Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza el cambio de adscripción del 57,26% del arrendamiento del inmueble ubicado en la calle Calçat, 2 A, segunda planta de Palma (edificio Alba)
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Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza el cambio de adscripción del 57,26% del arrendamiento del inmueble ubicado en la calle Calçat, 2 A, segunda planta de Palma (edificio Alba)
Número de edicto 4981 - Páginas 25106-25107
Hechos
1. El 15 de junio de 2021 la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, firmó el contrato de arrendamiento del local situado en la planta segunda del edificio denominado ALBA ubicado en la calle Calçat núm. 2A, de Palma, en el polígono de Son Valentí,con referencia catastral 8828511DD6882H0001DK. Los números del activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares son 100000017592 y 100000017602.
2. El arrendamiento se concertó a propuesta de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (sección 12) y de la Consejería de Salud y Consumo (sección 18). El 42,74% de la planta fue ocupado por la Consejería de Salud y Consumo (AMBDE 2021/8235), y el 57,26% por la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (AMBDE 2021/7207).
3. El contrato dearrendamiento de la segunda planta del edificio ALBA se concertó desde el día de su firma (15 de junio de 2021) hasta el 31 de mayo de 2023. A la vista de que las necesidades de espacio de cada una de las consejerías ubicadas en la segunda planta continuaban, el contrato se prorrogó hasta el 15 de mayo de 2025.
4. Por otra parte, se concertó el arrendamiento de forma directa de la planta baja de ese mismo edificio, para ubicar las dependencias administrativas y al personal de la Dirección General de Energía y Cambio Climático de la Consejería de Transición Energética, Sector Productivos y Memoria Democrática (sección 19, expediente AMBDE 2021/22641) por un periodo de tres años a contar desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
5. Por Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, se establecieron las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la comunidad autónoma y se crearon la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes (sección 12), la consejería de Salud (sección 18) y la Consejería de Empresa, Empleo y Energía (sección 19).
6. A finales del mes de diciembre de 2024 la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes (sección 12) dejó libre el 57,26% de la segunda planta del edificio Alba.
7. Si bien está previsto que los servicios que estaban ubicados en la planta baja del edificio Alba, adscritos a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (antigua Dirección General de Energía y Cambio Climático) de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía (sección 19) se trasladen al edificio ubicado en la Calle, Ter, 16 del Polígono Son Fuster de Palma,por parte de la citada Conselleria se consideró adecuado reubicar al personal en el espacio que quedó vacío en la segunda planta, hasta que las obras del edificio ubicado en la calle Ter finalicen.
8. En fecha 4 de abril de 2025 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (VALIB núm. 378695) un oficio de la secretaria general de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía, y memoria adjunta, en la que se solicita que, dado que la prórroga del arrendamiento de la segunda planta finaliza el 15 de mayo de 2025, a efectos de concertar una nueva prórroga, y considerando que el citado contrato está concertado por la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes (sección 12) y que las instalaciones deben ocuparse por personal adscrito a la Consejería de Empresa, Empleo y Energía(sección 19) se tramite un cambio de adscripción de la titularidad de la prórroga del contrato de arrendamiento (PRO02 2023/1226, PPAL AMBDE 2021/7207), pasando la Consejería de Empresa, Empleo y Energía a ocupar la posición de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, con la finalidad de poder prorrogar el arrendamiento de la parte correspondiente (57,26%) de la segunda planta hasta la finalización de la las obras y adaptación de las instalaciones del nuevo edificio ubicado en la calle Ter.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 24 y 88 c de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril).
2. Los artículos 28, 29, 154 y 156 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).
3. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares.
5. Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el que se dispone el nombramiento de altos cargos de la consejería, de Economía, Hacienda e Innovación.
En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 88 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, dicto la siguiente:
Resolución
1. Acordar el cambio de adscripción del 57,26% del arrendamiento del inmueble ubicado en la calle Calçat, 2A, planta 2 de Palma, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes a la Consejería de Empresa, Empleo y Energía, para usos administrativos.
2. Establecer que la adscripción tendrá efectos a partir del 16 de mayo de 2025, una vez se haya acordado la prórroga del arrendamiento y previa firma del acta de entrega.
3. La adscripción atribuye a la consejería beneficiaria las facultades de uso, gestión y administración vinculadas al ejercicio de una finalidad competencial concreta, sin alterar la titularidad, calificación o régimen jurídico de los bienes y derechos adscritos, así como asumir los gastos de mantenimiento, conservación y cualquier otro gasto que dimane de la titularidad y del disfrute del bien o bien.
4. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
6. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado o publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del artículo administrativo 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
(Firmado electrónicamente: 2 de mayo de 2025)
La directora general Susana Fátima Pérez Sánchez