Delegación de alcaldía por ausencia
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Delegación de alcaldía por ausencia
Número de edicto 5441 - Página 28123
El Alcalde-Presidente en fecha 19 de mayo de 2025, emitió el decreto n.º 165/2025, que dice lo siguiente:
«Antecedentes de la resolución:
Primero.- El artículo 47 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídica de las Entidades Locales establece que en caso de ausencia del Alcalde los Tenientes de Alcalde no podrán asumir sus funciones sin expresa delegación y que tendrá que ser publicada en conformidad con el artículo 44.1 y 2 del mencionado reglamento.
Segundo.- Visto que se ha producido una situación de enfermedad que impide a la Alcaldía el ejercicio de sus funciones.
Tercero.- Visto que la Primera Teniente de Alcalde encuentra disponible para asumir las funciones de Alcaldía.
Por todo lo anterior,
RESUELVO
Primero.- Delegar todas las funciones y competencias inherentes a la Alcaldía, en la Primera Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, Sra. Sonia Daudén Carretero.
Segundo.- Esta delegación se entenderá efectuada en virtud de la enfermedad que afecta al Alcalde, y por tanto, será temporal y se mantendrá hasta la total recuperación de la misma.
Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a la persona interesada.
Consell, 19 de mayo de 2025
El alcalde Andreu Isern Pol