principales actuaciones del programa en el centro educativo. Al finalizar este curso se elaborará la Memoria anual programa (anexo 6) .

Cada centro designará a un docente con destino definitivo en el centro como coordinador del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática, que dedicará las horas lectivas de su jornada a la formación en red, la codocencia con modelaje, la transferencia de los contenidos de la formación a los departamentos o equipos docentes y la coordinación para la elaboración del Plan de la Competencia Matemática de Centro y la Memoria del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática. El Plan de la Competencia Matemática de Centro se vinculará a todos los proyectos, programas y actuaciones de centro, desde una perspectiva global que aglutine el máximo de áreas y módulos posibles y que implique a todos los sectores de la comunidad educativa.

Para que el docente coordinador del programa pueda dedicar las horas lectivas de su jornada a desarrollar las funciones de coordinación, la Consejería de Educación y Universidades dotará de un docente adicional para el curso 2025-2026 en los centros participantes.

En el caso de los centros que imparten diferentes etapas educativas, en la solicitud se tiene que indicar la etapa para la cual se solicita.

b) Curso 2026-2027

Los centros participantes en el programa desde el curso 2025-2026 implementarán y harán un seguimiento del Plan de la Competencia Matemática elaborado en el curso anterior. Se les dotará de horas para el coordinador, según la disponibilidad presupuestaria.

c) Cursos 2027-2028 y 2028-2029

En estos cursos se consolidarán las metodologías, las estrategias y las prácticas para asegurar la sostenibilidad y el éxito del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática a medio y largo plazo.

En los cursos 2027-2028 y 2028-2029, se continuará con la implementación del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática con la incorporación de las mejoras identificadas en la evaluación de los cursos anteriores.

En función de la disponibilidad presupuestaria, la coordinación tendrá una dedicación horaria determinada.

Cuarto Seguimiento y evaluación

1. Se llevará a cabo un seguimiento de la evaluación de los resultados de las pruebas de evaluación de diagnóstico (IAQSE) durante los cuatro años de implementación del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática para valorar la evolución de la adquisición y logro de la competencia matemática del alumnado.

2. Para el seguimiento y evaluación del Plan de la Competencia Matemática de Centro, al final de cada curso escolar los centros elaborarán una memoria del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática (anexo 6) que incorporarán a la Memoria Anual de Centro.

Quinto Compromisos de la Consejería de Educación y Universidades

La Consejería de Educación y Universidades se compromete a:

a) Designar a un equipo de asesores, dependiendo del Servicio de Innovación Educativa, que coordinará la formación, la implementación, el seguimiento y la evaluación del Programa de Refuerzo de Competencia Matemática.

b) Dotar a los centros participantes de un docente en el curso 2025-2026 para que la persona coordinadora dedique las horas lectivas de su jornada al desarrollo del programa en el centro. En función de la disponibilidad presupuestaria la coordinación tendrá una dedicación horaria determinada en los cursos posteriores.

c) Facilitar y compartir los materiales y los recursos pedagógicos que sean de interés para el desarrollo de las actuaciones de acompañamiento al profesorado del centro.

d) Organizar, convocar y coordinar las actividades de formación permanente para los docentes coordinadores de los centros que participan, dirigidas a asegurar una implementación efectiva del programa, así como crear y gestionar el entorno virtual de las formaciones.

e) Expedir la propuesta de certificación de las horas de formación permanente del profesorado de los coordinadores participantes en la formación que tengan derecho.

f) Facilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes todos los datos e información requerida para el seguimiento y evaluación del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática.

g) Hacer constar en todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación sobre el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática, la mención siguiente: «Programa financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes», así como incorporar el logotipo institucional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el de la Consejería de Educación y Universidades.

Sexto Compromisos de los centros educativos participantes

Los centros participantes se comprometen a:

a) Designar un docente del claustro que no forme parte del equipo directivo como coordinador o coordinadora del programa para la etapa educativa que se solicite, teniendo en cuenta los criterios especificados en su punto séptimo.

b) Participar activamente en las actividades formativas que se desarrollen dentro del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática, por parte del docente coordinador, que posteriormente hará la transferencia al claustro.

c) Definir y adecuar los objetivos del Plan de la Competencia Matemática de Centro que se tiene que integrar en el Proyecto Educativo de Centro (PEC) y en todos los planes y los documentos institucionales.

d) Facilitar a la Consejería de Educación y Universidades los datos que se requieran para el seguimiento y evaluación del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática, así como hacer constar en el horario del coordinador en el GestIB la dedicación de las horas lectivas al programa.

e) Facilitar, por parte del equipo directivo, la organización de agrupamientos, horarios y espacios para lograr los objetivos del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática.

f) Facilitar la realización de las pruebas de evaluación de diagnóstico (IAQSE) del alumnado, para valorar la incidencia y efectividad.

g) Hacer constar en todas las actuaciones de comunicación que el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática está financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, así como incorporar, juntamente al logotipo de la Consejería de Educación y Universidades, el logotipo institucional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Séptimo Criterios de selección, compromisos y funciones del docente coordinador

1. En el curso 2025-2026 cada centro educativo seleccionará a un docente como coordinador, que dedicará las horas lectivas de su jornada a la formación en red, modelaje, codocencia o apoyo directo al alumnado, en la etapa educativa solicitada.

2. Los requisitos para ser coordinador del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática son los siguientes:

a) Haber impartido docencia directa en el aula de las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 3/2020, del 29 de diciembre, como mínimo los tres últimos cursos y tener el destino definitivo en el centro o contrato indefinido como mínimo dos años.

b) Compromiso de permanencia en el centro educativo para la coordinación del programa por un mínimo de cuatro cursos escolares.

Además, se valorará el hecho de que pueda acreditar formación específica relacionada con el logro de la competencia matemática.

En el caso de los ciclos formativos de grado básico, el coordinador podrá ser un docente de ámbito que imparta docencia en la formación profesional básica.

3. Las funciones del docente coordinador son las siguientes:

a) Realizar la formación del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática que se llevará a cabo por parte del equipo de asesores del Servicio de Innovación Educativa.

b) Hacer el traspaso de los contenidos, materiales y recursos de la formación a los miembros del claustro del centro educativo.

c) Colaborar con el equipo directivo en la planificación del programa en el centro educativo y hacerle propuestas para implementar medidas organizativas que favorezcan la codocencia, los apoyos, las sesiones de modelado y asesoramiento en buenas prácticas a los equipos docentes.

d) Impartir docencia directa al alumnado mediante codocencia, apoyos y sesiones de modelado.

e) Asesorar en buenas prácticas los equipos docentes del centro.

f) Colaborar con el equipo directivo para elaborar, actualizar y desarrollar el Plan de la Competencia Matemática de Centro y la Memoria anual del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática, junto con los docentes implicados.

g) Asesorar al claustro, desde el punto de vista pedagógico, para la implementación, el seguimiento y buen funcionamiento del programa.

h) Colaborar en la evaluación del programa en el centro educativo.

4. En caso de que el docente coordinador cause baja, el equipo directivo tendrá que designar a un nuevo docente con destino definitivo o contrato indefinido en el centro educativo que cumpla los requisitos establecidos. El equipo directivo informará y enviará telemáticamente el compromiso del docente coordinador del programa (anexo 5) mediante la Sede Electrónica de la CAIB (encontraréis el enlace en la sección del programa del web https://sie. caib. es) .

​​​​​​​Octavo Solicitud, forma y plazo de presentación

1. La solicitud para participar en la convocatoria extraordinaria del Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática en el curso 2025-2026 (anexo 2) la realizará la dirección del centro exclusivamente por medios electrónicos a través del trámite telemático habilitado a estos efectos en la Sede Electrónica de la CAIB (encontraréis el enlace en la sección del programa del web https://sie. caib. es) . La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud con el asistente de tramitación, con lo cual se obtiene un número de registro.

2. El plazo para presentar la solicitud por medios telemáticos es de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación a Boletín Oficial de las Illes Balears. No se aceptará ninguna solicitud presentada fuera de plazo o que no se tramite mediante la Sede Electrónica.

3. La fecha de entrega de la solicitud es la que proporciona la Sede Electrónica.

4. Los centros educativos que presentaron la solicitud en la convocatoria ordinaria del programa (BOIB núm. 75, de 14 de junio de 2025) y no fueron seleccionados se consideran incluidos a todos los efectos en esta convocatoria extraordinaria y no deben realizar ningún trámite.

Noveno Procedimiento para la selección de los centros participantes para el curso 2025-2026

1. Para instruir el procedimiento de esta convocatoria se constituirá una comisión de selección integrada por los miembros siguientes:

a) La jefa de Departamento de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, o persona en quien delegue, que la preside.

b) Un técnico del Servicio de Innovación Educativa, que actúa como secretario.

c) La jefa del Departamento de Centros Concertados, o la persona en quien delegue.

d) El jefe del Departamento de Inspección Educativa, o persona en quien delegue.

e) La jefa del Servicio de Innovación Educativa o la persona en quien delegue.

f) El director del Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE) o la persona en quien delegue.

2. Las funciones de la Comisión de Selección son las siguientes:

a) Examinar las solicitudes presentadas.

b) Comprobar que los centros cumplen los criterios para la selección de centros participantes.

c) Seleccionar a un máximo de 40 centros que se incorporaran al programa, según la disponibilidad presupuestaria.

d) Elaborar la lista provisional de los centros seleccionados, los que quedan en reserva y los excluidos.

e) Examinar las alegaciones presentadas.

f) Elaborar la lista definitiva de los centros seleccionados, los que quedan en reserva y los excluidos.

3. Las listas provisionales se publicarán en el web del Servicio de Innovación Educativa https://sie. caib. es.

4. Los centros podrán formular las alegaciones oportunas mediante la Sede Electrónica en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de las listas provisionales.

5. Cuando la Comisión haya valorado y resuelto las alegaciones presentadas, elaborará la lista definitiva de los centros seleccionados, los centros que quedan en reserva y los centros excluidos. Las listas definitivas se publicarán en la Sede Electrónica y en el web del Servicio de Innovación Educativa https://sie. caib. es.

6. En el supuesto de que se amplíe el número de centros que puedan participar en esta convocatoria se contactará con el primer centro de la lista que haya quedado en reserva para cumplir con las exigencias del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Décimo Requisitos y criterios de selección de centros educativos para el curso 2025-2026

1. Los centros educativos tienen que cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser un centro sostenido con fondos públicos que imparta educación primaria, educación secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico.

b) Tener una puntuación TRI menor de 510 en la competencia matemática de la evaluación diagnóstica de la IAQSE en el curso 2023-2024 de la etapa educativa para la cual presenten la solicitud.

​​​​​​​2. Los criterios para la selección de los centros son los siguientes

a) Puntuación TRI del centro en las pruebas de evaluación diagnóstica de la IAQSE en la competencia matemática en el curso 2023-2024

b) Porcentaje alumnado vulnerable.

3. La selección de los centros se hará según la siguiente fórmula con orden decreciente de la puntuación:

Valor = 20 · (%V18) /100 + 80 · (509 - Puntuación TRI CMat) /509, donde %V18 es el porcentaje de alumnado vulnerable del centro educativo y Puntuación TRI CMat es el valor de puntuación TRI obtenido por el centro educativo en la competencia matemática de las últimas evaluaciones de diagnóstico de la etapa para la cual presenta la solicitud.

4. En el caso de centros que no hayan realizado pruebas de diagnóstico de la competencia matemática en el curso 2023-2024, se considerará en el lugar de la puntuación TRI la puntuación obtenida en el área donde se evalúe la competencia matemática y se seguirá un procedimiento análogo al descrito en los dos puntos anteriores considerando este dato.

5. En caso de empate, se priorizará el centro educativo con un valor añadido mayor a la competencia matemática de las pruebas de evaluación de diagnóstico.

6. La lista de centros seleccionados asegurará, en este orden, la selección de centros con las siguientes características:

a) Como mínimo, 3 centros de Mallorca, 3 centros de Menorca, 3 centros de Ibiza y 1 de Formentera.

b) Como mínimo, 10 centros solicitantes para la etapa de secundaria y ciclo formativo de grado básico y 10 centros para la etapa de primaria.

En caso de no haber suficientes solicitudes para cubrir esta distribución, las plazas vacantes se cubrirán únicamente de acuerdo con el punto 3 de este apartado sin tener en cuenta criterios de distribución geográfica y/o de etapa educativa.

Undécimo Certificación e inscripción al Registro de Formación Permanente del Profesorado

1. El Servicio de Formación Permanente del Profesorado es el responsable de hacer la certificación y la inscripción correspondientes al Registro de Formación Permanente del Profesorado.

2. Los docentes coordinadores del programa que hayan hecho la formación, siempre que cuenten con una valoración positiva, tienen derecho al reconocimiento y la certificación de las horas de formación permanente que determine cada actividad formativa.

Doceavo Difusión​​​​​​​

En todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación sobre el Programa de Refuerzo de la Competencia Matemática se tiene que hacer constar la mención siguiente de manera exprés: «Programa financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes», así como incorporar, junto con el de la Consejería de Educación y Universidades, el logotipo institucional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Decimotercero Servicio responsable

Servicio de Innovación Educativa

Consejería de Educación y Universidades

sie@dgpice. caib. es

Tel. 971 17 77 81

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