Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2025 por el cual se autoriza la adscripción del Centro Universitario Beato Luis Belda a la Universidad San Pablo CEU
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Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2025 por el cual se autoriza la adscripción del Centro Universitario Beato Luis Belda a la Universidad San Pablo CEU
Número de edicto 5020 - Páginas 25100-25101
El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, en el artículo 36.4 establece que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.
El artículo 96 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, de ahora en adelante LOSU, establece que los centros universitarios privados tienen que estar integrados en una universidad privada como centros propios o tienen que estar adscritos a una universidad pública o privada.
De acuerdo con el artículo 13 del Real decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, para adscribir, mediante un convenio, centros docentes de titularidad privada a una universidad privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y con validez dentro del ámbito del territorio nacional, hace falta la aprobación de la comunidad autónoma correspondiente, a propuesta de la universidad. La comunidad autónoma tiene que autorizar el inicio de las actividades de los centros adscritos.
Así mismo, el artículo 11 de este Real decreto establece que la comunidad autónoma tiene que autorizar el inicio de las actividades, una vez comprobado que se cumplen los requisitos que regulan los contenidos mínimos y los relativos a los espacios para la docencia y la investigación.
En este sentido, la Universidad San Pablo CEU solicitó, el 25 de marzo de 2025 (registro de entrada GOIBE210294/2025), la adscripción del Centro Universitario Beato Luis Belda.
El día 1 de mayo de 2025, la Universidad San Pablo CEU (Fundación Universitaria San Pablo CEU) y el Centro Universitario Beato Luis Belda (Fundación CEU Luis Belda) firmaron el Convenio que regula la adscripción a la Universidad San Pablo CEU del Centro Universitario Beato Luis Belda, a fin de impartir los títulos universitarios de Grado en Medicina (español y bilingüe), Grado en Enfermería, Grado en Fisioterapia, Grado en Psicología, Grado en Odontología y Grado en Farmacia, de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, en cumplimiento de lo que establece el artículo 96 de la LOSU.
El día 5 de mayo de 2025, los técnicos de la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo emitieron el informe favorable condicionado relativo al cumplimiento de los requisitos relativos a los espacios docentes requeridos por los anexos del 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, para impartir los estudios de Grado en Medicina (español y bilingüe), Grado en Enfermería, Grado en Fisioterapia, Grado en Psicología, Grado en Odontología y Grado en Farmacia.
El día 5 de mayo de 2025, el director general de Presupuestos y Financiación firmó el informe de viabilidad económica y financiera del Centro Universitario Beato Luis Belda.
Por todo esto, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de 9 de mayo de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Autorizar la adscripción del Centro Universitario Beato Luis Belda a la Universidad San Pablo CEU para impartir los estudios universitarios oficiales de Grado en Medicina (español y bilingüe), Grado en Enfermería, Grado en Fisioterapia, Grado en Psicología, Grado en Odontología y Grado en Farmacia.
Segundo. La autorización para poner en funcionamiento el centro e implantar las enseñanzas requiere los informes favorables a efectos de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad correspondiente, las resoluciones posteriores del Consejo de Universidades que verifiquen los planes de estudios, las autorizaciones de implantación de la Comunidad Autónoma, así como el informe favorable sobre el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en los anexos del Real decreto 640/2021.
De conformidad con el apartado 3 del artículo 27 del Real decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el cual se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, el inicio de la impartición de la docencia no podrá empezar hasta la declaración, por parte del Consejo de Ministros, del carácter oficial de los estudios y la posterior inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
Tercero. El plazo máximo para solicitar la autorización para poner en funcionamiento el centro será hasta el 31 de mayo de 2027.
El número mínimo de titulaciones a implantar que tienen que constar en la solicitud de inicio de actividades es de dos títulos de grado universitario.
Cuarto. El Centro Universitario Beato Luis Belda solo podrá utilizar la denominación universitario/universitaria, o las denominaciones propias de enseñanzas y títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, si han sido autorizados o reconocidos de conformidad con lo que prevén el artículo 8 de la LOSU y el Real decreto 822/2021.
De conformidad con lo que dispone la disposición adicional octava de la LOSU, en ningún caso se podrán utilizar denominaciones de estudios o actividades que, por su significado, puedan inducir a confusión con las enseñanzas universitarias.
Quinto. Comunicar este Acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.
Sexto. Notificar este Acuerdo a la Universidad San Pablo CEU (Fundación Universitaria San Pablo CEU).
Séptimo. Notificar este Acuerdo al Centro Universitario Beato Luis Belda (Fundación CEU Luis Belda).
Octavo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de mayo de 2025)
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens | La presidenta Margarita Prohens Rigo |