Notificación del informe/propuesta de resolución de concesión y denegación a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 13 de mayo de 2025, al amparo de la convocatoria de las subvenciones de Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas 2024
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Notificación del informe/propuesta de resolución de concesión y denegación a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 13 de mayo de 2025, al amparo de la convocatoria de las subvenciones de Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas 2024
Número de edicto 5201 - Páginas 26961-27049
La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, en fecha 13 de mayo de 2025, firmó la siguiente propuesta provisional,
" Informe / Propuesta de resolución de concesión y denegación Plan estratégico de la PAC 2023-2027 PEPAC INTERVENCIÓN 6613_01 SIGC.: Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas Convocatoria 2024 Documento: Propuesta de resolución SIA: 2987434 Emisor (DIR3): A04026954 Código BDNS: 741239
Antecedentes
1. En fecha 30 de enero de 2024 se publicó, en el BOIB nº. 15, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Illes Balears.
2. En fecha 18 de febrero de 2025 se publicó, en el BOIB núm. 22, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2024, que modifica la cofinanciación de la Resolución del presidente del FOGAIBA de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria, mediante el procedimiento anticipado de gasto para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Illes Balears.
3. De conformidad con el apartado sexto de la resolución anterior, modificada por Resolución del presidente del FOGAIBA de 2 de julio de 2024 y publicada en el BOIB núm. 88 de 4 de julio, de determinadas ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC) para el año 2024, el plazo de presentación de solicitudes de determinadas intervenciones en el desarrollo rural se modificó. Este nuevo plazo de presentación terminó el día 15 de junio de 2024 y tuvieron entrada en el registro del FOGAIBA un total de 1298 solicitudes de ayuda de pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.
4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados que figuran en el Anexo I cumplen con los requisitos para ser beneficiarios de la ayuda, resultando las superficies determinadas especificadas con los controles administrativos y motivos en las parcelas de dicho anexo.
5. Los interesados del Anexo II no cumplen con alguno o algunos requisitos establecidos en la convocatoria, proponiéndose su denegación por los controles administrativos y los motivos que se especifican. Además, a algunos de ellos les corresponde una sanción adicional al calcularse una SOBREDECLARACIÓN superior al 50%, por el importe expuesto en el anexo, de conformidad con lo establecido en el punto 1c del Anexo 1 REDUCCIONES Y EXCLUSIONES establecido en la convocatoria.
6. Los interesados del Anexo III, se encuentran en plazo de presentación de documentación para acreditar el cumplimiento del requisito del punto 1b del apartado Tercero de la convocatoria (agricultor no pluriactivo), publicada la propuesta provisional de denegación por este motivo en el BOIB núm. 56 de 3 de mayo de 2025. En caso de presentar la documentación en plazo y se verifique que cumplen los requisitos, resultarán las superficies determinadas especificadas con los controles administrativos y motivos en las parcelas del citado anexo.
Fundamentos de derecho
1. Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada en el BOIB núm. 15 de día 30 de enero de 2024.
2. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
3. Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027.
4. La ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El resto de normativa de desarrollo y aplicación.
Informe y propuesta de resolución
Por todo ello, se informa y propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Conceder la ayuda relativa a la línea de ayuda "Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas" a los beneficiarios del Anexo I por las superficies especificadas.
2. Denegar la ayuda relativa a la línea de ayuda "Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas" a los interesados del Anexo II por los motivos especificados.
3. Imponer una sanción adicional a los interesados especificados en el Anexo II, por el importe especificado al resultar una SOBREDECLARACIÓN superior al 50%.
4. Conceder la ayuda relativa a la línea de ayuda "Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas" a los interesados del Anexo III por las superficies especificadas, condicionada a la verificación del cumplimiento del requisito del punto 1b del apartado tercero de la convocatoria (agricultor no pluriactivo), al no haber finalizado el plazo para presentar alegaciones a la propuesta provisional de denegación publicada en el boib nún. 56 de 3 de mayo de 2025.
5. La presente propuesta de resolución provisional debe comunicarse a los interesados haciéndoles saber que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la recepción de esta propuesta para presentar alegaciones. En caso de no hacer uso de su derecho para alegar en el plazo indicado, esta propuesta tendrá carácter definitivo, y se elevará al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA para que dicte la Resolución correspondiente.
6. Informar a los interesados de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas de Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constança, nº4 de Palma).
Informa
La jefa de Sección II de Ayudas PDR María José Lorente García
Conforme con el informe, propone
La jefa de Servicio de Ayudas PDR Gema Canós Franch»
Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de mayo de 2025)
El director gerent del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni