Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convoca el V Premio Aina Moll en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana para el año 2025

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  • Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convoca el V Premio Aina Moll en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana para el año 2025

  • Número de edicto 5183 - Páginas 26417-26420

Hechos y fundamentos de derecho

1. El artículo 4.2 del Estatuto de autonomía establece el derecho de todos los ciudadanos de conocer y usar la lengua catalana, y el artículo 4.3, la obligación de las instituciones de adoptar las medidas necesarias para asegurar su conocimiento y crear las condiciones que permitan llegar a la igualdad plena de las lenguas catalana y castellana en cuanto a los derechos de los ciudadanos de las Illes Balears.

2. Por otra parte, el artículo 35 del Estatuto de autonomía establece que uno de los objetivos de los poderes públicos de la comunidad autónoma tiene que ser la normalización de la lengua catalana. Es obligación de las instituciones, pues, priorizar todas las actuaciones destinadas a hacer que la lengua catalana alcance las condiciones máximas de normalidad en nuestra sociedad.

3. Además, la Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Illes Balears, tiene el objetivo de normalizar la lengua catalana en todos los ámbitos.

4. Los poderes públicos disponen de la capacidad de subvencionar como un instrumento eficaz para fomentar este tipo de oferta. La Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Illes Balears, establece que los poderes públicos tienen que adoptar las medidas pertinentes y proveer de los medios necesarios para el conocimiento y uso de la lengua catalana en todos los ámbitos y actividades de la vida social.

5. Así mismo, el 2 de abril de 2009 el Consejo Social de la Lengua Catalana aprobó el Plan General de Normalización Lingüística de las Islas Baleares, una de las finalidades del cual es donar más efectividad a los principios de la normalización lingüística en los campos de la contratación de servicios y de la concesión de ayudas y subvenciones. El 10 de diciembre de 2010 el Consejo de Gobierno aprobó el Acuerdo por el cual se recibe el Plan General de Normalización Lingüística.

6. El Consorcio del Instituto Ramon Llull es una entidad de derecho público de carácter asociativo dotada de personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, según sus estatutos. Está integrado, con carácter voluntario, por la Administración de la Generalidad de Cataluña, a la que resta adscrito, por el Gobierno de las Islas Baleares, por el Ayuntamiento de Barcelona y por el Ayuntamiento de Palma.

7. La Escuela de Verano de Lingüística Catalana (EDELC) (https://edelc.uib.cat), que se celebrará el mes de setiembre, pretende ser un encuentro entre estudiantes y profesores de lingüística catalana de universidades catalanas y de universidades del exterior. Así, el objetivo de la EDELC es ofrecer formación en lingüística catalana a estudiantes de grado o de posgrado que quieran completar su conocimiento en lingüística catalana, con atención especial a estudiantes de universidades de fuera del dominio lingüístico catalán que tengan interés en la lengua catalana o ya hayan empezado a investigar algún aspecto. Concretamente, la EDELC se centrará en diferentes áreas, como por ejemplo la fonética-fonología, la morfología, la pragmática-semántica, la sintaxis o la sociolingüística, entre otros.

8. La primera edición de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana tuvo lugar, en formato virtual, en la Universidad de las Illes Balears, organizada por el Departamento de Filología Catalana y Lingüística General de la Universidad de las Illes Balears y financiada por el Instituto Ramon Llull, con la colaboración de la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Illes Balears.

En el año 2022 se hizo la segunda edición, que fue totalmente presencial y tuvo lugar en la Universidad de Oxford (Inglaterra). Los organizadores de la segunda edición de la EDELC fueron el Instituto Ramon Llull, la Universidad de Oxford, la Universidad Queen Mary de Londres, la Universidad de Cambridge y la Universidad de las Islas Baleares, con la colaboración de la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares.

El año 2023 se llevó a cabo la tercera edición de la EDELC en Menorca. Los organizadores de la tercera edición de la EDELC fueron el Instituto Ramon Llull, la Universidad de Barcelona, el Instituto Menorquín de Estudios y la Universidad de las Illes Balears.

Finalmente, la cuarta edición tuvo lugar entre el 3 y el 6 de setiembre de 2024 en Brno (República Checa) de manera presencial. Fue organizada por la Universidad de las Illes Balears y el Instituto Ramon Llull, con la colaboración del Instituto de Estudios Baleáricos.

Este año la quinta edición se llevará a cabo en la ciudad de Berlín. Los organizadores de la EDELC 2025 serán la Universidad de las Illes Balears y el Instituto Ramon Llull, con la colaboración del Instituto de Estudios Baleáricos.

9. Además de los cursos de introducción a diferentes disciplinas de la lingüística catalana, la EDELC incluirá un espacio destinado a la presentación de trabajos de estudiantes, que se hará en formato de comunicaciones orales y que pretende favorecer la interacción directa con el profesorado especialista. El mejor trabajo entre los presentados en el marco de la EDELC recibirá el Premio Aina Moll, que será financiado por el Instituto de Estudios Baleáricos. El objetivo del premio en cuestión es incentivar la participación activa de los alumnos y potenciar la investigación sobre la lengua catalana. A la vez, con este premio se quiere homenajear a la filóloga y lingüista menorquina Aina Moll Marquès, figura esencial en la investigación de diversas facetas relacionadas con la lengua catalana, no solo por el valor de su obra, sino también por el hecho de ser una mujer pionera en el ámbito académico y de la investigación.

10. De acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB ext. núm. 97, de 10 de julio), el Instituto de Estudios Baleáricos, ente del sector público instrumental autonómico, queda adscrito a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes. Según el Decreto 77/2023, de 1 de setiembre, una de las competencias del Instituto de Estudios Baleáricos es la normalización de la lengua catalana. Esta convocatoria del Premio Aina Moll tiene como objetivo incentivar la investigación científica sobre la lengua catalana, potenciar el uso de la lengua catalana en el ámbito académico, prestigiar la lengua y darla a conocer internacionalmente.

11. El artículo 1.2 de la Orden 40/2024, de 13 de diciembre, del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024) prevé, entre las materias que pueden ser objeto de subvención, la normalización de la lengua catalana. De acuerdo con el artículo 4 de esta Orden, se pueden beneficiar de las ayudas en materia de política lingüística cualquier persona física o jurídica, pública o privada, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica.

12. El Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, que se aprobó por Acuerdo del Consejo de Gobierno del 19 de abril de 2024, incluye la previsión de la convocatoria del Premio Aina Moll.

13. Son aplicables a la convocatoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

14. Así mismo, debe tenerse en cuenta que en el ejercicio de 2025 hay disponibilidad presupuestaria para atender los gastos que deriven de esta convocatoria.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria del V Premio Aina Moll en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana para el año 2025, de acuerdo con las bases específicas del anexo.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contador desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 18 de abril de 2025)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol

 

ANEXO Bases específicas de la convocatoria

1. Objeto

El objeto general es la convocatoria del V Premio Aina Moll, en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana del año 2025, como vía de difusión y promoción de la lengua catalana y de impulso en la investigación en lingüística catalana, tanto en el ámbito nacional como internacional.

2. Premio

El importe destinado a esta convocatoria es de 3.000 euros. Este importe se imputa al capítulo 4 del presupuesto del IEB para 2025.

Se establece un solo premio de 3.000 euros, que se otorgará al mejor trabajo presentado por un alumno en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana, que esta edición se llevará a cabo el mes de setiembre de 2025 en Berlín.

Quedan excluidos del premio los trabajos elaborados por más de una persona, los que no son originales o ya han sido publicados y los presentados por autores que son doctores.

En el supuesto de que el trabajo se haya beneficiado del trabajo de investigación otros investigadores, por ejemplo porque se enmarca en un proyecto o grupo de investigación, se tiene que hacer constar, a fin de que el tribunal lo pueda valorar.

3. Requisitos de los aspirantes

Para obtener el premio los aspirantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Estar inscrito y asistir a la Escuela de Verano de Lingüística Catalana, que se llevará a cabo el mes de setiembre de 2025 en Berlín.

b) Haber presentado un trabajo académico y haberlo defendido en la sesión de presentaciones que realicen los estudiantes.

4. Presentación de solicitudes y documentación

4.1. Con la inscripción a la Escuela de Verano de Lingüística Catalana y la presentación del trabajo se entiende implícita la participación en la valoración y la solicitud del premio, salvo que se indique lo contrario.

4.2. El alumno candidato a ganar el premio, una vez que el Instituto de Estudios Baleáricos le comunique esta circunstancia de acuerdo con el informe emitido por la comisión de evaluación, presentará la documentación adicional que se menciona a continuación:

a) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, que tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuyo establecimiento o cuya gestión corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas que dependen de ella.

b) En el caso que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración obtenga los certificados telemáticos de que está al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, deberá presentar los certificados correspondientes. Si no hay oposición expresa, la comprobación de este cumplimiento se realizará mediante la consulta al servicio de intermediación de datos.

c) Si procede, declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la web del Gobierno de las Illes Balears.

4.3. El beneficiario se compromete a hacer constar el otorgamiento del premio en cualquier publicación derivada del trabajo.

5. Jurado

5.1. De conformidad con el artículo 10.3 de la Orden del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 13 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana, en relación con el artículo 19 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, debe constituirse una comisión de evaluación para que examine las solicitudes de acuerdo con los criterios y los requisitos establecidos en esta convocatoria y para que emita el informe, debidamente motivado, que tiene que servir de base para elaborar la propuesta de resolución.

5.2. El jurado debe tener la composición siguiente:

  • El presidente, que es el director del Instituto de Estudios Baleáricos.
  • Un secretario, nombrado entre el personal técnico que trabaja en el Servicio de Fomento del Uso del Catalán.
  • Cuatro vocales, nombrados por el director del Instituto de Estudios Baleáricos entre los profesores de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana.

6. Régimen del procedimiento y órgano instructor

6.1. El procedimiento para conceder esta subvención se tiene que tramitar en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 17.1 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y con el artículo 6 de las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana con la finalidad de comparar en un único procedimiento todas las solicitudes presentadas y establecer una prelación entre estas solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración de esta convocatoria.

6.2. El órgano competente para instruir el procedimiento de tramitación de las solicitudes es el Instituto de Estudios Baleáricos.

7. Criterios de valoración

7.1. La concesión del premio que establece esta convocatoria debe regirse de acuerdo con los principios de actuación administrativa que indica el artículo 6.2 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

7.2. Los trabajos que se presenten al premio deben ser originales, inéditos y de autoría individual. No pueden optar al premio las personas que tengan el título de doctor. Una vez presentado el trabajo, el autor no lo puede retirar para hacer correcciones o modificar su contenido.

7.3. El jurado valorará el rigor y la calidad del texto, el carácter innovador, la coherencia y los resultados que logra.

7.4. El premio se otorgará a la obra que obtenga una valoración más alta. En caso de empate, el voto del presidente del jurado es de calidad. No obstante, si el jurado decide por mayoría de votos que ninguna de las obras presentadas no logra la calidad mínima para ser galardonada, el premio quedará desierto.

8. Propuesta de resolución, resolución y notificación

8.1. El informe emitido por el jurado después de examinar y evaluar las solicitudes que servirá de base a la propuesta de resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos, cuyo contenido se ajustará a lo que dispone el artículo 37.2 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La propuesta de resolución se notificará mediante la publicación en el apartado en la sede electrónica del Instituto de Estudios Baleáricos y en la página web www.iebalearics.org.

8.2. Una vez notificada la propuesta de resolución, el beneficiario comunicará al Instituto de Estudios Baleáricos si acepta la subvención o renuncia a ella. En cualquier caso, si en el plazo de ocho días hábiles desde la notificación de la propuesta de resolución el beneficiario no hace constar lo contrario, se entenderá que acepta la subvención que se le ha adjudicado.

8.3. A partir de la propuesta de resolución del director del Instituto de Estudios Baleáricos, el consejero de Turismo, Cultura y Deportes debe dictar la resolución de concesión. La resolución de concesión se tiene que dictar y notificar mediante la publicación en el BOIB en el plazo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de la documentación requerida.

8.4. Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado, o bien un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la fecha de notificación.

9. Compatibilidad del premio

Este premio es compatible con otros que se puedan obtener de la misma Administración o de otra entidad pública o privada.

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