Adenda al convenio de 20 de septiembre de 2021, en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

  • Adenda al convenio de 20 de septiembre de 2021, en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares

  • Número de edicto 6143 - Páginas 31416-31419

Se hace público que la Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario de día 28 de mayo de 2025, aprobó el siguiente acuerdo:

(...)

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- APROBAR la firma de la adenda al convenio de 20 de septiembre de 2021, en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares, según el texto reproducido al Anexo.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Presidente del Consell Insular de Formentera para la firma de la adenda al mencionado convenio.

TERCERO.- Guardar copia de este acuerdo en el Registro de Convenios que custodia la Secretaría de la Corporación, así como también del ejemplar firmado.

CUARTO.- Notificar este acuerdo a la Dirección General de Estrategia Digital y Desarrollo Tecnológico, Consejería de Economía, Hacienda e innovación del Gobierno de las Islas Baleares.

QUINTO.- Publicar este acuerdo al BOIB, en el tablón de anuncios y en la página web del Consell Insular de Formentera.

Formentera, en fecha de la firma electrónica (29 de mayo de 2025)

El presidente Óscar Portas Juan

ANEXO Adenda al convenio de 20 de septiembre de 2021 en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares

Partes

Antoni Costa Costa, consejero de Economía, Hacienda e innovación, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, nombrado por el Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Islas Baleares, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, sucesivamente modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, el Decreto 1/2024, de 4 de enero, el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, el Decreto 5/2024, de 29 de mayo, y el Decreto 2/2025, de 7 de febrero; de acuerdo con el artículo 80 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, de delegación en los titulares de las consejerías la firma de los convenios de colaboración y acuerdos de cooperación.

Antonio Francisco Fuster Zanoguera, consejero ejecutivo de Presidencia del Consell Insular de Mallorca, que actúa en nombre y representación del Consell Insular de Mallorca, nombrado para este cargo por el Decreto de la Presidencia del Consell Insular de Mallorca, de 10 de julio de 2023, por el cual se nombran los miembros del Consell Ejecutivo (BOIB n.º 95, de 11 de julio), en virtud del Decreto de la presidencia del Consell Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023, por el que se establecen las competencias de los departamentos del Consell Insular de Mallorca, de acuerdo con el artículo 33.1.y) de la Ley 4/2022 de 28 de junio, de consells insulars.

Adolfo Vilafranca Florit, presidente del Consell Insular de Menorca, que actúa en nombre y representación del Consell Insular de Menorca, nombrado para este cargo por acuerdo del Pleno del Consell Insular de Menorca reunido en sesión extraordinaria de 8 de julio de 2023 y en virtud de las atribuciones que le confieren el arte. 21.1 k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars, y los artículos 34 y 41.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora las bases del régimen local.

Vicent Marí Torres, que actúa en nombre y representación del Consell Insular de Ibiza en virtud del Acuerdo del Pleno del 5 de julio de 2019 y del Decreto de Presidencia n.º 2023000467, de 28 de junio de 2023, de estructura del Gobierno del Consell Insular de Ibiza y creación de Departamentos (BOIB n.º 88, de 29 de junio de 2023), actúa en nombre y representación del Consell Insular de Ibiza de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 21 K de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars (BOE n.º 197 de 17 de agosto de 2022), en concordancia con el artículo 52 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Ibiza (BOIB n.º 136, de 18/09/2010, corrección (BOIB n.º 148, de 14.10.2010), modificación (BOIB n.º 48 de 16.04.2016).

Óscar Portas Juan, que actúa en nombre y representación del Consell Insular de Formentera, nombrado para este cargo por el Acta del pleno del Consell Insular de Formentera de la sesión del día 27 de diciembre de 2024 y en virtud del que disponen los artículos 34 y 41.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y los artículos 21 y 133.3 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars.

Jaime Martínez Llabrés, alcalde de Palma, que actúa en nombre y representación del Ayuntamiento de Palma, nombrado para este cargo con fecha de posesión de 17 de junio de 2023, y en virtud de la atribución que le corresponde según aquello que dispone el artículo 124.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local

Antecedentes

1. Con fecha 20 de septiembre de 2021 se firmó el convenio de colaboración en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares.

2. Este convenio tiene una duración de cuatro años y, de acuerdo con la cláusula sexta, en cualquier momento antes de la finalización de este plazo los firmantes pueden acordar su prórroga por un periodo de cuatro años adicionales.

3. Se voluntad de todas las partes firmantes del convenio de colaboración prorrogar su vigencia y actualizar la cláusula tercera punto ocho, en lo referente a los convenios de red y sus adendas.

4. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por varios decretos y, en especial, por el Decreto 2/2025, de 7 de febrero, atribuye a la consejerías de Economía, Hacienda e innovación, por medio de la Dirección General de Estrategia Digital y Desarrollo Tecnológico, la competencia, entre otros, en sistemas de información, recursos tecnológicos y servicios informáticos y telemáticos de la Administración de la Comunidad Autónoma; el impulso y la coordinación de la implantación de la administración electrónica, y la simplificación y la racionalización de los procesos administrativos.

5. El Consell Insular de Mallorca, mediante el Departamento de Presidencia, tiene, entre otros, las atribuciones de promover e implantar los proyectos estratégicos de modernización y de innovación tecnológica y de transformación digital de la institución, y conectarlos en el marco transversal de Mallorca y proveer de aplicaciones informáticas los departamentos.

6. El Consell Insular de Menorca, mediante el Departamento de Economía y Servicios Generales, tiene, entre otros, las atribuciones de potenciar la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las administraciones públicas, y también en las relaciones de la ciudadanía con la Administración, así como implantar sistemas de comunicación con la ciudadanía para llevar a cabo trámites administrativos.

7. El Consell Insular de Ibiza, mediante el Departamento Gestión ambiental, Sostenibilidad, Innovación y Transparencia tiene, entre otros, las atribuciones de gestión de la administración electrónica, transparencia, innovación y tecnologías de la información y comunicación (TIC), recursos informáticos, nuevas tecnologías y sociedad del conocimiento.

8. El Consell Insular de Formentera, mediante el Departamento de Nuevas Tecnologías, tiene, entre otros, las atribuciones de potenciar la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las administraciones públicas, y también en las relaciones de la ciudadanía con la Administración, así como implantar sistemas de comunicación con la ciudadanía para llevar a cabo trámites administrativos.

9. El Ayuntamiento de Palma, mediante el del Departamento de Innovación, tiene, entre otros, las competencias de diseñar, implantar y fomentar políticas públicas para el desarrollo tecnológico del sector empresarial y la ciudadanía.

10. Así, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, las administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación, colaboración y coordinación y, en su actuación, por los criterios de eficacia y servicio efectivo a los ciudadanos.

Por todo esto, las partes firmantes subscribimos esta adenda de acuerdo con las siguientes

Cláusulas

Primera. Prórroga de la vigencia del convenio

Se prorroga por cuatro años la vigencia del convenio de colaboración en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares subscrito el 20 de septiembre de 2021.

La prórroga tendrá efectos desde el 20 de septiembre de 2025 hasta el 19 de septiembre de 2029.

Segunda. Modificación de la cláusula 3.8

Se modifica la cláusula tercera punto ocho, que queda redactada de la manera siguiente:

3.8. La conectividad para la utilización de los servicios indicados en este convenio se realizará de acuerdo con lo establecido en los convenios de colaboración para modernizar la red interadministrativa de servicios entre la Administración autonómica y cada consell insular y sus adendas de prórroga, firmados en las fechas siguientes:

— Consell Insular de Mallorca: convenio el 13 de marzo de 2019 y adenda de prórroga de 17 de febrero de 2023.

— Consell Insular de Menorca: convenio el 6 de marzo de 2019 y adenda de prórroga de 23 de febrero de 2023.

— Consell Insular de Ibiza: convenio el 6 de septiembre de 2019 y adenda de prórroga de 6 de marzo de 2023.

— Consell Insular de Formentera: convenio el 5 de abril de 2019 y adenda de prórroga de 27 de febrero de 2023.

— Ayuntamiento de Palma: convenio el 21 de junio de 2021 y adenda de prórroga de 3 de abril de 2025.

Como muestra de conformidad, firmamos esta adenda."

De oficio se ha enmendar la referencia errónea que había a la Ley de consells insulars vigentes, en habla de la competencia del presidente de nuestro Consell Insular.

La Junta de Gobierno, en ejercicio de sus competencias [artículos 130.2, 132 (en relación en el artículo 28) y 134 de la Ley 4/2022, 28 de junio, de consells insulars], en base a aquello propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88.3 y 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas supone la motivación de este acto) y el que ha dicho el secretario, habiendo incluido este asunto en el orden del día por urgencia justificada (asunto adjetivo aprobado por unanimidad), adopta, por unanimidad, en cuanto al fondo del asunto propiamente dicho (o parte sustantiva), el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- APROBAR la firma de la adenda al convenio de 20 de septiembre de 2021, en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares, según el texto reproducido al Anexo.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. presidente del Consell Insular de Formentera para la firma de la adenda al mencionado convenio.

TERCERO.- Guardar copia de este acuerdo en el Registro de Convenios que custodia la Secretaría de la Corporación, así como también del ejemplar firmado.

CUARTO.- Notificar este acuerdo a .la Dirección General de Estrategia Digital y Desarrollo Tecnológico, Consejería de Economía, Hacienda e innovación del Gobierno de las Islas Baleares.

QUINTO.- Publicar este acuerdo al BOIB, en el tablón de anuncios y en la página web del Consell Insular de Formentera.

Se da por reproducido el texto de la Adenda al convenio, transcrita más arriba.

(...)

Lo cual se hace púbico para general conocimiento

Formentera, en fecha de la firma electrónica (29 de mayo de 2025)

El presidente Óscar Portas Juan

1039810 {"title":"Adenda al convenio de 20 de septiembre de 2021, en materia de interoperabilidad telemática entre las administraciones públicas del ámbito territorial de las Islas Baleares","published_date":"2025-06-05","region":"baleares","region_text":"Baleares","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-baleares.png","id":"1039810"} baleares BOIB;BOIB 2025 nº 71;Consejo insular de formentera;Otras disposiciones y actos administrativos https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/baleares/boa/2025-06-05/1039810-adenda-convenio-20-septiembre-2021-materia-interoperabilidad-telematica-administraciones-publicas-ambito-territorial-islas-baleares https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.