Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la implantación del bachillerato en la modalidad general en el CEPA Camp Rodó, del municipio de Palma
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Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la implantación del bachillerato en la modalidad general en el CEPA Camp Rodó, del municipio de Palma
Número de edicto 7249 - Páginas 37430-37432
Hechos
1. Mediante el Decreto 58/1999, de 28 de mayo, se crearon diferentes centros de educación de personas adultas (BOCAIB núm. 74, de 8 de junio). Entre otros, se creó el CEPA Camp Rodó, del municipio de Palma.
2. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de noviembre de 2019 actualizó la oferta formativa para el curso 2019-2020 de las enseñanzas autorizadas, como consecuencia de la implantación, la supresión y el cambio de perfil o de régimen de los ciclos formativos de formación profesional en centros públicos de educación secundaria, en centros integrados de formación profesional y en centros de educación de personas adultas (BOIB núm. 156, de 16 de noviembre). Con esta autorización el CEPA Camp Rodó quedó configurado de la siguiente forma:
Enseñanzas autorizadas:
Enseñanzas formales
- Enseñanzas iniciales I (presencial continuada y turno tarde)
- Enseñanzas iniciales II (presencial continuada y turno tarde)
- ESPA - Educación secundaria para personas adultas (presencial continuada y nocturno)
Enseñanzas no formales
- Preparación pruebas de acceso a la UIB para mayores de 25 años (presencial continuada y turno tarde)
- Preparación pruebas de acceso a ciclo formativo de grado medio
- Preparación pruebas de acceso a ciclo formativo de grado superior
- Preparación pruebas libres de graduado en ESO
- Preparación pruebas de catalán (presencial continuada, turno tarde y nocturno)
- Módulo genérico 1 y 2
- Acogida lingüística catalán (presencial continuada y turno tarde)
- Acogida lingüística castellano (presencial continuada)
- Castellano para extranjeros (presencial continuada y turno tarde)
- Idiomas (presencial continuada y turno tarde)
3. En fecha 20 de junio de 2025, la Sección de Enseñanzas para Adultos de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas emitió un informe favorable sobre la autorización de la implantación del bachillerato en la modalidad general en el Centro de Educación de Personas Adultas Camp Rodó. Dado que se trata de la primera vez que estos estudios se implantan en un centro de adultos en las Illes Balears, la puesta en marcha de esta iniciativa se desarrollará como plan piloto.
4. Con el fin de facilitar que las personas adultas puedan compatibilizar su formación con las responsabilidades profesionales y familiares, y con el objetivo de dar respuesta a la demanda existente de esta modalidad de enseñanza, tanto la Sección de Enseñanzas para Adultos de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas como el Departamento de Inspección Educativa informaron favorablemente de la implantación del bachillerato en modalidad general en el CEPA Camp Rodó, de Palma.
La implantación se llevará a cabo de forma progresiva, de acuerdo con el siguiente calendario:
- Durante el curso 2025-2026 se impartirá el primer curso del bachillerato general.
- Durante el curso 2026-2027 se impartirá el segundo curso del bachillerato general.
5. El 23 de junio de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la autorización de la implantación del bachillerato en la modalidad general en el CEPA Camp Rodó, del municipio de Palma.
6. En el 23 de junio de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución sobre la autorización de la implantación del bachillerato en la modalidad general en el CEPA Camp Rodó, del municipio de Palma.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo, de competencia modalidades y especialidades.
2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102.1, la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
6. La Ley 4/2006, de 30 de marzo, de educación y formación permanentes de personas adultas de las Islas Baleares (BOIB núm. 50, de 6 de abril).
7. El Real decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del bachillerato (BOE núm. 82 de 06 de abril).
8. El Decreto 85/2019, de 8 de noviembre, de ordenación de las enseñanzas de la educación secundaria para las personas adultas (BOIB núm. 153, de 9 de noviembre).
9. El Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 70, de 3 de junio).
Por todo ello, de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 23 de junio de 2025, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la implantación del bachillerato en la modalidad general en el CEPA Camp Rodó, del municipio de Palma, como plan piloto.
2. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2025-2026, una unidad de 1º curso del bachillerato en la modalidad general y, con efectos del inicio del curso escolar 2026-2027, una unidad de 2º curso del bachillerato en la modalidad general en el CEPA Camp Rodó, del municipio de Palma
3. Determinar que, con esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07008223
Denominación genérica: centro de educación de personas adultas
Denominación específica: Camp Rodó
Domicilio: c/ Joan Capó s/n
Localidad: Palma
Municipio: Palma
CP: 07010
Enseñanzas autorizadas:
Enseñanzas formales
- Enseñanzas iniciales I (presencial continuada y turno tarde)
- Enseñanzas iniciales II (presencial continuada y turno tarde)
- ESPA - Educación secundaria para personas adultas (presencial continuada y nocturno)
- Bachillerato, modalidad general (presencial y turno tarde)
Enseñanzas no formales
- Preparación pruebas de acceso a la UIB para mayores de 25 años (presencial continuada y turno tarde)
- Preparación pruebas de acceso a ciclo formativo de grado medio
- Preparación pruebas de acceso a ciclo formativo de grado superior
- Preparación pruebas libres de graduado en ESO
- Preparación pruebas de catalán (presencial continuada, turno tarde y nocturno)
- Módulo genérico 1 y 2
- Acogida lingüística catalán (presencial continuada y turno tarde)
- Acogida lingüística castellano (presencial continuada)
- Castellano para extranjeros (presencial continuada y turno tarde)
- Idiomas (presencial continuada y turno tarde)
4. Inscribir y actualizar esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidades (Repositorio de centros).
5. Comunicar esta Resolución al centro educativo, a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados, al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidades, al Departamento de Inspección Educativa (DIE) y a la Sección de Enseñanzas para Adultos de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas para su conocimiento.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (25 de junio de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany