Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, 2-DEN de fecha 19 de mayo de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos de agroambiente y clima, para el año 2024
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, 2-DEN de fecha 19 de mayo de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos de agroambiente y clima, para el año 2024
Número de edicto 5558 - Páginas 28941-28942
La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 19 de mayo de 2025, firmó la siguiente,
"RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.4- INVERSIONES NO PRODUCTIVAS VINCULADAS A LA REALIZACIÓN DE COMPROMISOS DE AGROAMBIENTE Y CLIMA
Convocatoria: IMIT 2024_1 Grupo: IMIT2024_1 -2-DEN
Antecedentes
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes acabó el día a 31/05/2024, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 466 solicitudes de ayuda.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados señalados en el Anexo I adjunto no cumplen con alguno de los requisitos previstos en la convocatoria para poder ser beneficiarios de la ayuda, por los motivos indicados en el citado anexo.
5. Con fecha 22 de abril de 2025 el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural ha emitido informe desfavorable y propuesta provisional de denegación de la ayuda a los interesados relacionados en el Anexo I.
6. Con fecha 26 de abril de 2025 se notifica, mediante publicación en el BOIB (BOIB núm. 52), la mencionada propuesta provisional a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.
7. A día de hoy, y una vez finalizado el plazo, los interesados relacionados en el Anexo I no han presentado alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.
2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
3. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
5. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
6. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Resolución
1. Denegar la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el Anexo I, que son un total de 14 expedientes y que comienza con AINA FERRER TORRENS y termina con MUSSUPTA DE BAIX SRM, relativa a la línea de ayudas "Ayudas por Inversiones en bancales y cierres 2015-2019", por no cumplir con alguno de los requisitos que se establecen en la convocatoria y que se especifican en el mencionado anexo.
2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes detallados en el Anexo I.
3. Notificar la resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 1 Comunidad Autónoma y de la Administración de 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Palma, a fecha de la firma electrónica
El vicepresidente del FOGAIBA
Fernando Fernández Such"
ANEXO I RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS
Solicitante | NIF | Núm. exp. | Motivo denegación |
---|---|---|---|
AINA FERRER TORRENS | ***9936** | IMIT2024_1/125 | No ha presentado alegaciones |
GABRIEL PEDRO NADAL BUADES | ***1997** | IMIT2024_1/306 | No ha presentado alegaciones |
AGROTURISMO ROQUETA S.L. | B57093205 | IMIT2024_1/368 | No ha presentado alegaciones |
ANTONIO RAMIS SUREDA | ***2420** | IMIT2024_1/105 | No ha presentado alegaciones |
BARTOLOME CAÑELLAS GELABERT | ***8253** | IMIT2024_1/135 | No ha presentado alegaciones |
DAMIÀ RIUS VALLESPIR | ***1007** | IMIT2024_1/068 | No ha presentado alegaciones |
ISABEL MARTORELL FERRER | ***7087** | IMIT2024_1/348 | No ha presentado alegaciones |
JOSE CERDA TORRENS | ***9899** | IMIT2024_1/378 | No ha presentado alegaciones |
JOSEP CLAR RIGO | ***1672** | IMIT2024_1/144 | No ha presentado alegaciones |
JUAN ANTONIO ALVAREZ MALONDRA | ***8343** | IMIT2024_1/285 | No ha presentado alegaciones |
LLORENÇ ARROM CRESPÍ | ***8785** | IMIT2024_1/353 | No ha presentado alegaciones |
MARGARITA REUS VILLALONGA | ***9473** | IMIT2024_1/250 | No ha presentado alegaciones |
MENORCA VAVISOL SL | B07089345 | IMIT2024_1/286 | No ha presentado alegaciones |
MUSSUPTA DE BAIX SRM | E07967847 | IMIT2024_1/463 | No ha presentado alegaciones |
Palma, a fecha de la firma electrónica (21 de mayo de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni