Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de mayo de 2025 por el cual se declara inversión de interés autonómico las obras de ampliación del IES Quartó del Rei en la parcela con referencia catastral 07054A011000970001EG de titularidad municipal, calificada como equipamiento de uso docente en suelo urbano en el término municipal de Santa Eulària des Riu de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto 8, de mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de mayo de 2025 por el cual se declara inversión de interés autonómico las obras de ampliación del IES Quartó del Rei en la parcela con referencia catastral 07054A011000970001EG de titularidad municipal, calificada como equipamiento de uso docente en suelo urbano en el término municipal de Santa Eulària des Riu de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto 8, de mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Número de edicto 5321 - Páginas 26830-26831
Uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, es garantizar el derecho a la educación de calidad y acceder a las mismas en condiciones de igualdad (Art. 26.1).
Así mismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye este Estatuto, tienen que promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible encaminado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de forma que se asegure a toda la ciudadanía el acceso a los servicios públicos y el derecho a la salud, la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura (Art.12.3).
El capítulo I del Título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo), regula la red de centros educativos de las Illes Balears. El artículo 102, de Creación de centros, establece que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. En el punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Illes Balears debe promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Illes Balears.
Corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, mediante la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas de acuerdo con el artículo único, apartado 2 del Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto.
El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece la regulación relativa en los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la demanda creciente de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley (Art.1).
De acuerdo con lo dispuesto en el capítulo II del título I de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, relativo a las inversiones de interés autonómico, dispone en su artículo 5 que las declaraciones de interés autonómico deben tener en sus trámites administrativos un impulso preferente y rápido ante cualquier administración de las Illes Balears.
Mediante una orden de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 17 de junio de 2015 (BOIB núm. 95, de 30 de junio) se dispuso la puesta en funcionamiento del IES Quartó del Rei con enseñanzas de educación secundaria obligatoria y formación profesional marítimo-pesquera sin estudios de bachillerato. Posteriormente, para cubrir la demanda de los estudios de bachillerato y garantizar la continuidad del alumnado en el mismo centro, se efectuaron dos autorizaciones adicionales relativas a los estudios de bachillerato. Una primera mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 17 de enero de 2019 por la que se autoriza la implantación del bachillerato en el IES Quartó del Rei (BOIB núm. 11, de 24 de enero) y una segunda por Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 22 de junio de 2022 (BOIB núm. 87, de 5 de julio) por la que se autoriza la implantación de las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales y Ciencias y Tecnología.
A raíz de las subsecuentes autorizaciones y a los efectos de dotar al edificio actual de todos los espacios idóneos, el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC), está redactando el anteproyecto destinado a la ampliación del IES Quartó del Rei que prevé, además de los espacios necesarios destinados a bachillerato, los espacios requeridos para la implantación del ciclo de grado medio de operaciones de laboratorio, ciclo que actualmente no se imparte en la isla y que permitirá implantar una nueva familia profesional.
Dado lo anteriormente expuesto, es del todo necesario iniciar con carácter de urgencia los trámites oportunos para ampliar el IES Quartó del Rei en el término municipal de Santa Eulària des Riu y dotar al centro de las infraestructuras educativas adecuadas a la demanda actual y futura.
De acuerdo con el artículo 7 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, «un equipamiento público de uso educativo, de investigación, sanitario o social se considera como una inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, y en las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para ejecutarlo. Para la declaración de una equipamiento público de uso educativo, de investigación, sanitario o social como una inversión de interés autonómico, el Consejo de Gobierno de las Illes Balears tiene que identificar los terrenos donde se ubica o se tiene que ubicar el equipamiento público, indicar la administración a la cual corresponde la titularidad, determinar el uso concreto que se tiene que dar a la equipamiento y señalar el sistema general de equipamiento en el suelo al cual se adscribe o, en su caso, informar de la clasificación y la calificación urbanística del equipamiento si este ya existe. ».
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, del consejero de Educación y Universidades, en la sesión del día 16 de mayo de 2025, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Declarar inversión de interés autonómico las obras de ampliación del IES Quartó del Rei en la parcela con referencia catastral 07054A011000970001EG de titularidad municipal, calificada como equipamiento de uso docente en suelo urbano en el término municipal de Santa Eulària des Riu de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto 8, de mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (16 de mayo de 2025)
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens | La presidenta Margarita Prohens Rigo |