Informe y Propuesta de Resolución del director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP sobre la concesión de las ayudas de minimis del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas del año 2024, en las Illes Balears. (BDNS: 834504)
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Informe y Propuesta de Resolución del director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP sobre la concesión de las ayudas de minimis del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas del año 2024, en las Illes Balears. (BDNS: 834504)
Número de edicto 5676 - Páginas 29383-29385
Hechos.
1. El 18 de febrero de 2025 se publicó en el BOIB Núm.22 la Resolución del presidente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas del año 2024, en las Illes Balears.
2. El plazo para presentar solicitudes terminó el día 7 de marzo de 2025. Se han presentado 4 solicitudes.
3. En el Anexo I se recoge la relación de los 4 expedientes de concesión, en el que se indica el número de expediente, la identificación nominal de las personas beneficiarias, el NIF, la actuación subvencionada, la cuantía de la subvención y su financiación, calculada para cada entidad beneficiaria.
4. Las entidades interesadas que indica el Anexo I han presentado, en el plazo establecido y en la forma adecuada, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria.
5. La Dirección de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP ha llevado a cabo, las actuaciones necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos de los solicitantes, resultando que las entidades interesadas que indica el Anexo I, como beneficiarias de la subvención, cumplen los requisitos previstos en la convocatoria:
a. Tener integrantes que figuren inscritos en el Registro Apícola de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y hayan hecho la declaración anual obligatoria antes del 1 de marzo de 2024.
b. Participar en el Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas del año 2024, en las Illes Balears.
c. Los contemplados por el Convenio de colaboración entre la Conselleria d'Agricultura, Pesca i Medi Natural y el Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especies forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especies de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado bovino de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Illes Balears, publicado en el BOIB núm. 86 de 29 de junio de 2024.
d. No incurrir en alguna de las prohibiciones que establecen los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
e. La cuantía total de ayudas de minimis por beneficiario no excede de la establecida en el punto 2 del artículo 3 del Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector agrícola.
Fundamentos de derecho.
1. Convenio de colaboración entre la Conselleria d'Agricultura, Pesca i Medi Natural y el Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especies forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especies de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado bovino de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Illes Balears, publicado en el BOIB núm. 86 de 29 de junio de 2024.
2. Las Instrucciones de participación en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies melíferas del año 2024, publicadas en la página web del IRFAP el día 4 de noviembre de 2024.
3. La Ley de Subvenciones, aprobada por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. El Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimas al sector agrícola.
5. La Resolución del presidente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas del año 2024, en las Illes Balears, publicada el 18 de febrero de 2025 en el BOIB Núm. 22.
Propuesta de resolución.
Por todo ello, se informa favorablemente sobre la Resolución del presidente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas del año 2024, en las Illes Balears (BDNS: 834504) de los expedientes indicados en el Anexo I, y propongo al Presidente del IRFAP que dicte la Resolución sobre la concesión de subvenciones por minimis del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas del año 2024, en las Illes Balears, en los siguientes términos:
1.Aprobar la concesión de una subvención a las entidades interesadas que constan en el Anexo I (relación de expedientes de concesión de subvención), en los que se indica el número de expediente, la identificación nominal de las entidades beneficiarias, el NIF, la actuación subvencionada y la cuantía de la subvención y su financiación.
Este anexo se inicia con NIF G07157597 y acaba con NIF G57510737 y el importe total de la subvención que procede conceder es de 8.946 €
2.Autorizar y disponer un gasto de 8.946 € a favor de las entidades interesadas que indica el Anexo I, con cargo a los presupuestos del IRFAP con la financiación que se señala.
3.Comunicar este informe y propuesta de Resolución de concesión a las entidades interesadas, haciéndoles evidente que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde su publicación en el BOIB, para presentar alegaciones.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (23 de mayo de 2025)
El director de Desarrollo de la Producción Agraria Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) Jaume Jaume Sureda