Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se deniegan las subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2025)
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Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se deniegan las subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2025)
Número de edicto 5310 - Páginas 27354-27355
Hechos
1. El 28 de diciembre de 2024, en el BOIB nº. 170, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 23 de diciembre de 2024 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2025 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa FEDER 2021-2027.
2. Las personas que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.
3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el apartado séptimo de la citada Resolución, han informado desfavorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, con la motivación que también figura.
4. El 22 de abril de 2025, se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se deniegan las subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2025) (BOIB n.º 52, de 26 de abril de 2025).
5. Se ha agotado el plazo de diez días que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.
Fundamentos de derecho
1. La ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).
5. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 23 de diciembre de 2024 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2025 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027 (BOIB núm. 170, de 28 de diciembre de 2024).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Denegar la concesión de una subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2025) a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con la motivación que también figura.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (16 de mayo de 2025)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 14, de 30 de enero de 2025)
ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para denegarles la subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2025)
Número | Expediente | Fecha del registro entrada | Solicitante | NIF | Tipo de inversión | Motivo de denegación |
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1 | FOTOPAR25-260/2025 | 11/04/2025 | CDAD PROP DEL EDIFICIO MAIMO | ***6628** | Instalación individual fotovoltaica hasta 9.6 kWp solicitada por persona física | Las comunidades de propietarios no pueden participar en esta convocatoria |
Total de expedientes: 1
Primer beneficiario: CDAD PROP DEL EDIFICIO MAIMO
Último beneficiario: CDAD PROP DEL EDIFICIO MAIMO