Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2025 por el que se autoriza la modificación del Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, prorrogada para el año 2025 para incluir la recuperación de los conceptos retributivos que no se actualizaron los años 2020,2021, adecuar el importe de los sexenios al calendario del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023 de mejora para la Enseñanza Privada Concertada, modificar las actividades palanca y eliminar el módulo anual para material específico y salidas escolares de las UEECO
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Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2025 por el que se autoriza la modificación del Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, prorrogada para el año 2025 para incluir la recuperación de los conceptos retributivos que no se actualizaron los años 2020,2021, adecuar el importe de los sexenios al calendario del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023 de mejora para la Enseñanza Privada Concertada, modificar las actividades palanca y eliminar el módulo anual para material específico y salidas escolares de las UEECO
Número de edicto 5017 - Páginas 25066-25085
El artículo 31 de la Ley 12/2023, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, prorrogados para el año 2025 (de acuerdo con los términos establecidos en la Orden 1/2025, de 9 de enero, del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación) regula los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros educativos privados concertados de las Illes Baleares, correspondientes a los gastos de personal docente y los gastos de funcionamiento, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y con los artículos 12 y 13 del Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos, aprobado por el Real decreto 2377/1985, de 18 de diciembre.
El artículo 31.12 de la Ley nombrada anteriormente establece que se autoriza al Consejo de Gobierno para que, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, despliegue lo que prevé este artículo para aplicar la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros privados concertados de las Illes Balears.
También se autoriza al Consejo de Gobierno a modificar, mediante un acuerdo, el Anexo 21 de esta ley en cuanto a los conceptos i los importes que en él se establecen.
El presente Acuerdo incorpora en el primer punto la recuperación de las variaciones retributivas interanuales máximas habilitadas por las leyes de presupuestos generales del Estado correspondientes a los años 2020 y 2021 que el Gobierno de las Illes Balears no aplicó al amparo de las previsiones del apartado 2 de la disposición adicional primera de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para los años 2020 y 2021 visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2025 por el cual se restablecen, en ejecución de la Sentencia núm. 333, de 27 de junio de 2024, dictada por la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, las variaciones retributivas interanuales máximas.
En el segundo punto se incorpora la modificación de los importes del segundo y del tercer sexenio con el fin de dar cumplimiento al calendario establecido del Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de la mejora para la Enseñanza Privada concertada.
En el punto segundo incorpora la modificación de los importes del segundo y tercer sexenio con el fin de cumplir el calendario del Acuerdo de la mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada.
Por último, del Anexo 21 deben de eliminarse algunas actividades palanca o cambiar el importe de otras visto que el programa finalizó en agosto de 2024 y, para el curso 2024-2025, ha comenzado un programa nuevo que supone nuevas actividades o que las actividades del curso anterior se financien con un importe diferente. También debe eliminarse del punto 3.2 Unidades educativas específicas de educación infantil/básica a centros ordinarios (UEECO). Apartado B. Otros gastos, el módulo anual para material específico y salidas escolares por unidad.
En relación al primer punto, el Acuerdo del Consejo de Gobierno del 13 de setiembre de 2021, por el cual se modifica el anexo 21 de la Ley 19/2019, del 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020, y el anexo 21 de la Ley 3/2020, del 29 de diciembre, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021, aprobó, por una parte, un incremento del 2% de los trienios con efectos a 1 de enero de 2020 y, por otra, el incremento del 0,9% del sueldo base y de los trienios con efectos a 1 de enero de 2021.
En cuanto al incremento del 2% de los trienios, el 7 de agosto de 2020 el Consejo de Gobierno aprobó el Acuerdo por el que se aprueba el incremento, para el año 2020, del 2% de las retribuciones básicas, sueldo base y trienios, del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del resto de integrantes del sector público autonómico (BOIB núm. 138, de 8 de agosto).
Este Acuerdo establecía que el incremento de las retribuciones básicas, sueldo base y trienios, del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del resto de entidades del sector púbico autonómico al que sea aplicable el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, de la antigüedad para el personal comprendido en los artículos 12 a 20 de la Ley 9/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, al que no le sea aplicable el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, debería ser compensado mediante la disminución del complemento retributivo que se determinara una vez aprobada la norma que lo permitiera, y que la aplicación de dicho incremento debía llevarse a cabo en la misma nómina en qué se produjera el decremento compensatorio.
Dentro del personal al que no le es aplicable el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, se encontraba el profesorado de los centros educativos concertados para el personal, dado el artículo 14 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2020.
Posteriormente, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 4 de enero de 2021 ratificó que la disminución compensatoria resultante de la aplicación de la minoración de estas retribuciones se recuperaría de manera automática en los dos ejercicios posteriores al año en el que el valor del PIB de la comunidad autónoma de las Illes Balears fuera igual o superior al registrado en el año 2019, siempre que se hubiesen recuperado los ingresos tributarios y del sistema de financiación autonómica previstos inicialmente para el año 2020.
El acuerdo establece que los colectivos a los que no les sea aplicable el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, la recuperación se producirá del mismo modo que prevé el párrafo anterior, de manera que estos colectivos puedan recuperar la falta de incremento del sueldo base.
Respecto al aumento del 0,9% del sueldo base y de los trienios con efectos de 1 de enero de 2021, El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2021 por el que se aprueba el incremento retributivo, para el año 2021, previsto en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2021, de determinadas retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 68, de 25 de mayo) estableció en los puntos primero y segundo el incremento del 0,9 % con efectos de 1 de enero de 2021, de las retribuciones básicas de los funcionarios a los que resulta aplicable el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el incremento en un 0,9 %, con efectos de 1 de enero de 2021, de las retribuciones, en concepto de sueldo base y de antigüedad, del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del personal laboral al servicio del resto de entes del sector público autonómico, excluido el personal laboral contratado bajo la modalidad de alta dirección.
Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2025, por el que se restablecen, en ejecución la Sentencia núm. 333, de 27 de junio de 2024, dictada por la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, las variaciones retributivas interanuales máximas habilitadas para las leyes de presupuestos generales del Estado correspondientes a los años 2020 y 2021que el Gobierno de las Illes Balears no aplicó al emparo de las previsiones del apartado 2 de la disposición adicional primera de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los años 2020 y 2021 se acuerda, con efectos de 1 de enero de 2025, para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del resto de entes integrantes del sector público autonómico, de conformidad con la delimitación que establece, a tal efecto, la Ley 7/2010, de 21 de julio del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, o, en su caso, la que establezca con carácter básico el Estado para el año 2025 mediante la norma con rango legal correspondiente y en el marco de los presupuestos generales del Estado para el año 2025, quitado del personal eventual, el restablecimiento íntegro de los conceptos retributivos que se dejaron de actualizar a lo largo de los años 2020, 2021 con la correspondiente repercusión que debía experimentarse en los años siguientes.
La disposición adicional cuarta de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears ( BOIB núm.38, de marzo de 2022), establece que los salarios del personal docente de los centros concertados debe tender a la equiparación gradual con las retribuciones del profesorado de la enseñanza pública, y de conformidad con el pacto segundo del Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de la mejora para la Enseñanza Privada concertada (ratificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023, BOIB núm. 39, de 28 de marzo), a causa del Acuerdo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 de aprobación del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Illes Balears formado el 10 de febrero de 2016 (BOIB núm. 67, de 28 de mayo de 2016) debe tenderse hacia la equiparación gradual de la remuneración del personal docente concertado con la del personal docente público hasta llegar al 100%.
Por todo ello, se ha de trasladar, con efectos de 1 de enero de 2021, la recuperación de los conceptos retributivos que dejaron de actualizarse a lo largo de los años 2020, 2021 con la correspondiente repercusión que debía experimentar en los años siguientes y, en consecuencia, modificar el Anexo 21, Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros educativos privados, con el fin de reflejar este aumento.
En lo que respecta al segundo punto, debe modificarse el importe de segundo y tercer sexenio, visto que el pacto quinto del Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y de Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la de Enseñanza Privada Concertada propone el aumento de la cuantía de abono del segundo y del tercer sexenio.
Finalmente, deben eliminarse algunas actividades palanca y cambiar el importe de otras dado que el Programa para la Orientación, el Avance y el Enriquecimiento Educativos PROA+ 2021-2024, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el mecanismo de Recuperación y Resiliencia finalizó en agosto de 2024 y, para el curso 2024-2025, ha empezado el Programa para la Orientación, el Avance y el Enriquecimiento Educativos PROA+, Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2024-2028, cofinanciado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional i Deportes i por el Fondo Social Europeo Plus, que supone nuevas actividades o bien las actividades anteriores con un importe diferente.
Además, debe eliminarse del punto 3.2 Unidades educativas específicas de educación infantil/básica en centros ordinarios (UEECO), apartado B. Otros gastos, el módulo anual para el material específico y salidas escolares para la unidad dado que no se dotará a estas aulas con este módulo.
De acuerdo con todo lo expuesto anteriormente, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de 9 de mayo de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Modificar el Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, prorrogados para el año 2025 ( de acuerdo con los términos establecidos en la Orden 1/2025, de 9 de enero, del Consejo de Economía, Hacienda e Innovación) con el fin de incluir, la recuperación de los conceptos retributivos que dejaron de actualizarse durante los años 2020, 2021, con la correspondiente repercusión que debía experimentarse en los años siguientes en ejecución de la Sentencia núm. 333, de 27 de junio de 2024, dictada por la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.
Segundo. Modificar el Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, prorrogados para el año 2025 ( de acuerdo con los términos establecidos en la Orden 1/2025, de 9 de enero, del Consejo de Economía, Hacienda e Innovación) con el fin de adecuar el importe de segundo y del tercer sexenio al calendario establecido en el Acuerdo de la mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la Reactivación del Acuerdo de 2016 i Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada.
Tercero. Modificar el Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, prorrogados para el año 2025 (de acuerdo con los términos establecidos en la Orden 1/2025, de 9 de enero, del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación) con el fin de eliminar algunas actividades palanca y cambiar el importe de otras y eliminar del punto 3.2 Unidades educativas específicas de educación infantil/básica en centros ordinarios (UEECO), apartado B. Otros gastos, el módulo anual para el material específico y salidas escolares para la unidad dado que no se dotará a estas aulas con este módulo.
Cuarto. Ordenar la publicación íntegra del este Acuerdo, que se adjunta, en el Boletín oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de mayo de 2025)
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens | La presidenta Margarita Prohens Rigo |
«ANEXO 21 MÓDULOS ECONÓMICOS DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PÚBLICOS PARA EL SOSTENIMIENTO DE CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS CONCERTADOS DE LAS ILLES BALEARS PARA EL AÑO 2024
De acuerdo con lo que establece el artículo 31 de esta ley, a continuación, se indican los importes de los módulos de los conciertos educativos para el año 2024. Los módulos correspondientes a gastos de personal docente tienen carácter mensual, corresponden a la jornada completa ordinaria, que, aunque está integrada por horas lectivas y horas complementarias, se refiere en base a la realización de las horas lectivas semanales establecidas en el artículo 3.2; no incluyen las cargas sociales correspondientes a la cuota patronal y se refieren a catorce pagas, excepto los módulos del complemento retributivo de las Illes Balears, del complemento de insularidad, del complemento de equiparación para diplomados de los cursos de primero y segundo de la ESO, y del sexenio, que se refieren a doce pagas.
Son aplicables las disposiciones de carácter económico que contiene el Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por lo que se establecen las normas que han de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024.
El concepto salarial de trienio (complemento vinculado a la antigüedad) del personal docente de los centros concertados se financia conforme a los módulos establecidos en el presente anexo.
En caso de que corresponda a la Administración abonar trienios perfeccionados en una categoría profesional diferente a la docente, deberán aplicarse los importes establecidos, para la categoría profesional en que haya perfeccionado el trienio, en las tablas salariales del convenio colectivo de aplicación.
El concepto salarial del sexenio (complemento ligado a la antigüedad y a la formación del profesorado) se financia, en todas las categorías profesionales, como consecuencia de la aplicación del punto dos del pacto cuarto del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mencionado anteriormente y del pacto quinto del Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada.
El concepto salarial del complemento de tutoría se financia, en todas las categorías profesionales, como consecuencia del Acuerdo entre la Conselleria de Educación y Universidades y las entidades patronales, las organizaciones titulares y las organizaciones sindicales por el que se establecen las condiciones de financiación del complemento específico de tutor, de fecha 18 de julio, y en aplicación del pacto séptimo, apartado sexto, del Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada.
Los módulos correspondientes a otros gastos son anuales para unidades concertadas y el de gastos variables es anual y global para el total de las unidades concertadas. Estos módulos se han incrementado un 5%, tanto en la parte estatal como en la autonómica, para dar cumplimiento al pacto 6 del Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada.
El módulo correspondiente a un Auxiliar Técnico Educativo se ha aumentado a 20.764,49 euros para cumplir con el aumento del 0,5% del pacto 6 del Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada. En todo caso, estos gastos no pueden ser inferiores a los importes establecidos en la Ley de Presupuestos generales del Estado para el ejercicio correspondiente.
De acuerdo con el artículo 7 del Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes con el ámbito educativo y en el sanitario, el establecimiento de los conciertos de primer ciclo de educación infantil se regirá por el mencionado decreto-ley y por las correspondientes resoluciones de convocatoria que se dicten a tal efecto, así como para el resto de normativa de aplicación. El módulo de sostenimiento de las aulas de primer ciclo de educación infantil de los centros privados que prestan un servicio público de educación a través del concierto educativo es el previsto en el artículo 3 del Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario o en los módulos que puedan establecerse anualmente mediante la ley de presupuestos, en cumplimiento de las condiciones previstas en el apartado 1 del artículo 3 mencionado.
El módulo de sostenimiento de las aulas de primer ciclo de educación infantil es para unidades autorizadas y en funcionamiento durante diez meses, o la parte proporcional para el caso de aulas que abren menos de diez meses, pero más de cinco, o la parte proporcional que corresponda de este módulo de sostenimiento para los centros de primer ciclo de educación infantil que se concierten por primera vez el curso 2024-2025.
Se incluye el módulo de financiación del Programa de Acompañamiento Escolar (PAE) y el módulo de financiamiento de los Talleres de lengua catalana para jóvenes recién llegados por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de mayo de 2024 por el cual se autoriza la modificación del Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024 para introducir el módulo económico de financiación del Programa de Acompañamiento Escolar (PAE) y de los Talleres de lengua catalana para jóvenes recién llegados.
Asimismo, se incorpora el módulo mensual de financiación de los costes derivados de la cotización a la seguridad social de los alumnos de Formación Profesional como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2024 por el cual se autoriza la modificación del Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024 para introducir el módulo económico de financiación de los costes derivados de la cotización a la Seguridad Social de los alumnos de formación profesional.
1. EDUCACIÓ INFANTIL
1.1 Primer ciclo
A. Gastos de sostenimiento
Módulo por unidad: 45.000 euros.
1.2 Segundo ciclo
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 793,35 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas: 81,83 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
Orientador u orientadora educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 8.345,14 euros
2. EDUCACIÓN PRIMARIA
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 793,35 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas: 81,83 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
Orientador u orientadora educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 8.345,14 euros
3. EDUCACIÓN ESPECIAL
3.1.a Infantil/Básica
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 825,96 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 83,95 euros
Complemento de insularidad otras islas: 101,64 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
Orientador u orientadora educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 8.994,85 euros
C. Personal complementario (logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicopedagogos y trabajadores sociales) según las necesidades de los alumnos que tiene que atender.
Módulo anual de auxiliar técnico educativo: 20.764,49 euros
Módulo anual por unidad de deficientes psíquicos: 28.198,88 euros
Módulo anual por unidad de autistas o de alumnos con problemas graves de la personalidad: 22.873,53 euros
Módulo anual por unidad de deficientes auditivos: 26.237,75 euros
Módulo anual por unidad de plurideficientes: 32.565,10 euros
3.2. Unidades educativas específicas de educación infantil/básica a centros ordinarios (UEECO)
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 825,96 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 83,95 euros
Complemento de insularidad otras islas: 101,64 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
B. Otros gastos
Módulos mensuales correspondientes a la especialista en pedagogía terapéutica (PT), módulo anual de un auxiliar técnico docente (ATE) y módulo anual de personal complementario: 33.939,01 euros
Módulo anual de otros gastos por unidad: 8.345,14 euros
3.3. Transición a la vida adulta
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 825,96 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 83,95 euros
Complemento de insularidad otras islas: 101,64 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
Orientador u orientadora educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 12.290,65 euros
C. Personal complementario (logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicopedagogos y trabajadores sociales) según las deficiencias de los alumnos que tiene que atender.
Módulo anual de auxiliar técnico educativo: 20.764,49 euros
Módulo anual por unidad de deficientes psíquicos: 45.023,10 euros
Módulo anual por unidad de autistas o de alumnos con problemas graves de la personalidad: 40.266,81 euros
Módulo anual por unidad de deficientes auditivos: 34.883,95 euros
Módulo anual por unidad de plurideficientes: 50.277,39 euros
3.4. Centros de referencia y apoyo (CRS)
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 825,96 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 83,95 euros
Complemento de insularidad otras islas: 101,64 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Orientador u orientadora educativo/educativa
Sueldo: 2.095,61 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 3.000 euros
Módulo anual de pedagogía terapéutica o audición y lenguaje (24 horas): 1.153,70 euros
C. Personal complementario (logopedas, fisioterapeutas, auxiliares técnicos educativos, psicólogos, terapeutas ocupacionales, trabajadores sociales u otras titulaciones) según las necesidades del centro: 7.500 euros.
4. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
4.1. Primero y segundo
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears para diplomados: 793,56 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears para licenciados: 787,00 euros
Complemento de insularidad Mallorca diplomados: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas diplomados: 81,83 euros
Complemento de insularidad Mallorca licenciados: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas licenciados: 81,83 euros
Complemento de equiparación para diplomados de primer y segundo curso de la ESO: 131,00 euros
Complemento de sueldo de equiparación para licenciados de primer y segundo curso de la ESO: 311,09 euros
Complemento de trienio de equiparación para licenciados de primer y segundo curso de la ESO: 11,15 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
Orientador u orientadora/ psicólogo o psicóloga educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 10.771,56 euros
4.2. Tercero y cuarto
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 447,73 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 393,45 euros
Trienio de dirección: 21,57 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 18,94 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 11.862,42 euros
5. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
5.1. Apoyo a la educación infantil/primaria
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 793,35 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 64,12 euros
Complemente de insularidad otras islas: 81,83 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
B. Otros gastos
Módulo anual de pedagogía terapéutica o audición y lenguaje: 1.211,40 euros
Módulo anual de auxiliar técnico educativo: 20.764,49 euros
5.2. Apoyo a la educación secundaria obligatoria (1er y 2º ciclo)
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears para diplomados: 793,56 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears para licenciados: 787,00 euros
Complemento de insularidad Mallorca diplomados: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas diplomados: 81,83 euros
Complemento de insularidad Mallorca licenciados: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas licenciados: 81,83 euros
Complemento de equiparación para diplomados de primer y segundo curso de la ESO: 131,00 euros
Complemento de sueldo de equiparación para licenciados de primer y segundo curso de la ESO: 311,09 euros
Complemento de trienio de equiparación para licenciados de primer y segundo curso de la ESO: 11,15 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 393,45 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 254,75 euros
Trienio de dirección: 14,71 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 12,24 euros
B. Otros gastos
Módulo anual de pedagogía terapéutica o audición y lenguaje: 1.211,40 euros
Módulo anual de auxiliar técnico educativo: 20.764,49 euros
6. BACHILLERATO
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora titular
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 681,80 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de bachillerato: 87,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 447,73 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 393,45 euros
Trienio de dirección: 21,57 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 18,94 euros
B. Otros gastos
Módulo anual por unidad: 7.600,85 euros
7. CICLOS FORMATIVOS
7.1. Ciclo de grado medio
Gastos de personal docente
Profesor o profesora de secundaria
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Profesor técnico o profesora técnica
Sueldo: 1.896,55 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 815,77 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas: 81,83 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Orientador u orientadora/ psicólogo o psicóloga educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 435,72 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 365,99 euros
Trienio de dirección: 21,01 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 17,82 euros
7.2. Ciclo de grado superior
Gastos de personal docente
Profesor o profesora de secundaria
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Profesor técnico o profesora técnica
Sueldo: 1.896,55 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 815,77 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas: 81,83 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Orientador u orientadora/ psicólogo o psicóloga educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Cargos directivos
Complemento de dirección: 435,72 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 365,99 euros
Trienio de dirección: 21,01 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 17,82 euros
7.3. Otros gastos
Grupo 1
- Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural
- Animación Turística
- Estética Personal Decorativa
- Química Ambiental
- Higiene Bucodental
1er curso: 12.957,57 euros
2º curso: 3.030,49 euros
Grupo 2
- Secretariado
- Buceo a Media Profundidad
- Laboratorio de Imagen
- Comercio
- Gestión Comercial y Marketing
- Servicios al Consumidor
- Molinería e Industrias Cerealistas
- Laboratorio
- Fabricación de Productos Farmacéuticos y Afines
- Cuidados Auxiliares de Enfermería
- Documentación Sanitaria
- Curtidos
- Procesos de Ennoblecimiento Textil
1er curso: 15.754,67 euros
2º curso: 3.030,49 euros
Grupo 3
- Transformación de Madera y Corcho
- Operaciones de Fabricación de Productos Farmacéuticos
- Operaciones de Transformación de Plásticos y Caucho
- Industrias de Proceso de Pasta y Papel
- Plástico y Caucho
- Operaciones de Ennoblecimiento Textil
1er curso: 18.750,28 euros
2º curso: 3.030,49 euros
Grupo 4
- Encuadernación y Manipulados de Papel y Cartón
- Impresión en Artes Gráficas
- Fundición
- Tratamientos Superficiales y Térmicos
- Calzado y Marroquinería
- Producción de Hilatura y Tejeduría de Calada
- Producción de Tejidos de Punto
- Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada
- Procesos Textiles de Tejeduría de Punto
- Operaciones de Fabricación de Vidrio y Transformados
- Fabricación y Transformación de Productos de Vidrio
1er curso: 21.693,54 euros
2º curso: 3.030,49 euros
Grupo 5
- Realización y Planes de Obra
- Asesoría de Imagen Personal
- Radioterapia
- Animación Sociocultural
- Integración Social
1er curso: 12.957,57 euros
2º curso: 4.900,63 euros
Grupo 6
- Aceites de Oliva y Vinos
- Actividades Comerciales
- Gestión Administrativa
- Jardinería y Floristería
- Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal
- Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural
- Trabajos Forestales y de Conservación del Medio Natural
- Paisajismo y Medio Rural
- Gestión Forestal y del Medio Natural
- Animación Sociocultural y Turística
- Marketing y Publicidad
- Gestión y Organización de empresas Agropecuarias
- Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos
- Administración y Finanzas
- Asistencia a la Dirección
- Pesca y Transporte Marítimo
- Navegación y Pesca de Litoral
- Transporte Marítimo y Pesca de Altura
- Navegación, Pesca y Transporte Marítimo
- Producción de Audiovisuales y Espectáculos
- Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos
- Gestión de Ventas y Espacios Comerciales
- Comercio Internacional
- Gestión del Transporte
- Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera
- Transporte y Logística
- Obras de Albañilería
- Obras de Hormigón
- Construcción
- Organización y Control de Obras de Construcción
- Operación y Mantenimiento de Maquinaria de Construcción
- Proyectos de Obra Civil
- Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas
- Óptica y protética ocular
- Gestión de Alojamientos Turísticos
- Servicios en Restauración
- Caracterización y Maquillaje Profesional
- Caracterización
- Peluquería Estética y Capilar
- Peluquería
- Estética Integral y Bienestar
- Estética
- Estética y Belleza.
- Estilismo y Dirección de Peluquería
- Asesoría de Imagen Personal y Corporativa
- Elaboración de Productos Alimenticios
- Panadería, Repostería y Confitería
- Operaciones de Laboratorio.
- Administración de Sistemas Informáticos en Red
- Administración de Aplicaciones Multiplataforma
- Desarrollo de Productos de Carpintería y Mueble
- Prevención de Riesgos Profesionales
- Anatomía Patológica y Citología
- Anatomía Patológica y Citodiagnóstico
- Salud Ambiental
- Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad
- Química Industrial
- Planta Química
- Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines
- Dietética
- Imagen para el Diagnóstico
- Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear
- Radiodiagnóstico y Densitometría
- Electromedicina Clínica
- Laboratorio de Diagnóstico Clínico
- Laboratorio de Diagnóstico Clínico y Biométrico
- Higiene Bucodental
- Ortoprotésica
- Ortoprótesis y Productos de Apoyo
- Audiología Protésica
- Coordinación de Emergencias y Protección Civil
- Documentación y Administración Sanitarias
- Emergencias y Protección Civil
- Emergencias Sanitarias
- Farmacia y Parafarmacia
- Interpretación de la Lengua de Signos
- Mediación Comunicativa
- Integración Social
- Promoción de la Igualdad de Género
- Atención a Personas en Situación de Dependencia
- Atención Sociosanitaria
- Educación Infantil
- Desarrollo de Aplicaciones Web
- Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma
- Dirección de Cocina
- Guía de Información y Asistencia Turísticas
- Agencias de Viajes y Gestión de Eventos
- Dirección de Servicios de Restauración
- Fabricación y Ennoblecimiento de Productos Textiles
- Vestuario a Medida y de Espectáculos
- Calzado y Complementos de Moda
- Diseño Técnico en Textil y Piel
- Diseño y Producción de Calzado y Complementos
- Proyectos de Edificación
1er curso: 11.669,90 euros
2º curso: 14.097,34 euros
Grupo 7
- Producción agroecológica
- Producción Agropecuaria
- Organización y Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones
- Montaje de estructuras e Instalaciones de Sistemas Aeronáuticos
- Mantenimiento de Embarcaciones de recreo
- Mantenimiento de Estructuras de madera y Mobiliario de Embarcaciones de Recreo
- Operación, Control y Mantenimiento de Maquinaria e Instalaciones del Buque
- Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas
- Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones
- Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque
- Equipos Electrónicos de Consumo
- Desarrollo de Productos Electrónicos
- Mantenimiento Electrónico
- Sistemas Electrotécnicos y Automatizados
- Sistemas de Regulación y Control Automáticos
- Automatización y Robótica Industrial
- Instalaciones de Telecomunicaciones
- Instalaciones Eléctricas y Automáticas
- Sistemas Microinformáticos y Redes
- Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación
- Acabados de Construcción
- Cocina y Gastronomía
- Mantenimiento de Aviónica
- Educación y Control Ambiental
- Prótesis Dentales
- Confección y Moda
- Patronaje y Moda
- Energías Renovables
- Centrales Eléctricas
1er curso: 14.373,04 euros
2º curso: 16.406,28 euros
Grupo 8
- Animación de Actividades Físicas y Deportivas
- Acondicionamiento Físico
- Guía en el Medio Natural y en el Tiempo Libre
- Enseñanza y Animación Socio-deportivas
- Actividades Ecuestres
- Artista Fallero y Construcción de Escenografías
- Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia
- Diseño y Producción Editorial
- Diseño y Gestión de la Producción Gráfica
- Producción en Industrias de Artes Gráficas
- Imagen
- Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen
- Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos
- Realización de Audiovisuales y Espectáculos
- Vídeo, Disc Jockey y Sonido
- Sonido en Audiovisuales y Espectáculos
- Sonido
- Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos
- Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos
- Conformado por Moldeo de Metales y Polímeros
- Programación de la Producción en Moldeo de Metales y Polímeros
- Producción por Fundición y Pulverimetalurgia
- Programación de la producción en fabricación mecánica
- Diseño en Fabricación Mecánica
- Instalación y Amueblamiento.
- Fabricación a Medida e Instalación de Madera y Mueble.
- Diseño y Amueblamiento.
- Carpintería y Mueble.
- Producción de Madera y Mueble.
- Instalaciones Frigoríficas y de Climatización.
- Instalaciones de Producción de Calor
- Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y Fluidos
- Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos
- Redes y Estaciones de Tratamiento de Aguas
- Gestión de Aguas
- Carrocería
- Electromecánica de Maquinaria
- Electromecánica de Vehículos Automóviles
- Automoción
- Piedra Natural
- Excavaciones y Sondeos
- Mantenimiento Aeromecánico
- Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica
1er curso: 16.905,27 euros
2º curso: 18.756,09 euros
Grupo 9
- Cultivos Acuícolas
- Acuicultura
- Producción Acuícola
- Vitivinicultura
- Preimpresión Digital
- Preimpresión en Artes Gráficas
- Postimpresión y Acabados Gráficos
- Impresión Gráfica
- Joyería
- Mecanización
- Soldadura y Calderería.
- Construcciones Metálicas
- Procesos de Calidad en la Industria Alimentaria
- Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas.
- Mantenimiento Electromecánico
- Mantenimiento de Material Rodante Ferroviario
- Mantenimiento Ferroviario
- Mecatrónica Industrial
- Mantenimiento de Equipos Industriales
- Fabricación de Productos Cerámicos
- Desarrollo y Fabricación de Productos Cerámicos
1er curso: 19.554,73 euros
2º curso: 20.968,52 euros
8. CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA
A. Gastos de personal docente
Profesor o profesora de primaria
Sueldo: 1.784,54 euros
Trienio: 42,71 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 815,77 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas: 81,83 euros
Complemento de equiparación para diplomados de primer y segundo curso de la ESO: 131,00 euros
Complemento de tutoría: 35,66 euros
Profesor técnico o profesora técnica
Sueldo: 1.896,55 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 815.77 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 64,12 euros
Complemento de insularidad otras islas: 81,83 euros
Complemento de tutoría: 35,66
Profesor o profesora de secundaria
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66
Orientador u orientadora/ psicólogo o psicóloga educativo/educativa
Sueldo: 2.095,62 euros
Trienio: 53,85 euros
1er Sexenio: 75,05 euros
2º Sexenio: 15,01 euros
3º Sexenio: 15,01 euros
4º Sexenio: 22,52 euros
5º Sexenio: 37,53 euros
Complemento retributivo de las Illes Balears: 784,09 euros
Complemento de insularidad Mallorca: 89,02 euros
Complemento de insularidad otras islas: 100,80 euros
Complemento de tutoría: 35,66
Cargos directivos
Complemento de dirección: 373,31 euros
Complemento de jefe/a de estudios: 319,51 euros
Trienio de dirección: 17,42 euros
Trienio de jefe/a de estudios: 14,97 euros
B. Otros gastos (1er y 2º curso)
Módulos anuales por unidad
Servicios administrativos: 11.595,26 euros
Agrojardinería y Composiciones Florales: 12.311,74 euros
Actividades Agropecuarias: 12.311,74 euros
Aprovechamientos Forestales: 12.311,74 euros
Artes Gráficas: 14.183,13 euros
Servicios Comerciales: 11.595,26 euros
Reforma y Mantenimiento de Edificios: 12.311,74 euros
Electricidad y Electrónica: 12.311,74 euros
Fabricación y Montaje: 15.196,23 euros
Cocina y Restauración: 12.311,74 euros
Alojamiento y Lavandería: 11.542,25 euros
Peluquería y Estética: 10.951,07 euros
Industrias Alimentarias: 10.951,07 euros
Informática y Comunicaciones: 13.850,70 euros
Informática de Oficinas: 13.850,70 euros
Actividades de Panadería y Pastelería: 12.311,74 euros
Carpintería y Mueble: 13.373,02 euros
Actividades Pesqueras: 15.196,23 euros
Instalaciones Electrotécnicas y Mecánicas: 12.311,74 euros
Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel: 10.951,07 euros
Fabricación de Elementos Metálicos: 13.373,02 euros
Tapicería y Cortinaje: 10.951,07 euros
Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios: 12.311,74 euros
Mantenimiento de Vehículos: 13.373,02 euros
Mantenimiento de Viviendas: 12.311,74 euros
Vidriería y Alfarería: 15.196,23 euros
Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo: 13.373,02 euros
Acceso y Conservación de Instalaciones Deportivas: 10.949,94 euros
9. OTROS
Gastos variables, incluidas las cargas sociales
Módulo de financiación del Programa de Acompañamiento Escolar (PAE): 44,20 euros/hora, que incluye el salario bruto del docente (33,5 euros/hora) más la cuota patronal de la Seguridad Social.
Módulo de financiación de los Talleres de lengua catalana para jóvenes de incorporación tardía: 44,20 euros/hora que incluye el salario bruto del docente (33,5 euros/hora) más la cuota patronal de la Seguridad Social.
Módulo mensual por alumno de financiación de los costes derivados de la cotización a la Seguridad Social de los alumnos de Formación
Profesional: 30 euros.
Módulo de financiación de la actividad palanca A233 «Dinamización de bibliotecas escolares»: 2.000,00 € anuales (1.652,80 € sin IVA).
Módulo de financiación de la actividad palanca A103 «Familias en la escuela, escuela de familias»: 4.000,00 € anuales (3.305,60 € sin IVA).